Resolución Nº 000987-2021-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 30-12-2021

Fecha de publicación03 Febrero 2022
Fecha30 Diciembre 2021
Expediente J-2009-131

Lima, treinta de diciembre de dos mil veintiuno

VISTO: el Memorando N.° 633-2021-SC-DGRS/JNE, del 25 de noviembre de 2021, suscrito por el jefe de Servicios al Ciudadano, respecto a la propuesta de actualización de las disposiciones del Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, aprobado mediante la Resolución N.° 0874-2021-JNE.

CONSIDERANDOS

1.1. El artículo 178 de la Constitución Política del Perú, en su numeral 3, establece que es función del Jurado Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral; asimismo, a tenor del artículo 5, literal l, de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, corresponde a este organismo electoral dictar las resoluciones y reglamentación necesarias para su funcionamiento.

1.2. De otro lado, el artículo 31 de la Carta Constitucional señala que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, con derecho a elegir y ser elegidos; asimismo, dispone que los ciudadanos con goce de su capacidad civil tienen derecho al voto, el que es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años, y facultativo después de esa edad. Así, dado el carácter de obligatoriedad del voto para los ciudadanos peruanos, la omisión al sufragio es sancionada con multa electoral, conforme a los parámetros previstos en la Ley N.° 28859, norma que, asimismo, regula la multa por no asistir o negarse a integrar la mesa de sufragio y negarse al desempeño del cargo de miembro de mesa conforme a la selección que efectúa la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE).

1.3. Los artículos 241 y 253 de la LOE tratan, respectivamente, de la dispensa por omisión al sufragio, así como la justificación por la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio de los miembros de mesa, que se tramitan ante el Jurado Nacional de Elecciones después de la fecha de los comicios, cuando estos incumplimientos se encuentran debidamente justificados.

1.4. Mediante la Resolución N.° 0874-2021-JNE, del 22 de octubre de 2021, se aprobó el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, que regula las causas y procedimiento para el trámite de justificación a la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio y la dispensa por omisión al sufragio, documento normativo que fue elaborado en atención al estado de emergencia sanitaria decretado por el Gobierno Central, debido al brote del virus SARS-CoV-2 (COVID 19).

1.5. Posteriormente a la entrada en vigencia del referido reglamento, con fecha 31 de octubre del 2021, fue publicada en el diario oficial El Peruano la Ley N.° 31357, la cual en su artículo 1 establece, entre otras medidas, la incorporación de la Décimo Tercera Disposición Transitoria en la LOE, extendiendo el alcance de la Justificación y Dispensa Electoral.

1.6. En vista de ello, este órgano colegiado estima necesario actualizar las disposiciones para el otorgamiento de dispensa por omisión al sufragio y justificación por inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio, con la aprobación de un nuevo reglamento que regule de manera integral los supuestos y procedimientos, abarcando las medidas dictadas en virtud de la Ley N.° 31357.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

  1. APROBAR el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, que consta de veintisiete artículos, 3 Disposiciones Transitorias, 7 Disposiciones Finales y 4 anexos, cuyo texto es parte integrante de la presente resolución.

  1. DEJAR SIN EFECTO la Resolución N.° 0874-2021-JNE, del 22 de octubre de 2021.

  1. PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y del Ministerio de Relaciones Exteriores, para los fines que se estime pertinentes.

  1. DISPONER la publicación de la presente resolución, el reglamento que aprueba y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SALAS ARENAS

MAISCH MOLINA

SANJINEZ SALAZAR

SÁNCHEZ VILLANUEVA

Sánchez Corrales

Secretario General (e)

mar/fgh

REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN Y DISPENSA ELECTORAL

ÍNDICE

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

MARCO LEGAL

Artículo 1.- Objeto

Artículo 2.- Base Normativa

Artículo 3.- Alcance

Artículo 4.- Alusión a géneros en el reglamento

Artículo 5.- Responsabilidad

CAPÍTULO II

ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

Artículo 6.- Abreviaturas

Artículo 7.- Definiciones

CAPÍTULO III

CONSIDERACIONES GENERALES

Artículo 8.- Solicitud de justificación o dispensa

Artículo 9.- Oportunidad para presentar la solicitud de justificación o dispensa

Artículo 10.- Causas de justificación o dispensa

TÍTULO II

JUSTIFICACIÓN O DISPENSA

CAPÍTULO I

REQUISITOS PARA LA JUSTIFICACIÓN O DISPENSA

Artículo 11.- Presentación de la solicitud de justificación o dispensa

Artículo 12.- Requisitos

Artículo 13.- Justificación o dispensa para personas con discapacidad

CAPÍTULO II

JUSTIFICACIÓN O DISPENSA SOLICITADAS POR CIUDADANOS PERUANOS EN EL EXTRANJERO

Artículo 14.- Justificación o dispensa para ciudadanos peruanos en el extranjero

CAPÍTULO III

JUSTIFICACIÓN O DISPENSA SOLICITADAS POR ENTIDADES

Artículo 15.- Justificación o dispensa para miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y personal del INPE

Artículo 16.- Justificación o dispensa para el personal de los organismos del Sistema Electoral y las instituciones públicas involucradas con el desarrollo de la jornada electoral

Artículo 17.- Justificación o dispensa para los internos de establecimientos penitenciarios y ciudadanos que serán extraditados por la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones

Artículo 18.- Oportunidad y gratuidad del trámite

CAPÍTULO IV

PLAZOS PARA RESOLVER SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN O DISPENSA

Artículo 19.- Plazo para resolver

TÍTULO III

IMPROCEDENCIA, RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y EFECTOS

CAPÍTULO I

IMPROCEDENCIA DE OTORGAMIENTO DE JUSTIFICACIÓN O DISPENSA

Artículo 20.- Improcedencia

CAPITULO II RECURSOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 21.- Requisitos para la presentación del recurso administrativo

Artículo 22.- Recurso de reconsideración

Artículo 23.- Recurso de apelación

Artículo 24.- Desistimiento

CAPÍTULO III

EFECTOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DE JUSTIFICACIÓN O DISPENSA EXPEDIDOS POR EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Artículo 25.- Pronunciamiento definitivo

Artículo 26.- Consecuencia de la improcedencia

Artículo 27.- Actualización de registros

TITULO IV

CUSTODIA Y CONSERVACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN O DISPENSA

Artículo 28.- Custodia y conservación

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera

Segunda

Tercera

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Segunda

Tercera

Cuarta

Quinta

Sexta

Séptima

ANEXOS

Anexo 1.- FORMATO DE RELACIÓN DE PERSONAL CON OMISIÓN AL SUFRAGIO O INASISTENCIA A LA INSTALACIÓN DE LA MESA DE SUFRAGIO

Anexo 2.- FORMATO DE SOLICITUD DE JUSTIFICACIÓN O...

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