Resolucion Ministerial N° 338-2023-MINEDU. Modifican la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, mediante la cual se delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Año Fiscal 2023

Fecha de publicación06 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 5 de junio de 2023

VISTOS, el Expediente N° SG2022-INT-0299633, el Oficio N° 00701-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa; el Informe N° 00397-2022-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Planificación e Inversiones; el Informe Nº 00632-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el Ministerio de Educación es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal;

Que, conforme a lo establecido en el literal n) del artículo 10 de la Ley N° 31224, el(la) ministro(a) de Educación, con arreglo a la Constitución Política del Perú, es la más alta autoridad política del sector, quien ejerce las demás funciones que le asigna la Constitución Política del Perú; la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y la normativa vigente; pudiendo delegar, en funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, (en adelante, TUO de la LPAG), establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;

Que, el artículo 180 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE), es responsable de conducir y supervisar el proceso de identificación, priorización, promoción y desarrollo de la cartera de proyectos de Asociaciones Público Privadas, Obras por Impuestos y de otros mecanismos vinculados a la inversión público-privada”;

Que, el artículo 182 del referido Reglamento, establece que la Dirección de Planificación de Inversiones (DIPLAN) de la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE) es el órgano de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR