RESOLUCION N° 0147-2015-JNE - Establecen número de regidores provinciales y regidores distritales a ser elegidos en el proceso de Elecciones Municipales 2015, así como el número equivalente a los porcentajes de aplicación de las cuotas electorales de género y jóvenes

Fecha de disposición22 Mayo 2015
Fecha de publicación22 Mayo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 22 de mayo de 2015 553093
levantada durante el resto del periodo de gobierno por el
que fue electo y que culminó el 31 de diciembre de 2014,
tiempo durante el cual el consejero regional llamado por
ley asumió el cargo de presidente regional.
9. Este pronunciamiento inmediato de la jurisdicción
electoral, en tanto única instancia facultada por la ley
para dejar sin efecto en forma def‌i nitiva o temporal
una credencial de una autoridad regional o local de
elección popular, así como por su trascendencia para
nuestra consolidación democrática, en tanto pilar de su
af‌i anzamiento, faculta a este organismo constitucional a
exhortar a la nueva autoridad regional a que ejerza sus
competencias y obligaciones con respeto a la Constitución
Política del Perú y a la ley, máxime cuando estas supongan,
en particular, la contratación de servicios, adquisición o
disposición de bienes, o en general, la disposición de
los fondos públicos. Lo anterior, en tanto este Colegiado
Electoral, al no ser ajeno a la percepción ciudadana, asume
con total convicción que la irregular utilización de bienes
y servicios públicos en benef‌i cio propio o de terceros que
impliquen actos de corrupción, además de signif‌i car un
perjuicio económico para el Estado, se eleva como el
mayor enemigo de la democracia contemporánea.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER la entrega de credenciales
al gobernador regional de Áncash, Waldo Enrique Ríos
Salcedo, electo para el periodo de gobierno 2015-2018.
Artículo Segundo.- EXHORTAR a Waldo Enrique Ríos
Salcedo, gobernador del Gobierno Regional de Áncash, a
que actúe con honradez, responsabilidad, transparencia y
ef‌i ciencia en el ejercicio del mandato representativo que
le ha sido conferido.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
FERNÁNDEZ ALARCÓN
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1240405-2
Establecen número de regidores
provinciales y regidores distritales a
ser elegidos en el proceso de Elecciones
Municipales 2015, así como el número
equivalente a los porcentajes de
aplicación de las cuotas electorales de
género y jóvenes
RESOLUCIÓN Nº 0147-2015-JNE
Lima, veinte de mayo de dos mil quince.
VISTO el Of‌i cio Nº 587-2015-INEI/DTDIS del Jefe del
Instituto Nacional de Estadística e Informática, recibido
con fecha 19 de mayo de 2015, con el que remite el
cuadro estadístico con la población proyectada al 2015,
en las circunscripciones comprendidas en las Elecciones
Municipales 2015.
CONSIDERANDOS
De las Elecciones Municipales 2015
1. De conformidad con la convocatoria efectuada
el Diario Of‌i cial El Peruano el 28 de marzo de 2015,
el domingo 29 de noviembre de 2015 se llevarán a
cabo las Elecciones Municipales 2015 en la provincia
de Putumayo (Loreto), y los distritos de Yaguas y
Rosa Panduro (Putumayo, Loreto), Mi Perú (Callao),
Uchuraccay (Huanta, Ayacucho), Inkawasi y Villa Virgen
(La Convención, Cusco), Quichuas y Andaymarca
(Tayacaja, Huancavelica) y José María Arguedas
(Andahuaylas, Apurímac), con la f‌i nalidad de que se
elijan a los respectivos alcaldes y regidores en estas
circunscripciones, creadas durante el año 2014.
2. Es así que se presenta la necesidad de determinar
el número de integrantes de estos nuevos concejos
municipales, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 24
adelante LEM), según el cual, el número de regidores
a elegirse en cada concejo municipal es determinado
por el Jurado Nacional de Elecciones en proporción a
su población, no debiendo ser, en ningún caso, inferior
a cinco (5) ni mayor de quince (15), exceptuándose al
Concejo Provincial de la Municipalidad Metropolitana
de Lima que tendrá treinta y nueve (39) regidores.
3. Con el Of‌i cio Nº 587-2015-INEI/DTDIS, de fecha
19 de mayo de 2015, el jefe del Instituto Nacional de
Estadística e Informática (INEI) remitió a este organismo
electoral la información de la proyección de población
para el 2015, elaborado por la Dirección Técnica de
Demografía e Indicadores Sociales del referido ente,
correspondiente a las circunscripciones comprendidas
en las Elecciones Municipales 2015, conforme se
detalla a continuación:
Nº Departamento Provincia Distrito Población
proyectada
1
LORETO
PUTUMAYO 11 866
2 PUTUMAYO YAGUAS 729
3 PUTUMAYO ROSA PANDURO 1 222
4 -- CALLAO MI PERÚ 59 005
5 AYACUCHO HUANTA UCHURACCAY 5 290
6
CUSCO
LA
CONVENCIÓN INKAWASI 5 054
7LA
CONVENCIÓN VILLA VIRGEN 1 817
8HUANCAVELICA TAYACAJA QUICHUAS 4 144
9 TAYACAJA ANDAYMARCA 2 283
10 APURÍMAC ANDAHUAYLAS JOSÉ MARÍA
ARGUEDAS 3 756
4. Al respecto, mediante la Resolución Nº 269-2014-
JNE, de fecha 1 de abril de 2014, se estableció el número
de regidores que correspondía a cada concejo municipal
para las Elecciones Municipales 2014, considerando los
siguientes rangos de población:
Rango Concejos provinciales o distritales con
población de Número de
regidores
1 500 001 a más habitantes 15
2 300 001 hasta 500 000 13
3 100 001 hasta 300 000 11
4 50 001 hasta 100 000 9
5 25 001 hasta 50 000 7
6 25 000 o menos 5
Es así que para la asignación de regidores en las
circunscripciones comprendidas en las Elecciones
Municipales 2015, se aplicarán dichos rangos teniendo
como referencia la población proyectada por el INEI.
5. Asimismo, en este proceso electoral, en el que se
elegirán a las autoridades municipales correspondientes al
periodo 2015-2018, rigen los mismos plazos y exigencias
que regulan las elecciones municipales ordinarias, por lo que
es necesario precisar algunas fechas límite de orden legal

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