RESOLUCION N° 139-2015/SUNAT - Designan y excluyen agentes de retención del Impuesto General a las Ventas
Fecha de disposición | 30 Mayo 2015 |
Fecha de publicación | 30 Mayo 2015 |
El Peruano
Sábado 30 de mayo de 2015
553696
8° del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
N° 122-2014/SUNAT y modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores
Alfonso Iván Luyo Carbajal, Superintendente Nacional
Adjunto de Aduanas y María Ysabel Frassinetti Ybargüen,
Intendente Nacional de Técnica Aduanera del 6 al 14
de junio de 2015, para participar en la Sesión 73° de la
Comisión de Política y en las 125°/126° Sesiones del
Consejo de la Organización Mundial de Aduanas - OMA,
que se llevarán a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de
Bélgica, del 8 al 13 de junio de 2015.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
del 2015 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:
Señor Alfonso Iván Luyo Carbajal
Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso
de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 933,27
Viáticos US $ 3 780,00
Señora María Ysabel Frassinetti Ybargüen
Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso
de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 933,27
Viáticos US $ 3 780,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores
deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1243868-1
Aceptan renuncia y dejan sin efecto
designación de Asesor II de la
Superintendencia Nacional Adjunta
Operativa
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 134-2015/SUNAT
Lima, 27 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos, establece que
la designación de funcionarios en cargos de confi anza
distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada
Ley, se efectúa mediante resolución del Titular de la
Entidad;
Que asimismo, el artículo 7° de la referida Ley dispone
que mediante Resolución Ministerial o Resolución del
Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia
o se dispone una nueva designación o nombramiento
de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no
contemplados en el artículo 1° de dicha norma;
Que mediante Resolución de Superintendencia N.°
022-2015/SUNAT se designó al señor Juan Miguel De
Pomar Shirota en el cargo de confi anza de Asesor II de la
Superintendencia Nacional Adjunta Operativa;
Que el señor De Pomar Shirota presentó su renuncia
a la institución siendo el último día de su vínculo laboral
el 5 de abril de 2015, por lo que corresponde aceptar
su renuncia y en consecuencia, dejar sin efecto su
designación en el cargo de confi anza de Asesor II de la
Superintendencia Nacional Adjunta Operativa;
Que según el inciso 17.1 del artículo 17° de la Ley N.°
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la
autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo
que tenga efi cacia anticipada a su emisión;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 27444
y en la Ley N.° 27594, y en uso de la facultad conferida en
el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización
y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por
Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y
modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por
el señor Juan Miguel De Pomar Shirota, dejándose sin
efecto, a partir del 6 de abril de 2015, su designación en
el cargo de confi anza de Asesor II de la Superintendencia
Nacional Adjunta Operativa.
Artículo 2°.- Dar por concluido el vínculo laboral con
la SUNAT del señor Juan Miguel De Pomar Shirota, a
partir del 6 de abril de 2015, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1243869-1
Designan y excluyen agentes de
retención del Impuesto General a las
Ventas
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 139-2015/SUNAT
Lima, 29 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10° del Texto Único Ordenado (TUO)
del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo
N° 133-2013-EF y normas modifi catorias, establece que
la administración tributaria podrá designar como agentes
de retención a los sujetos que considere se encuentran en
disposición para efectuar la retención de tributos;
Que mediante Resolución de Superintendencia N°
037-2002/SUNAT y normas modifi catorias se estableció
el Régimen de Retenciones del Impuesto General a
las Ventas aplicable a los proveedores y se designó a
determinados sujetos como agentes de retención;
Que con el fi n de lograr un adecuado funcionamiento
del mencionado régimen, resulta necesario actualizar el
padrón de agentes de retención;
Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del
Reglamento que establece disposiciones relativas a
la publicidad, publicación de proyectos normativos y
difusión de normas legales de carácter general, aprobado
por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y normas
modifi catorias, no se ha efectuado la prepublicación de la
presente resolución por considerar que sería innecesaria,
en la medida que la designación o exclusión de los
agentes de retención es potestad de la administración
tributaria conforme a lo establecido en el artículo 10° del
TUO del Código Tributario;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 10°
del TUO del Código Tributario, el artículo 11° del Decreto
Legislativo N° 501, Ley General de la SUNAT y normas
modifi catorias, el artículo 5° de la Ley N° 29816, Ley de
Fortalecimiento de la SUNAT y norma modifi catoria y el
inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización
y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución
de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas
modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Designación de agentes de retención
Desígnase como agentes de retención del Impuesto
General a las Ventas a los sujetos señalados en el anexo
N° 1 de la presente resolución, los cuales operarán como
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