Resolucion Ministerial N° 257-2023-MINAM. Crean el “Grupo de Trabajo Multisectorial para formular propuestas relacionadas a la mejora de la calidad ambiental del aire mediante la implementación del transporte sostenible”

Fecha de publicación08 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 4 de agosto de 2023

VISTOS; el Informe N° 00012-2023-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 01105-2023-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando N° 01059-2023-MINAM/VMGA/DGCA y el Informe N° 00109-2023-MINAM/VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Informe N° 00499-2023-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente (MINAM), que de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 del artículo 4 del citado Decreto, es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente; y cumple la función de promover la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas;

Que, el artículo 118 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que las autoridades públicas, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, adoptan medidas para la prevención, vigilancia y control ambiental y epidemiológico, a fin de asegurar la conservación, mejoramiento y recuperación de la calidad del aire, según sea el caso, actuando prioritariamente en las zonas en las que se superen los niveles de alerta por la presencia de elementos contaminantes, debiendo aplicarse planes de contingencia para la prevención o mitigación de riesgos y daños sobre la salud y el ambiente;

Que, mediante la Ley Nº 28694, Ley que regula el contenido de azufre en el combustible diésel, se declara de necesidad pública y de preferente interés nacional la regulación de los niveles de azufre contenidos en el combustible diésel, con la finalidad de salvaguardar la calidad del aire y la salud pública;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 010-2017-MINAM, y sus modificatorias, se establecen los Límites Máximos Permisibles (LMP) de emisiones atmosféricas para vehículos automotores nuevos, en circulación y usados que se incorporen al parque automotor;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 005-2020-MTC, se modifican los requisitos mínimos de calidad para la importación de vehículos automotores usados, estableciendo como uno de ellos, el cumplimiento de los LMP de emisiones atmosféricas exigibles para vehículos automotores nuevos, de acuerdo a la normativa vigente de emisiones atmosféricas;

Que, por otro lado, a través del Decreto Supremo Nº 064-2010-EM, se aprueba la Política Energética Nacional del Perú 2010-2040, la cual establece nueve (09) objetivos: 1. Contar con una matriz energética diversificada, con énfasis en las fuentes renovables y la eficiencia energética; 2. Contar con un abastecimiento energético competitivo; 3. Acceso universal al suministro energético; 4. Contar con la mayor eficiencia en la cadena productiva y de uso de la energía; 5. Lograr la autosuficiencia en la producción de energéticos; 6. Desarrollar un sector energético con mínimo impacto ambiental y bajas emisiones de carbono en un marco de Desarrollo Sostenible; 7. Desarrollar la industria del gas natural, y su uso en actividades domiciliarias, transporte, comercio e industria, así como la generación eléctrica eficiente; 8. Fortalecer la institucionalidad del sector energético; y, 9...

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