RESOLUCION MINISTERIAL N° 264-2015-MEM/DM - Modifican el Numeral 9.1 del Plan de Acceso Universal a la Energía 2013 - 2022, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 203-2013-MEM/DM

Fecha de disposición28 Mayo 2015
Fecha de publicación28 Mayo 2015
El Peruano
Jueves 28 de mayo de 2015
553418
persona jurídica inscrita en la Partida N° 13264536 del
Registro de Personas Jurídicas de la Of‌i cina Registral de
Lima;
CONSIDERANDO:
Que, GENERACIÓN SOLAR PERÚ S.A.C., mediante
documento con registro de ingreso Nº 2452270 de
fecha 27 de noviembre de 2014, ha presentado solicitud
sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar
estudios relacionados con la actividad de generación
de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque
Fotovoltaico Taqana, al amparo de lo dispuesto por el
artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones
EM;
Que, los estudios mencionados en el considerando
que antecede se desarrollarán en el distrito, provincia y
departamento de Tacna, en la zona comprendida dentro
las coordenadas UTM (PSAD 56) que f‌i guran en el
Expediente;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado y evaluado que la empresa solicitante ha
cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe
N° 150-2015-DGE-DCE, recomendando que se otorgue la
concesión temporal;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del
el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto
Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio
de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N°
038-2014-EM;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de la
empresa GENERACIÓN SOLAR PERÚ S.A.C., que se
identif‌i cará con el código N° 26358714, para desarrollar
estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad
de generación de energía eléctrica de la futura Central
Solar Parque Fotovoltaico Taqana, para una capacidad
instalada estimada de 50 MW, los cuales se realizarán
en el distrito, provincia y departamento de Tacna, por un
plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la
vigencia de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de
la presente concesión temporal, y comprenderán la zona
delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD
56):
VÉRTICE ESTE NORTE
1 359 570,0109 8 009 308,5758
2 360 375,6853 8 008 703,1396
3 359 307,9205 8 007 073,2551
4 358 525,6980 8 007 623,6840
Artículo 3.- El concesionario está obligado a
realizar los estudios respetando las normas técnicas
y de seguridad, preservando el medio ambiente y
salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así
como el cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y
demás normas legales pertinentes.
De conformidad con el artículo 36 del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo
mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución,
el concesionario no cumpliera con las obligaciones
contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los
estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de
Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la
garantía otorgada.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano por una sola vez
y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1240468-3
Modifican el Numeral 9.1 del Plan de
Acceso Universal a la Energía 2013 –
2022, aprobado mediante la Resolución
Ministerial N° 203-2013-MEM/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 264-2015-MEM/DM
Lima, 27 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 3 de la Ley Nº 29852, se creó
el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y
el Fondo de Inclusión Social Energético – FISE, el cual
conforme a lo establecido en el numeral 5.1 del artículo 5
de la mencionada Ley destinará sus recursos, entre otros,
para los f‌i nes de Masif‌i cación del Uso del Gas Natural
(residencial y vehicular) de acuerdo con el Plan de Acceso
Universal a la Energía, aprobado por el Ministerio de
Energía y Minas;
Que, en el marco de las disposiciones establecidas
en las Leyes Nros 29852 y 29969 y sus respectivos
reglamentos, en concordancia con la Política Energética
Nacional del Perú 2010-2040, aprobada mediante el
Decreto Supremo N° 064-2010-EM, mediante Resolución
Ministerial Nº 203-2013-MEM/DM, publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano el 28 de mayo de 2013, se aprobó el
Plan de Acceso Universal a la Energía 2013 - 2022;
Que, el Plan de Acceso Universal a la Energía 2013
- 2022, tiene como Objetivo General, promover desde
el ámbito energético, el desarrollo económico ef‌i ciente,
sustentable con el medio ambiente y con equidad,
implementando proyectos que permitan ampliar el acceso
universal al suministro energético, priorizando el uso de
fuentes energéticas disponibles, debiendo establecer la
viabilidad técnica, social y geográf‌i ca de los proyectos
mencionados, con el objeto de generar una mayor y mejor
calidad de vida de las poblaciones de menores recursos
en el país, en el periodo 2013-2022;
Que, el numeral 9.1 del Plan antes mencionado
contiene los Proyectos para la Masif‌i cación del Uso del
Gas Natural (Residencial y GNV) considerados para el
período 2013 – 2022;
Que, con posterioridad a la aprobación del mencionado
Plan, en el marco de la Política Pública de Masif‌i cación
del Uso del Gas Natural a Nivel Nacional implementada
por el Estado Peruano, el Ministerio de Energía y Minas
ha suscrito diversos contratos, tales como: i) el Contrato
de Asociación Público Privada para la Masif‌i cación del
Uso de Gas Natural, utilizando Gas Natural Comprimido
(GNC), a las ciudades de Abancay, Andahuaylas,
Huamanga, Huanta, Huancavelica, Huancayo, Jauja,
Cusco, Juliaca y Puno, suscrito con la empresa
TRANSPORTADORA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO
ANDINO S.A.C. – TGNCA S.A.C., autorizado mediante
Resolución Ministerial Nº 065-2013-EM, ii) el Contrato de
Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por
Red de Ductos de la Concesión Norte, que se encuentra
constituida por toda la extensión comprendida dentro de
la delimitación política de las regiones: Lambayeque, La
Libertad, Ancash y Cajamarca, suscrito con la Sociedad
Concesionaria Gases del Pacíf‌i co S.A.C., autorizado
mediante la Resolución Ministerial Nº 067-2013-EM,
el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución
de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión
Sur Oeste, que se encuentra constituida por toda la
extensión comprendida dentro de la delimitación política
de las regiones: Arequipa, Moquegua y Tacna, suscrito
con la Sociedad Concesionaria Gas Natural Fenosa

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