Resolucion N° 005-2024-CONCYTEC-P. Delegan facultades en diversos funcionarios del CONCYTEC y otras entidades

Fecha de publicación11 Enero 2024
SecciónSección Única
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a cinco unidades bibliográficas (1822-1823) relacionadas con la promulgación de la primera <a href="https://vlex.com.pe/vid/constitucion-politica-peru-42814763">Constitución Política</a> de la República del Perú, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú

Lima, 10 de enero de 2024


VISTO: el Oficio Nº D000001-2024-PROCIENCIA-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados - PROCIENCIA; el Memorando Nº D000001-2024-CONCYTEC-OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº D000001-2024-CONCYTEC-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D000001-2024-CONCYTEC-DPP de la Dirección de Políticas y Programas de CTel y; el Informe Nº D000002-2024-CONCYTEC-OGAJ-RRQ y el Memorando Nº D00006-2024-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,


CONSIDERANDO:


Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, técnica, administrativa, económica y financiera, que constituye un pliego presupuestal, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (en adelante Ley Marco) y en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (en adelante Ley del CONCYTEC); con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 30806;


Que, el artículo 16 de la Ley Nº 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modificado por la Ley Nº 30806, Ley que modifica diversos artículos de la Ley Nº 28303 y de la Ley Nº 28613, Ley del CONCYTEC, establece la creación del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT. Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, sobre la base del FONDECYT, al cual dicho Programa absorbe por fusión, señalando que se encuentra bajo la dependencia del CONCYTEC;


Que, mediante informe del Visto, la Oficina General de Asesoría Jurídica indica que el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, señala que la Presidente de CONCYTEC es su más alta autoridad, ejerce la representación legal de la institución y es titular del pliego presupuestal; asimismo, puede delegar las facultadas o atribuciones que no sean privativas de su cargo;


Que, asimismo, manifiesta que el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;


Que, precisa, de acuerdo al numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, vigente en virtud de la Novena Disposición Complementaria Final y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1440, concordante con la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.01, modificada por Resoluciones Directorales Nº(s) 0032-2020-EF/50.01 y 0024-2022-EF/50.01, establece que las modificaciones presupuestaria en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;


Que, señala que, mediante la Ley Nº 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se establecen las normas para la gestión presupuestaria y ejecución del gasto público que deben observar los organismos del Sector Público durante el ejercicio fiscal 2024;


Que, de otro lado, manifiesta que, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF (en adelante TUO de la Ley Nº 30225), establece que el Titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la norma le otorga; asimismo, puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de oficio y la aprobación de las contrataciones directas no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento. Por su parte, el numeral 101.1. del artículo 101 del Reglamento de la Ley Nº 30225, señala que la potestad de aprobar contrataciones directas es indelegable, salvo en los supuestos indicados en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la citada Ley. En ese contexto, resulta viable legalmente delegar en materia de contrataciones del Estado, las atribuciones establecidas para el Titular de la Entidad;


Que, asimismo, la citada Oficina General de Asesoría Jurídica refiere que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;


Que, con Informe Nº D000001-2024-CONCYTEC-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicita delegar en la Secretaria General las funciones atribuidas al Titular del Pliego, en materia presupuestaria, a fin de garantizar una adecuada gestión en la administración de recursos presupuestarios asignados;


Que, mediante el Memorando Nº D000001-2024-CONCYTEC-OGA, la Oficina General de Administración solicita delegación de diversas facultades y atribuciones para el Ejercicio Fiscal 2024, en materia de contrataciones públicas, recursos humanos, así como financieras y administrativas, entre otros, sustentando el pedido de delegación formulado;


Que, con Oficio Nº D000001-2024-PROCIENCIA-DE, el Programa PROCIENCIA solicita delegar facultades en el Director Ejecutivo y en el Responsable de la Unidad de Administración del referido programa en materia administrativa, respectivamente;


Que, con Informes Nº (s) D00001-2024-CONCYTEC-DPP-SDCTT-NHM y D000001-2024-CONCYTEC-DPP-SDCTT, la Sub Dirección de Ciencia Tecnología y Talentos contando con la conformidad de la Dirección de Políticas y Programas de CTel a través del Informe Nº D000001-2024-CONCYTEC-DPP-SDCTT solicita delegar en el Director(a) de Políticas y Programas de CTI las facultades para contratar bienes y/o servicios en el marco del Acuerdo de Ejecución del Programa ESPACIO CIENCIA, celebrado con la OEA...

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