Lima, 26 de setiembre del 2023
VISTOS:
El Informe Técnico N° 088-2023-SUNARP/DTR del 25 de setiembre de 2023, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 1326-2023-SUNARP/OTI del 19 de setiembre de 2023, de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Informe N° 820-2023-SUNARP/OAJ del 08 de setiembre de 2023 y el Informe N° 864-2023-SUNARP/OAJ del 20 de setiembre de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2014-JUS, se le encarga a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos la administración del Sistema de Constitución de Empresas en Línea como el sistema oficial para la constitución de empresas en línea a nivel nacional;
Que, el Decreto Legislativo N° 1332, Decreto Legislativo que facilita la Constitución de Empresas a través de los Centros de...