Resolución Nº 005-2016-SMV/10 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Resolución SASP N° 005-2016-SMV/10)

Fecha14 Marzo 2016
Número de resolución005-2016-SMV/10
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELADIVERSIFICACIÓNPRODUCTIVAYDELFORTALECIMIENTODELAEDUCACIÓN
Resolución de Superintendencia Adjunta SMV
005-2016-SMV/10
Lima, 14 de marzo de 2016
Sumilla: Se declara infundado el recurso de
reconsideración interpuesto por
Seminario y Compañía Sociedad Agente
de Bolsa S.A. contra la Resolución de
Superintendencia Adjunta SMV Nº 029-
2014-SMV/10 de fecha 14 de noviembre
de 2014.
Administrado : Seminario y Cía. Sociedad Agente de Bolsa S.A.
Asunto : Recurso de reconsideración contra la Resolución de
Superintendencia Adjunta SMV N° 029-2014-SMV/10
Expediente N° : 2013034582
El Superintendente Adjunto de Supervisión Prudencial
VISTOS:
El expediente administrativo N° 2013034582, el recurso
de reconsideración presentado por Seminario y Cía. Sociedad Agente de Bolsa S.A. y
el Informe Nº 234-2015-SMV/10.3, emitido por la Intendencia General de
Cumplimiento Prudencial, así como; y
CONSIDERANDO:
1. Conforme al artículo 1° de la Ley N° 29782, Ley de
Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, se sustituye la
denominación de Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV)
por la de Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), por lo que toda referencia
a CONASEV en las normas legales, se entenderá hecha a la SMV;
I. DE LOS HECHOS
2. Mediante Resolución de Superintendencia Adjunta
SMV N° 029-2014-SMV/10 de fecha 14 de noviembre de 2014, se sancionó a
Seminario y Cía. Sociedad Agente de Bolsa S.A., en adelante SEMINARIO SAB, con
una multa de 4.998 UIT equivalente a S/. 18 492.60 (Dieciocho mil cuatrocientos
noventa y dos y 60/100 Nuevos Soles) por haber incurrido en una (01) infracción de
naturaleza leve tipificada en el Anexo I, numeral 3, inciso 3.1 del Reglamento de
Sanciones, aprobado por Resolución CONASEV Nº 055-2001-EF/94.10 y sus

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