Resolución Nº 0029-2023-MIDAGRI-SG-OGGRH del Ministerio de Agricultura, 30-01-2023

Número de resolución0029-2023-MIDAGRI-SG-OGGRH
Fecha30 Enero 2023
N° 029-2023-MIDAGRI-SG-OGGRH
Lima, 30 de Enero de 2023
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archiv ado en el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego,
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final el D.S. 026-2016-PCM.
Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección w eb:
https://sisgedconsultaexterna.midagri.gob.pe/ ingresando el código KLMN 8GAIJI y el número de documento.
VISTOS:
El CUT N° 60898-2022, la solicitud presentada el 21 de diciembre de 2022 por la
señora LEONIDAS SILVA CASTILLO DE CRISPIN, identificada con DNI N° 08936416, sobre
otorgamiento de subsidio por fallecimiento de quien en vida fue su cónyuge supérstite señor
ACACIO CRISPIN FRAGIDES, ex pensionista del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el
Informe N° 055-2023-MIDAGRI-SG-OGGRH-OARH, emitido por la Oficina de Administración
de Recursos Humanos; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, publicado el 24 de noviembre de 2020 en el diario
oficial “El Peruano”, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo
del Poder Ejecutivo, tiene personería jurídica de derecho público y constituye un pliego
presupuestal;
Que, de acuerdo con el literal f) del artículo 46 del Texto Integrado del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por
Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI la Oficina General de Gestión de Recursos
Humanos tiene dentro de sus funciones, entre otras, la de conducir y supervisar el registro de
personal activo y cesante, la elaboración de planillas de pensiones y compensaciones
económicas y no económicas de los servidores y ex servidores, de acuerdo con la normatividad
vigente;
Que, mediante solicitud presentada el 21 de diciembre de 2022, la señora
LEONIDAS SILVA CASTILLO DE CRISPIN, solicita otorgamiento de subsidio por fallecimiento
de quien en vida fue su cónyuge supérstite señor ACACIO CRISPIN FRAGIDES ex pensionista
del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
Que, el ítem 5, numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 038-2019,
considera como ingreso por condiciones especiales que corresponda al servidor público
nombrado del régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley Bases de la Carrera Administrativa
y de Remuneraciones del Sector Público, al subsidio por fallecimiento como el pago que se
otorga por el fallecimiento de la servidora o el servidor a los deudos del mismo, en el
siguiente orden excluyente: cónyuge, hijos, padres o hermanos o por fallecimiento de
familiar directo de la servidora o el servidor: cónyuge, hijos o padres”;
«SREGALADO»
«FSALAS»
Firmado digitalmente por SALAS
BERNUY Flor De Maria FAU
20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 30.01.2023 15:21:00 -05:00

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