RESOLUCION MINISTERIAL N° 311-2015-MEM/DM - Declaran infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. - EGESUR contra la R.M. N° 168-2015-MEM/DM

Fecha de disposición27 Junio 2015
Fecha de publicación27 Junio 2015
El Peruano
Sábado 27 de junio de 2015
555996
establece como atribución del Ministerio de Educación,
entre otras, formular las normas de alcance nacional que
regulen las actividades de educación, cultura, deporte y
recreación;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General
de Educación, establece que el Ministerio de Educación
es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por f‌i nalidad
def‌i nir, dirigir, y articular la política de educación, cultura,
recreación y deporte, en concordancia con la política
general de Estado;
Que, el literal c) del artículo 6 de la Ley N° 29394, Ley
de Institutos y Escuelas de Educación Superior, señala
que es un objetivo de la educación que se imparte en los
Institutos y Escuelas, realizar actividades de extensión
educativa orientadas a vincular el trabajo académico con
las necesidades de los sectores económicos, sociales y
laborales que los requieran;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 29837, Ley que Crea
el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo,
modif‌i cado por la Ley N° 30281, señala que el referido
Programa será el encargado del diseño, planif‌i cación,
gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos
educativos para el f‌i nanciamiento de estudios de
educación técnica y superior, entre otros;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 305-2015-
MINEDU se establece que la Dirección General de
Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y
Artística, dependiente del Despacho Viceministerial de
Gestión Pedagógica, es la responsable de aprobar los
cursos de extensión en Institutos y Escuelas de Educación
Superior, en el marco del artículo 1 de la Ley N° 29837,
modif‌i cado por la Ley N° 30281;
Que, el numeral 5.3 de la Directiva N° 023-2013-
MINEDU/SG-OAJ, denominada “Elaboración, aprobación
y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos
Resolutivos en el Ministerio de Educación”, aprobada
mediante Resolución Ministerial N° 520-2013-ED,
establece que las normas técnicas describen de manera
detallada la ejecución de un proceso, actividad u otras
disposiciones de similar naturaleza, que permitan cumplir
un f‌i n específ‌i co, en el marco de los objetivos del Sector
Educación;
Que, mediante Informe N° 045-2015-MINEDU/VMGP-
DIGESUTPA, la Dirección General de Educación Técnico-
Productiva y Superior Tecnológica y Artística sustenta
la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada
“Orientaciones para la aprobación de los cursos de
extensión en Institutos y Escuelas de Educación Superior,
en el marco del artículo 1 de la Ley N° 29837, Ley que
Crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo,
modif‌i cado por la Ley N° 30281”, la misma que tiene por
f‌i nalidad normar aspectos técnicos y administrativos para
la aprobación de dichos cursos de extensión;
Que, el literal o) del artículo 9 del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
establece que es función del Despacho Viceministerial
de Gestión Pedagógica aprobar actos resolutivos y
documentos normativos en el ámbito de su competencia;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N°
25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modif‌i cado
por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por
Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución
Ministerial N° 520-2013-ED, que aprueba la Directiva N°
023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada “Elaboración,
aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos
Resolutivos en el Ministerio de Educación”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la Norma Técnica denominada
“Orientaciones para la aprobación de los cursos de
extensión en Institutos y Escuelas de Educación Superior,
en el marco del artículo 1 de la Ley N° 29837, Ley que
Crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo,
modif‌i cado por la Ley N° 30281”, la misma que como
Anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- DISPONER que la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica publique la presente Resolución y
su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de
Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del
Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo
día de la publicación de la presente Resolución en el
Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestión Pedagógica
1256531-1
ENERGIA Y MINAS
Oficializan el evento “3º Conferencia
Oil & Gas Perú 2015”, a realizarse en
la ciudad de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 310-2015-MEM/DM
Lima, 24 de junio 2015
VISTO: El expediente 2498292, presentado por el
señor José Eduardo Torres Lam, Director General de la
empresa DOBLE T COMUNICACIONES S.A.C., sobre
solicitud de of‌i cialización del evento denominado “3°
CONFERENCIA OIL & GAS PERÚ 2015”;
CONSIDERANDO:
Que, el Director General de la empresa DOBLE T
COMUNICACIONES S.A.C., a través del documento con
registro 2498292 de fecha 14 de mayo de 2015, solicitó
ante el Ministerio de Energía y Minas la of‌i cialización
del evento denominado “3° CONFERENCIA OIL & GAS
PERÚ 2015”, a realizarse el 16 de julio de 2015, en la
ciudad de Lima, República del Perú;
Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 005-2015-
MEM-DGH-DEEH-DNH, de fecha 10 de junio de 2015,
la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio
de Energía y Minas señaló que el evento tiene como
f‌i nalidad contribuir con la promoción y desarrollo de los
Hidrocarburos en el Perú, a través de plataformas de
opinión y diálogo entre autoridades y representantes del
sector privado respecto al actual escenario del sector, a
f‌i n de lograr la intensif‌i cación de la actividad extractiva,
productiva y comercial de la Industria del Oil & Gas,
resultando pertinente su of‌i cialización;
Que, la institución solicitante ha cumplido con los
requisitos señalados en la Resolución Ministerial Nº 050-
2001-EM/SG, que regula el procedimiento para of‌i cializar
eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y
Minas, a pedido de entidades públicas o privadas;
De conformidad con la Resolución Ministerial Nº
050-2001-EM/SG y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por
Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Of‌i cializar el evento denominado “3°
CONFERENCIA OIL & GAS PERÚ 2015”, a realizarse el 16
de julio de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1255691-1
Declaran infundado el recurso de
reconsideración interpuesto por
Empresa de Generación Eléctrica del
Sur S.A. - EGESUR contra la R.M.
Nº 168-2015-MEM/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 311-2015-MEM/DM
Lima, 24 de junio 2015

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