Resolucion N° 000114-2023-MIGRACIONES . Designan Ejecutora Coactiva de la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas de MIGRACIONES
Fecha de publicación | 19 Mayo 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Breña, 18 de mayo de 2023
VISTOS:
El Memorando N° 001632-2023-OAF-MIGRACIONES de la Oficina de Administración y Finanzas; el Informe N° 000460-2023-UCT-MIGRACIONES de la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas; los Memorandos N° 000724 y 000774-2023-ORH-MIGRACIONES de la Oficina de Recursos Humanos; los Informes N° 000210 y 000229-2023-UAP-MIGRACIONES de la Unidad de Administración de Personal de la Oficina de Recursos Humanos; el Proveído N° 003666-2023-GG-MIGRACIONES de la Gerencia General; el Informe N° 000304-2023-OAJ-MIGRACIONES de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2020-IN y Resolución de Superintendencia Nº 000148-2020-MIGRACIONES, se aprueba la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, respectivamente; y, con Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES, se dispone la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES – ROF de MIGRACIONES, en cuyo literal y) del artículo 4 se señala al ejercicio de la potestad de ejecución coactiva, como función general de la entidad;
Que, en esa línea, el literal j) del artículo 33 del ROF de MIGRACIONES dispone que, la Oficina de Administración y Finanzas tiene la función específica de dirigir y supervisar la ejecución de la cobranza coactiva. Asimismo, el literal o) del artículo 36 del referido ROF señala que, la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas tiene la función de ejercer las acciones de coerción previstas en el procedimiento de ejecución coactiva, de acuerdo a la normativa sobre la materia;
Que, de otro lado, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS - TUO de la Ley N° 26979, norma que establece el marco legal aplicable a los actos de ejecución coactiva, dispone en sus artículos 2 y 3 que el Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento de ejecución coactiva y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de...
VISTOS:
El Memorando N° 001632-2023-OAF-MIGRACIONES de la Oficina de Administración y Finanzas; el Informe N° 000460-2023-UCT-MIGRACIONES de la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas; los Memorandos N° 000724 y 000774-2023-ORH-MIGRACIONES de la Oficina de Recursos Humanos; los Informes N° 000210 y 000229-2023-UAP-MIGRACIONES de la Unidad de Administración de Personal de la Oficina de Recursos Humanos; el Proveído N° 003666-2023-GG-MIGRACIONES de la Gerencia General; el Informe N° 000304-2023-OAJ-MIGRACIONES de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2020-IN y Resolución de Superintendencia Nº 000148-2020-MIGRACIONES, se aprueba la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, respectivamente; y, con Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES, se dispone la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES – ROF de MIGRACIONES, en cuyo literal y) del artículo 4 se señala al ejercicio de la potestad de ejecución coactiva, como función general de la entidad;
Que, en esa línea, el literal j) del artículo 33 del ROF de MIGRACIONES dispone que, la Oficina de Administración y Finanzas tiene la función específica de dirigir y supervisar la ejecución de la cobranza coactiva. Asimismo, el literal o) del artículo 36 del referido ROF señala que, la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración y Finanzas tiene la función de ejercer las acciones de coerción previstas en el procedimiento de ejecución coactiva, de acuerdo a la normativa sobre la materia;
Que, de otro lado, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS - TUO de la Ley N° 26979, norma que establece el marco legal aplicable a los actos de ejecución coactiva, dispone en sus artículos 2 y 3 que el Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento de ejecución coactiva y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de...
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