RESOLUCION N° 023-2015-SMV/02 - Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV
Fecha de disposición | 14 Febrero 2015 |
Fecha de publicación | 14 Febrero 2015 |
El Peruano
Sábado 14 de febrero de 2015 546769
+NTP 011.704:2010 FRUTAS AMAZÓNICAS Y DERIVADOS.
Harina de pan de árbol (Artocarpus sp.).
Requisitos. 1ª Edición
NTP 011.705:2010 PLÁTANO. Producción controlada. 1ª
Edición
NTP 011.503:2010 YUCA Y DERIVADOS. Almidón.
Defi niciones y requisitos. 1ª Edición
NTP 011.504:2010 YUCA Y DERIVADOS. Tapioca.
Clasifi cación y requisitos. 1ª Edición
Con la intervención de los señores miembros: Augusto
Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz y Eldda Bravo
Abanto.
AUGUSTO RUILOBA ROSSEL
Presidente de la Comisión de Normalización
y de Fiscalización de Barreras Comerciales
No Arancelarias
1200372-1
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Aprueban Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA
de la Superintendencia del Mercado de
Valores – SMV
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE
Nº 023-2015-SMV/02
Lima, 13 de febrero de 2015
EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO
DE VALORES (e)
VISTOS:
El Informe Conjunto N° 94-2015-SMV/06/07 del 11
de febrero de 2015, emitido por la Ofi cina de Asesoría
Jurídica y por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto,
y el proyecto del Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA de la Superintendencia del
Mercado de Valores – SMV;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Superintendente N°
146-2014-SMV/02 del 30 de diciembre de 2014, se aprobó
la última actualización del Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de la Superintendencia del
Mercado de Valores– SMV;
Que, mediante Resolución SMV N° 029-2014-
SMV/01 y Resolución de Superintendente N°142-
2014-SMV/02, ambas del 21 de diciembre de 2014, se
aprobaron el Reglamento de Fondos de Inversión y
sus Sociedades Administradoras y el Reglamento de
Entidades Estructuradoras del Mercado de Valores,
respectivamente;
Que, el 30 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario
Ofi cial El Peruano el Decreto supremo N° 374-2014-EF, el
cual estableció el valor de la Unidad Impositiva Tributaria
(UIT) para el año 2015;
Que, la Ley N° 30230, Ley que establece medidas
tributarias, simplifi cación de procedimientos y permisos
para la promoción y dinamización de la inversión en el
país, publicada el 12 de julio de 2014, dispone que las
entidades de la administración pública están obligadas
a realizar las modifi caciones correspondientes en sus
respectivos TUPA, en caso de que las normas establezcan
o modifi quen los requisitos, plazos o silencio administrativo
aplicables a los procedimientos administrativos;
Que, en observancia de las normas señaladas en
los párrafos anteriores, se ha elaborado un TUPA que
incorpora nuevos procedimientos, adecúa procedimientos
anteriores y realiza algunos ajustes producto de la revisión
de los demás procedimientos administrativos del TUPA
vigente;
Que, según lo dispuesto por el numeral 21 del artículo
3° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la
SMV, aprobada por Decreto Ley N° 26126 y modifi cado
por la Ley N° 29782, corresponde al Superintendente del
Mercado de Valores aprobar el TUPA institucional; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
el artículo 3º, numeral 21, del Texto Único Concordado de la
Ley Orgánica de la SMV, aprobado por el Decreto Ley N°
26126 y modifi cado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento
de la Superintendencia del Mercado de Valores; así como en
la Resolución de Superintendente Nº 015-2015-SMV/02 del
29 de enero de 2015;
RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el “Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA de la Superintendencia del
Mercado de Valores – SMV”, cuyo texto se anexa a la
presente resolución.
Artículo 2°.- La presente resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en el
Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de
Valores (www.smv.gob.pe).
Artículo 4º.- El anexo a que se refi ere el artículo 1º
de la presente resolución será publicado en el Portal
de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.
serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal del Mercado
de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores
(www.smv.gob.pe), de conformidad con el numeral 38.3
Administrativo General y el numeral 3.1 del artículo 3° del
Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OMAR GUTIÉRREZ OCHOA
Superintendente del Mercado de Valores (e)
1200596-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Prorrogan el inicio de la presentación de
la declaración jurada anual del Impuesto
a la Renta de personas naturales del
Ejercicio Gravable 2014, así como la
utilización del Formulario Virtual N°
1649 “Solicitud de Devolución”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 050-2015/SUNAT
Lima, 13 de febrero de 2015
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia N°
380-2014/SUNAT, se aprueban disposiciones y formularios
para la declaración jurada anual del impuesto a la renta y
del impuesto a las transacciones fi nancieras del ejercicio
gravable 2014;
Que la referida resolución prevé, entre otros, que los
sujetos que hubieran obtenido o percibido rentas distintas
a las de tercera categoría que se encuentren obligados
a presentar su declaración o que sin estarlo opten por
hacerlo, lo harán mediante el Formulario Virtual N° 691
– Renta Anual 2014 – Persona Natural, el cual estaría
disponible en SUNAT Virtual a partir del 16 de febrero
de 2015, pudiendo utilizar para tal efecto, la información
personalizada que se cargaría de forma automática en el
referido formulario;
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