RESOLUCION MINISTERIAL Nº 265-2015-PRODUCE - Autorizan transferencia financiera de recursos del Ministerio provenientes de los Derechos de Pesca (2008-2015), a favor del SANIPES, para el financiamiento de actividad
Fecha de disposición | 11 Agosto 2015 |
Fecha de publicación | 11 Agosto 2015 |
Sección | Sección Única |
558974 NORMAS LEGALES Martes 11 de agosto de 2015 /
El Peruano
MYPE a la ciudad de Cebú, República de Filipinas, a fi n
de participar en la Tercera Reunión de Altos Funcionarios
(SOM 3), irrogará gasto al Estado peruano;
Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, establece los casos
excepcionales en que procede la autorización de viaje
al exterior de los funcionarios y servidores públicos con
cargo a recursos públicos, considerando, entre otros
supuestos, que cuando los viajes se efectúen en el marco
de la negociación de acuerdos comerciales o tratados
comerciales y ambientales, negociaciones económicas y
fi nancieras y las acciones de promoción de importancia
para el Perú, se autorizarán mediante resolución del titular
de la entidad;
Que, la fi nalidad del viaje se enmarca dentro del
supuesto de excepción citado en el considerando
precedente, el mismo que se encuentra establecido en
Nº 30281, conforme al análisis técnico efectuado en el
Informe Nº 23-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/MAP del
Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, toda vez
que el viaje propuesto se relaciona con las negociaciones
económicas y acciones de promoción de importancia para
el Perú;
Que, estando al itinerario remitido, corresponde
autorizar el viaje de la señora Lourdes Consuelo
Fernández Felipe - Morales, Asesora en temas de
Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de
MYPE e Industria, del 23 al 30 de agosto de 2015 a la
ciudad de Cebú, República de Filipinas;
Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE
e Industria y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y
Presupuesto, Administración, Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley
Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto
Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de la Producción; las Normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modifi catorias;
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción aprobado por Resolución Ministerial
Nº 343-2012-PRODUCE; y, la Directiva General Nº
007-2009-PRODUCE, Directiva de Procedimientos para
las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio
de la Producción, aprobada por Resolución Ministerial Nº
296-2009-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en
comisión de servicios de la señora LOURDES CONSUELO
FERNÁNDEZ FELIPE - MORALES, Asesora en temas
de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial
de MYPE e Industria, a la ciudad de Cebú, República
de Filipinas, del 23 al 30 de agosto de 2015, para los
fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos
con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de
la Producción, debiendo presentar la funcionaria
comisionada la rendición de cuentas en un plazo no
mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de
acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos (FEE) : $ 5,853.26
- Viáticos US $ 500.00 x 3 días : $ 1,500.00
- Un día de Instalación : $ 500.00
-------------
$ 7,853.26
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria
comisionada deberá presentar al Titular del Sector un
informe detallado, describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos, con copia a las Ofi cinas
Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Recursos
Humanos.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y
derechos de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
1272273-1
Autorizan transferencia inanciera de
recursos del Ministerio provenientes de
los Derechos de Pesca (20082015), a favor
del SANIPES, para el inanciamiento de
actividad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 265-2015-PRODUCE
Lima, 7 de agosto de 2015
VISTOS: El Informe Nº 111-2015-PRODUCE-
OGPP-Opra elaborado por la Ofi cina de Planeamiento y
Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y
Presupuesto, el Memorando Nº 1141-2015-PRODUCE/
DGP de la Dirección General de Políticas y Desarrollo
Pesquero, el Acta de Sesión de fecha 15 de junio de
2015 de la Comisión Especial constituida por Resolución
Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE, modifi cada por
Resolución Ministerial Nº 076-2013-PRODUCE, el
Memorando Nº 1186-2015-PRODUCE/OGA y el
Memorando Nº 1431-2015-PRODUCE/OGA de la
Ofi cina General de Administración; y, el Informe Legal Nº
78-2015-PRODUCE/OGAJ-uzarate, de la Ofi cina General
de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 del
Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Ministerio
de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción),
destinará de sus recursos propios y para fi nes de
investigación científi ca y tecnológica y capacitación, un
porcentaje de los derechos que graven el otorgamiento
de las concesiones, autorizaciones, permisos de pesca y
licencias;
Que, el numeral 27.1 del artículo 27 del Reglamento
de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto
Supremo Nº 012-2001-PE, modifi cado por Decreto
Supremo Nº 002-2008-PRODUCE, en concordancia
con lo establecido por el artículo 17 del Decreto Ley
Nº 25977, señala que el Ministerio de la Producción
destinará a la ejecución de actividades y/o proyectos
con fi nes de investigación científi ca, tecnológica,
capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero
y/o acuícola, un porcentaje del total de los derechos
que recaude por concepto de concesiones y permisos
de pesca; el mismo que incluye hasta un 25% del
total de los recursos que se recauden por concepto
de derechos de permisos de pesca para el consumo
humano indirecto;
Que, según el numeral 27.2 del artículo 27 antes
citado, las actividades y/o proyectos que se financien
con dichos recursos serán previamente analizados y
evaluados por una Comisión Especial que contará con
la participación del sector pesquero privado;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 386-
2008-PRODUCE modificada por Resolución Ministerial
Nº 448-2008-PRODUCE y por Resolución Ministerial
Nº 076-2013-PRODUCE, se conforma la Comisión
Especial encargada de analizar, evaluar, aprobar y
priorizar las actividades y/o proyectos de investigación
científi ca, tecnológica, capacitación y otros vinculados
al desarrollo pesquero y acuícola, presentados por los
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