RESOLUCION N° 069-2015/SUNAT - Autorizan viaje de trabajadora de la División de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera a EE.UU, en comisión de servicios

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición 7 de Marzo de 2015
El Peruano
Sábado 7 de marzo de 2015 548169
Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de las acciones de
promoción de importancia para el Perú, los que deben
realizarse en categoría económica y ser autorizados por
Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos, sus modi catorias, el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de
Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú
para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Mario
Eduardo Ocharan Casabona, a la ciudad de Tel Aviv,
Estado de Israel, del 7 al 13 de marzo de 2015, para los
nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución se efectuarán con cargo al
Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del
Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de
acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes Aéreos : US$ 2 696,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario
siguientes a su retorno al país, el señor Mario Eduardo
Ocharan Casabona, presentará a la Titular del Pliego
Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre
las acciones realizadas y los logros obtenidos durante las
actividades a la que asistirá; asimismo, deberá presentar
la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General (e)
1208247-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la
División de Tratados Internacionales de
la Gerencia de Tratados Internacionales,
Valoración y Arancel de la Intendencia
Nacional de Técnica Aduanera a EE.UU.,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 069-2015/SUNAT
Lima, 5 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:
Que mediante O cio Circular Nº 008-2015-MINCETUR/
VMCE de fecha 20 de febrero de 2015, el Vice Ministerio
de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior
y Turismo comunica a la SUNAT que, en el marco de las
negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpací co
(TPP por sus siglas en inglés), los países miembros han
acordado sostener una Reunión de Jefes Negociadores
y Grupos Técnicos, la cual se llevará a cabo del 9 al 15
de marzo de 2015, en Kona District, Estado de Hawái,
Estados Unidos de América;
Que el Perú viene ampliando sus mercados a través
de la suscripción de Tratados de Libre Comercio con
otros países, habiéndose concretado a la fecha acuerdos
con Estados Unidos de América, Singapur, Tailandia,
Canadá, China, la Asociación Europea de Libre Comercio
(EFTA por sus siglas en inglés), Corea, Chile, México, la
Unión Europea, Japón, Panamá, Costa Rica, Guatemala
y la Alianza del Pací co; encontrándose en proceso las
negociaciones con Turquía, El Salvador, Honduras y el
Acuerdo del TPP, conocido previamente como grupo P4;
Que el citado Acuerdo del TPP establece medidas de
libre comercio en las áreas de bienes y servicios entre
sus miembros, así como sobre derechos de propiedad
intelectual y cooperación en ciencia y tecnología;
Que la SUNAT en el marco del citado acuerdo participa
en las distintas mesas de negociación relacionadas a temas
aduaneros como son las de Reglas de Origen y Textiles
y de Propiedad Intelectual, entre otras; a n de prestar su
colaboración técnica en temas de su competencia, con
el objeto que se negocien compromisos que puedan ser
implementados adecuadamente;
Que en la Mesa de Reglas de Origen y Textiles
se discutirán especí camente, temas pendientes
relacionados a la veri cación de origen, bienes originarios,
valor de bienes no originarios, obligaciones relativas
de los importadores/exportadores, valor de contenido
regional, tránsito, transbordo, envío directo, acumulación
de origen, solicitud de tratamiento arancelario preferencial
y certi cación de origen; mientras que en la Mesa de
Propiedad Intelectual se discutirán temas pendientes
respecto a la aplicación de medidas de frontera en zonas
francas, transbordo, tiempo de duración de tales medidas,
e inclusión del concepto “mercancía confusamente similar”
como supuesto para que las aduanas puedan aplicar
medidas en frontera de o cio;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional para
la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos
de esta naturaleza, conforme al Informe N.º 09-2015-
SUNAT/5C0000 de fecha 25 de febrero de 2015, resulta
necesario autorizar la participación del trabajador Jaime
Américo Venero Muñiz, Profesional III de la División de
Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados
Internacionales, Valoración y Arancel de la Intendencia
Nacional de Técnica Aduanera, en la citada reunión;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de
la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina
en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las
Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las
normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT,
aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé
la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de
la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo
los que se efectúen con la nalidad de cumplir con los
objetivos institucionales y los que se realicen en el marco
de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y nancieras y
las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y
servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de
itinerario, autorizar el viaje del trabajador Jaime Américo
Venero Muñiz del 8 al 17 de marzo de 2015; debiendo la
SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por
concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única
por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos
27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y
la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT;
y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo
8º del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº
122-2014/SUNAT y modi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del trabajador Jaime
Américo Venero Muñiz, Profesional III de la División de

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