Resolucion N° 184-2023-OS/CD. Aprueban los Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna para consumidores residenciales y no residenciales que serán cubiertos por el FISE y se aplicarán en la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste

Fecha de publicación16 Octubre 2023
SecciónSección Única
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Lima, 13 de octubre de 2023


VISTOS:


Los Informes N° 702-2023-GRT, N° 703-2023-GRT y N° 704-2023-GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin.


CONSIDERANDO:


Que, mediante Ley N° 29852 se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, en cuyo artículo 5 se señala que el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante “FISE”) será destinado, entre otros, para la masificación del uso del gas natural mediante el financiamiento de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte y conversiones vehiculares, de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energía aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (en adelante “Minem”);


Que, en el numeral 9.1 de la Ley N° 29852 se dispone que el Minem será el encargado de administrar el FISE, para lo cual queda facultado para la aprobación de los procedimientos necesarios para la correcta administración del FISE;


Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29852 (en adelante “Reglamento FISE”), en cuyo numeral 10.5 de su artículo 10 se establece que el FISE puede financiar, individual o conjuntamente, una parte o la totalidad del derecho de conexión, la acometida, el servicio integral de instalación interna, la línea montante o matriz y sistema de regulación, entre otros aspectos que se incluyen en el Programa Anual de Promociones, siendo además que para el caso de nuevos suministros de consumidores regulados no residenciales, el FISE puede financiar los componentes necesarios para el uso efectivo del gas natural, siempre que se incluyan en el Programa Anual de Promociones;


Que, de acuerdo con lo señalado en los numerales 1.34 y 10.5 del Reglamento FISE, el Servicio Integral de Instalación Interna consiste en proveer el personal técnico calificado, materiales directos e indirectos y el equipamiento adecuado para realizar la instalación interna, de acuerdo con las especificaciones técnicas que establezca el Administrador del FISE, correspondiendo a Osinergmin establecer el precio máximo por dicho servicio que será cubierto por el FISE;


Que, en el citado numeral 10.5 se señala, además, que el Administrador del FISE debe implementar los mecanismos de control necesarios a fin de garantizar que, en ningún caso, un mismo consumidor residencial favorecido con el financiamiento del FISE reciba doble beneficio respecto al pago del derecho de conexión o la acometida o la instalación interna;


Que, en concordancia con las disposiciones del numeral 10.5 del Reglamento FISE y la Resolución Ministerial N° 072-2023-MINEM/DM con la que se aprobó el Programa Anual de Promociones 2023, mediante Resoluciones N° 065-2023-OS/CD y N° 066-2023-OS/CD, publicadas el 16 de abril de 2023, Osinergmin aprobó, entre otros, los Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna aplicables para Consumidores residenciales y no residenciales de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste (en adelante “Concesión Sur Oeste”) considerando las especificaciones técnicas contenidas en los Informes Técnicos N° 089-2023/MINEM-DGH-FISE y N° 090-2023/MINEM-DGH-FISE comunicadas por el Administrador del FISE mediante Oficio N° 0272-2023/MINEM-DGH-FISE;


Que, mediante Resolución Ministerial N° 327- 2023-MINEM/DM, publicada el 15 de agosto de 2025, se modificó el Programa Anual de Promociones 2023, aprobado por Resolución Ministerial N° 072-2023-MINEM/DM, disponiendo en su artículo 2 que Osinergmin debe establecer los precios máximos del Servicio de Instalación Interna para Consumidores residenciales y no residenciales así como los costos unitarios máximos de la línea montante que serán aplicables a la Concesión Sur Oeste, dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario contados desde que el Administrador del FISE comunique la actualización de las especificaciones técnicas del Servicio Integral de Instalaciones Internas;


Que, mediante Oficio N° 1129-2023/MINEM-DGH-FISE, recibido el 8 de septiembre de 2023, el Administrador del FISE remitió a Osinergmin los Informes Técnico N° 339-2023/MINEM-DGH-FISE y N° 340-2023/MINEM-DGH-FISE que contienen las especificaciones técnicas para la determinación de los Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna para consumidores no residenciales y residenciales correspondiente a la Concesión Sur Oeste;


Que, con la finalidad de cumplir con el encargo contenido en el Reglamento FISE y en la Resolución Ministerial N° 327-2023-MINEM/DM, y atendiendo al Principio de Legalidad que rige la actuación de los organismos reguladores, corresponde a Osinergmin determinar los Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna para consumidores residenciales y no residenciales a ser cubiertos por el FISE y que serán aplicables en la Concesión Sur Oeste;


Que, los Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna de consumidores residenciales y no residenciales para uno y dos puntos de consumo, empotrado y a la vista, serán aplicables durante la vigencia del Programa Anual de Promociones 2023, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 072-2023-MINEM/DM y modificado por Resolución Ministerial N° 327-2023-MINEM/DM;


Que, como consecuencia de la actualización de las especificaciones técnicas comunicadas por el Administrador del FISE y la determinación de los nuevos Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna para Consumidores residenciales y no residenciales aplicables a la Concesión Sur Oeste, corresponde que mediante la presente decisión administrativa también se disponga la modificación de las Resoluciones N° 065-2023-OS/CD y N° 066-2023-OS/CD, en los extremos referidos a la aprobación de los Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna de consumidores residenciales y no residenciales para la mencionada concesión;


Que, considerando que el Administrador del FISE no ha brindado respuesta a la consulta efectuada por Osinergmin mediante Oficio N° Oficio N° 1585-2023-GRT respecto a la actualización de las especificaciones técnicas de los costos unitarios máximos de la línea montante que serán cubiertos por el FISE; no corresponde en esta oportunidad aprobar nuevos valores para los citados costos unitarios, debiendo mantenerse los aprobados mediante Resolución N° 067-2023-OS/CD, publicada el 16 de abril de 2023;


Que, se han emitido los Informes Técnicos N° 702-2023-GRT y N° 703-2023-GRT de la División de Gas Natural y el Informe Legal N° 704-2023-GRT de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, que complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin;


De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; en el Reglamento de la Ley N° 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-EM; así como sus normas modificatorias, complementarias y conexas, y;


Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 31-2023 de fecha 12 de octubre de 2023.


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Aprobación de Precios Máximos del Servicio Integral de Instalación Interna para Consumidores residenciales


Aprobar los Precios Máximos del Servicio...

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