Resolucion Nº 014-2022-SMV/01. Modifican el Anexo de la Memoria, numeral (10150) “Reporte sobre el cumplimiento del Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas”, el mismo que forma parte de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas por Resolución Gerencia General N° 211-98-EF/94.11

Fecha de publicación06 Agosto 2022
SecciónSeparatas Especiales de Normas Legales
SEPARATA ESPECIAL
RESOLUCIÓN SMV
N° 014-2022-SMV/01
MODIFICAN EL ANEXO DE LA MEMORIA,
NUMERAL (10150) “REPORTE SOBRE EL
CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE BUEN
GOBIERNO CORPORATIVO PARA LAS
SOCIEDADES PERUANAS”, EL MISMO QUE
FORMA PARTE DE LAS NORMAS COMUNES
PARA LA DETERMINACIÓN DEL CONTENIDO
DE LOS DOCUMENTOS INFORMATIVOS,
APROBADAS POR RESOLUCIÓN DE
GERENCIA GENERAL N° 211-98-EF/94.11
Sábado 6 de agosto de 2022
NORMAS LEGALES
FUNDADO EL 22 DE OCTU BRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SI MÓN BOLÍVAR
“AÑO DEL FORTALECIMIENTO DE LA SOBERANÍA NACIONAL
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 06/08/2022 11:44
2NORMAS LEGALES Sábado 6 de agosto de 2022 El Peruano
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NORMAS LEGALES
Sábado 6 de agosto de 2022
El Peruano /
RESOLUCIÓN SMV Nº 014-2022-SMV/01
Lima, 2 de agosto de 2022
VISTOS:
El Expediente N° 2022021817, los Informes Conjuntos N° 650-2022-SMV/06/11/12 y Nº 918-2022-SMV/06/11/12, del 19
de mayo y 19 de julio de 2022, respectivamente, ambos emitidos por la Of‌i cina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia
Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados y la Superintendencia Adjunta de Investigación, Desarrollo e
Innovación; así como el Proyecto de norma que modif‌i ca el Anexo de la Memoria, numeral (10150) “Reporte sobre el
Cumplimiento del Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas”, el mismo que forma parte de
las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas por Resolución
de Gerencia General N° 211-98-EF/94.11 (en adelante, el PROYECTO);
CONSIDERANDO:
Que, conforme al literal a) del artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia
del Mercado de Valores, SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126, modif‌i cado por la Ley N° 29782, Ley de
Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, y la Ley N° 30050, Ley de Promoción del Mercado de Valores
(en adelante, Ley Orgánica), la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de
valores;
Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica, el Directorio de la SMV tiene por atribución la
aprobación de la normativa del mercado de valores, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales y
jurídicas sometidas a su supervisión;
Que, mediante Resolución SMV N° 012-2014-SMV/01 del 18 de junio de 2014, se sustituyó el Anexo de la
Memoria, numeral (10150) “Información sobre el cumplimiento de los Principios de Buen Gobierno para las
Sociedades Peruanas”, por el “Reporte sobre el Cumplimiento del Código de Buen Gobierno Corporativo para
las Sociedades Peruanas”, el cual incorporó el estándar internacionalmente utilizado denominado “cumple o
explica”;
Que, por Resolución SMV Nº 016-2019-SMV/01 del 26 de junio de 2019, se realizaron algunas precisiones al “Reporte
sobre el Cumplimiento del Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas”, aprobado por
Resolución SMV N° 012-2014-SMV/01, Anexo de la Memoria, numeral (10150);
Que, en agosto del 2018 se conformó el Consejo Consultivo del Mercado de Capitales, iniciativa que agrupa a gremios
y asociaciones que actúan en el mercado de valores y cuyo objetivo principal es impulsar el mercado de capitales,
cumpliendo la SMV, el rol de Secretaría Técnica;
Que, a los f‌i nes de llevar a cabo sus actividades, el Consejo Consultivo del Mercado de Capitales ha constituido diversas
mesas de trabajo, una de las cuales, la Mesa de Trabajo Ambiental, Social y de Buen Gobierno (Mesa ASG), hizo
llegar una propuesta de mejora del “Reporte sobre el Cumplimiento del Código de Buen Gobierno Corporativo para las
Sociedades Peruanas”, resultado del trabajo coordinado entre los miembros permanentes e invitados del sector privado
en dicha mesa;
Que, la Mesa ASG del Consejo Consultivo del Mercado de Capitales presentó a esta Superintendencia la propuesta
mencionada en el considerando precedente, la misma que luego de analizarse ha sido acogida en gran parte,
cuidándose sin embargo de no afectar la estructura vigente del Reporte, que está en concordancia con los cinco pilares
que conforman el Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas: i) Derechos de los accionistas;
ii) Junta General de Accionistas; iii) Directorio y Alta Gerencia; iv) Riesgo y cumplimiento; y v) Transparencia de la
información;
Que, el PROYECTO incorpora algunas preguntas complementarias adicionales que buscan ampliar, convalidar o completar
el alcance de la evaluación de los principios, destacando expresamente además temas importantes y de tendencia en el
contexto actual y de gobierno corporativo, específ‌i camente en lo concerniente a la forma en que las empresas han ido
incorporando la participación de la mujer en el órgano máximo de dirección de las sociedades; entre otros, así como el
esquema de retribución y sobre la implementación de un modelo de prevención;
Que, según lo dispuesto en la Resolución SMV N° 008-2022-SMV/01, publicada el 27 de mayo de 2022 en el Diario
Of‌i cial El Peruano, el PROYECTO fue sometido a proceso de consulta ciudadana por veinte (20) días calendario, a través del
Portal del Mercado de Valores de la SMV (www.smv.gob.pe), a f‌i n de que las personas interesadas formulen comentarios
sobre los cambios propuestos, habiéndose recibido siete (7) comentarios y sugerencias que permitieron enriquecer la
propuesta normativa; y,
Estando a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 1 y el literal b) del artículo 5 del Texto Único Concordado de la Ley
Orgánica de la SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 y sus modif‌i catorias, el numeral 2 del artículo 9 del Reglamento
de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-
2011-EF; así como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 25
de julio de 2022;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modif‌i car el Anexo de la Memoria, numeral (10150) “Reporte sobre el Cumplimiento del Código de Buen
Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas”, el mismo que forma parte de las Normas Comunes para la
Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, aprobadas por Resolución Gerencia General N° 211-98-
EF/94.11, el cual quedará redactado de acuerdo al siguiente texto:

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