Resolución Nº 000539-2021-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 14-05-2021

Fecha de publicación17 Mayo 2021
Fecha14 Mayo 2021

Lima, catorce de mayo de dos mil veintiuno

VISTA: la Resolución N.° 050-2021-P/JNE, del 13 de mayo de 2021, con la que se concede licencia por enfermedad a doña Monika Melvin Ponce de León de la Cruz, tercer miembro del Jurado Electoral Especial de Cusco en el proceso de Elecciones Generales 2021.

CONSIDERANDOS

1.1. Para el proceso de Elecciones Generales 2021 convocado mediante el Decreto Supremo N.° 122-2020-PCM, el Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Resolución N.° 0305-2020-JNE, del 5 de setiembre de 2020, estableció 60 circunscripciones administrativas y de justicia electoral sobre las cuales se constituyen los Jurados Electorales Especiales (JEE) como órganos temporales de administración de justicia electoral de primera instancia.

1.2. Los JEE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE) están integrados por tres miembros, siendo el tercero de ellos designado mediante un procedimiento que se inicia con la selección aleatoria que realiza el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de 25 ciudadanos con domicilio en el distrito sede donde se instalará el Jurado Electoral Especial, cuyos nombres son publicados para dar inicio al periodo de tachas, luego de lo cual aquellos que no fueron tachados, ni excluidos por tener impedimento o por presentar una justificación, ingresan a un sorteo realizado por el Jurado Nacional de Elecciones en acto público, y de cuyo resultado dependerá la designación del tercer miembro titular y su respectivo suplente.

1.3. Así, el 9 de noviembre de 2020, se emitió la Resolución N.° 0440-2020-JNE, que declaró la conformación de los JEE, entre ellos el JEE de Cusco, cuya tercer miembro es doña Monika Melvin Ponce de León de la Cruz, quien se encuentra con licencia por enfermedad del 13 al 25 de mayo de 2021, otorgada mediante la Resolución N.° 050-2021-P/JNE, del 13 de mayo de 2021.

1.4. Por lo expuesto, es necesario disponer las medidas que garanticen al Jurado Electoral Especial de Cusco continuar con sus actividades, requiriendo el quorum para la emisión de...

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