Resolución Nº 0804-2023-ANA-AAA de Autoridad Nacional del Agua, 26-10-2023

Número de resolución0804-2023-ANA-AAA
Fecha26 Octubre 2023
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado de ANA, aplicando lo
dispuesto por el Art. 25 de D.S 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S 026-
2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través
de:http://sisged.ana.gob.pe/consultas e ingresando la siguiente clave : B1F0CA93
CUT: 56225-2022
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0804-2023-ANA-AAA.M
Cajamarca, 26 de octubre de 2023
VISTO:
El expediente administrativo con CUT 56225-2022, organizado por Robert Aníbal
Palma Flores, identificado con DNI N° 72809902, en su calidad de Representante Legal de
CONSORCIO CHILIA, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para Uso
Productivo, tipo Agrario – Agrícola, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento, aprobado
N° 023-2014-MINAGRI, se regula la administración y gestión de los recursos hídricos en el
país;
Que, a través de la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA, se aprobó el “Reglamento
de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y
Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua”, el cual, en el Sub
Capítulo I del Capítulo II del Título III, desarrolla el procedimiento de Acreditación de
Disponibilidad Hídrica mediante Resolución de la Autoridad Administrativa del Agua;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 81.1 del artículo 81° del
Reglamento de la Ley de Recursos Hídrico, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG,
modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI, la acreditación de disponibilidad
hídrica certifica la existencia de recursos en cantidad, oportunidad y calidad apropiados para
un determinado proyecto en un punto de interés. Asimismo, el numeral 81.2 del referido
artículo, señala que la acreditación de disponibilidad hídrica tiene un plazo de vigencia de dos
(02) años, no faculta a usar el agua ni ejecutar obras y no es exclusiva ni excluyente;
Que, mediante escrito obrante en el Sistema de Gestión Documentaria – SISGED,
Robert Aníbal Palma Flores, en su calidad de Representante Legal de CONSORCIO CHILIA,
solicita Acreditación de Disponibilidad Hídrica de Agua Superficial para Uso Productivo, tipo
Agrario – Agrícola, proveniente de la microcuenca de la presa “Shiria”, para el desarrollo del
proyecto denominado “CREACIÓN DE SERVICIO DEL SISTEMA DE RIEGO DESDE LA
LAGUNA SHIRIA PARARA CHILIA, EN LA LOCALIDAD DE PAUCAS, DISTRITO DE
PAUCAS, PROVINCIA DE HUARI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”; adjuntando la
documentación pertinente a efectos de evaluar la procedencia de lo solicitado;
Firmado digitalmente por PAJARES
VIGO Edwin Rogger FAU
20520711865 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30/10/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR