Resolución Nº 000414-2021-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 26-03-2021

Fecha26 Marzo 2021
Fecha de publicación29 Marzo 2021

Lima, veintiséis de marzo de dos mil veintiuno

VISTA: la Resolución N.° 030-2021-P/JNE, del 25 de marzo de 2021, sobre licencia por enfermedad del magistrado Guillermo Enrique Castañeda Otsu, segundo miembro del Jurado Electoral Especial de Piura 1, en el proceso de Elecciones Generales 2021.

CONSIDERANDOS

1.1. Para el proceso de Elecciones Generales 2021, convocado mediante el Decreto Supremo N.° 122-2020-PCM, el Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Resolución N.° 0305-2020-JNE, del 5 de setiembre de 2020, estableció 60 circunscripciones administrativas y de justicia electoral, sobre las cuales se constituyen los Jurados Electorales Especiales (JEE) como órganos temporales de justicia electoral de primera instancia, conformados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33, de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), teniendo como segundo miembro a un fiscal superior elegido por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal correspondiente a su sede.

1.2. Así, el 9 de noviembre de 2020, se emitió la Resolución N.° 0440-2020-JNE, que declaró la conformación de los JEE, entre ellos el JEE de Piura 1, cuyo segundo miembro es el señor magistrado Guillermo Enrique Castañeda Otsu, quien se encuentra con licencia por enfermedad, del 19 de marzo al 1 de abril de 2021, otorgada mediante la Resolución N.° 030-2021-P/JNE, del 25 de marzo de 2021.

1.3. En ese sentido, es necesario adoptar las medidas inmediatas para dotar al JEE de Piura 1 del quorum necesario para la emisión de pronunciamientos tal como lo establece el numeral 8.7 del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Generales 2021 en el Contexto de la Emergencia Sanitaria, aprobado por Resolución N.° 0363-2020-JNE, del 16 de octubre de 2020; y, en consecuencia, conforme al artículo 34 de la LOJNE, convocar temporalmente al magistrado suplente elegido por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, en este caso, el fiscal superior José Luis Nizama Rugel.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus...

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