Resolucion N° 000272-2022/SUNAT. Conforman el Equipo Técnico de la Gestión del Riesgo de Desastres de la SUNAT

Fecha de publicación09 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 7 de diciembre de 2022

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, cuya finalidad es identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, efectuar la preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el literal d) del artículo 8 de la referida Ley dispone que el SINAGERD tiene como objetivo la prevención y reducción del riesgo, evitando gradualmente la generación de nuevos riesgos y limitando el impacto adverso de los peligros, a fin de contribuir al desarrollo sostenible del país;

Que, de acuerdo con el artículo 9 del citado dispositivo legal el SINAGERD está compuesto, entre otros, por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), el cual, de conformidad con el literal e) del artículo 12 de la Ley en mención, tiene entre sus funciones establecer los lineamientos para la elaboración de planes de prevención y reducción del riesgo, lo que implica adoptar acciones que se orienten a evitar la generación de nuevos riesgos en la sociedad y a reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestión del desarrollo sostenible;

Que, el numeral 13.2 del artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 29664, aprobado con el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, señala que las entidades públicas tienen la función de identificar y priorizar el riesgo de la infraestructura y los procesos económicos, sociales y ambientales, en su ámbito de atribuciones, y establecen un plan de gestión correctiva, considerando los lineamientos establecidos por el CENEPRED;

Que, el literal a) del numeral 39.1 del artículo 39 del citado Reglamento dispone que, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan, entre otros, los planes de prevención y reducción de riesgo de desastres;

Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nos 220 y 222-2013-PCM se aprobaron los Lineamientos Técnicos del Proceso de Reducción del Riesgo de Desastres y los Lineamientos Técnicos del Proceso de Prevención del Riesgo de Desastres, respectivamente, en cuyos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR