San Borja, 23 de enero de 2024
VISTO:
Los Informes Nºs. 1198-2023-07.04/SENCICO, 081-2024-07.04/SENCICO y 095-2024-07.04/SENCICO, del Departamento de Recursos Humanos; los Informe Nsº 05-2024-03.01/SENCICO y 49-2024-03.01/SENCICO, de la Asesoría Legal; el Informe Nº 040-2024-03.00/SENCICO, de la Gerencia General; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que funciona con autonomía técnica, administrativa y económica, y cuenta con patrimonio propio. Es el encargado de la formación, capacitación integral, calificación y certificación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos sus niveles, y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30156, el Decreto Legislativo Nº 147 y el Decreto Supremo Nº 097-2021-PCM;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 077-2001-MTC, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, el mismo que contiene el número, nivel, denominación y ubicación estructural de las plazas de la entidad, entre las que se encuentra la plaza denominada “Jefe del Departamento de Abastecimiento”, Categoría J3;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 094-2022-02.00, se aprueba el Manual de Clasificador de cargos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO,...