Resolucion ministerial N° 539-2023-VIVIENDA. Aprueban sexagésima convocatoria del año 2023 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención al Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo N° 029-2023-PCM y al Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 043-2023-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo N° 065-2023-PCM

Fecha de publicación06 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la <a href="https://vlex.com.pe/vid/demarcacion-organizacion-territorial-31460471">Ley N° 27795</a>, Ley de Demarcación y Organización Territorial, aprobado por <a href="https://vlex.com.pe/vid/852780962">Decreto Supremo N° 191-2020-PCM</a>

Lima, 5 de diciembre de 2023


VISTOS:


El Informe N° 384-2023-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU), el Informe N° 1333-2023-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU, el Informe Técnico N° 010-2023-DGPPVU-DEPPVU-FJCHZ y el Informe Técnico Legal N° 013-2023-DGPPVU-DEPPVU-CITV-VISCH de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo y el Informe N° 1046-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ), y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante la Ley N° 31526 se crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (en adelante, BAE) como un mecanismo de atención temporal al damnificado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en Estado de Emergencia por decreto supremo; el BAE se otorga para el arrendamiento de una vivienda en el departamento en el que se encuentra la zona declarada en Estado de Emergencia;


Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA establece, entre otros, que el otorgamiento del BAE se realiza a través de una convocatoria aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;


Que, a través del Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, se declara el Estado de Emergencia en algunos distritos de la provincia de Huancabamba del departamento de Piura, entre otros, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta días calendario;


Que, por el Decreto Supremo N° 043-2023-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional, por desastre de gran magnitud, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales en el departamento de Piura, entre otros, por el plazo de sesenta días calendario, prorrogado por el Decreto Supremo N° 065-2023-PCM;


Que, con el Informe N° 384-2023-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU, el Informe N° 1333-2023-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU, el Informe Técnico N° 010-2023-DGPPVU-DEPPVU-FJCHZ y el Informe Técnico Legal N° 013-2023-DGPPVU-DEPPVU-CITV-VISCH, la DGPPVU sustenta la relación de quinientos noventa y ocho potenciales beneficiarios del BAE, al haber validado sus viviendas como colapsadas o inhabitables, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en algunos...

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