Resolucion Nº 023-2022-SMV/01, Autorizan difusión del proyecto que modifica el artículo 5° de la Resolución Conasev N° 021-99-EF/94.10, que aprobó el Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima

Fecha de publicación02 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 28 de septiembre de 2022

VISTOS:

El Expediente N° 2020041113 y el Informe Conjunto N° 1260-2022-SMV/06/10/12 del 23 de septiembre de 2022, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigación, Desarrollo e Innovación, así como el proyecto de modificación del artículo 5° de la Resolución Conasev N° 021- 99-EF/94.10 (en adelante, el Proyecto);

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley N° 29782 (en adelante, la Ley Orgánica), la SMV tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción;

Que, el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica establece como atribución del Directorio de la SMV la aprobación de la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquellas a las que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a la supervisión de la SMV;

Que, el artículo 145 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861, señala que la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV aprueba los estatutos de las bolsas y sus modificaciones; así como los reglamentos internos que dicten las bolsas y sus respectivas modificaciones;

Que, por Resolución Conasev N° 021-99-EF/94.10, se aprobó el Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima;

Que, el artículo 5° de la citada Resolución Conasev N° 021-99-EF/94.10 establece que las modificaciones de las Disposiciones Complementarias a los artículos 5, 9, 18, 21, 25, 26, primer párrafo del artículo 27, artículo 29, en lo concerniente a ventas descubiertas, artículo 49 y numerales 75.4 y 75.5 del artículo 75 del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, para su aplicación, requerirán autorización previa de la Superintendencia del Mercado de Valores;

Que, tomando en cuenta que la Disposición Complementaria al artículo 49 del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima es objeto de aprobación previa, en...

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