RESOLUCION MINISTERIAL N° 234-2014-TR - Modifican el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil 'Jóvenes a la Obra' y el Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo 'Trabaja Perú'

Fecha de publicación03 Noviembre 2014
Fecha de disposición03 Noviembre 2014
El Peruano
Lunes 3 de noviembre de 2014
536662
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donación
y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos regula
las actividades y procedimientos relacionados con la
obtención y utilización de órganos y/o tejidos humanos,
para f‌i nes de donación y trasplante, y su seguimiento;
Que, el artículo 40º del Reglamento de la Ley Nº 28189,
aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2005-SA, establece
que la extracción y/o trasplante de órganos o tejidos de donantes
vivos o cadavéricos, sólo se realizarán en establecimientos
de salud que dispongan de una organización y régimen de
funcionamiento interior que permita asegurar la ejecución de
tales operaciones en forma ef‌i ciente y satisfactoria;
Que, la Segunda Disposición Complementaria
Modif‌i catoria del Decreto Legislativo Nº 1158, que
dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio
de denominación de la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, modif‌i ca los artículos 54º y
57º del Reglamento de la Ley 28189, Ley General de
Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos,
citado precedentemente en la que se precisa que la
Organización Nacional de Donación y Trasplantes –ONDT,
es la responsable de las acciones de rectoría, promoción
y coordinación de los aspectos relacionados a la donación
y trasplante de órganos y tejidos en el territorio nacional.
Asimismo, señala como uno de los objetivos de la ONDT, el
estandarizar el proceso de donación y trasplante mediante
la acreditación de establecimientos de salud públicos y
privados, dedicados a la actividad de donación y trasplante;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 999-2007/
MINSA, de fecha 29 de noviembre de 2007, se aprobó
la NTS Nº 061-MINSA/DGSP.V.01 “Norma Técnica
de Salud para la Acreditación de Establecimientos de
Salud Donadores – Trasplantadores”, modif‌i cada por
Resolución Ministerial Nº 289-2012/MINSA, de fecha 11
de abril de 2012, que tiene como objetivo establecer las
normas para la acreditación de los Establecimientos de
Salud Donadores – Trasplantadores;
Que, el primer párrafo del numeral 6.5 de la mencionada
Norma Técnica de Salud señala que las solicitudes de
acreditación de los establecimientos de salud y de los
laboratorios de histocompatibilidad se formularán ante la
ONDT;
Que, asimismo, el sétimo párrafo del precitado
numeral contempla que las acreditaciones se concederán
por un período de tres años, renovables por períodos de
igual duración, previa solicitud del centro, y caducarán,
sin necesidad de previa declaración al efecto, transcurrido
dicho período de tres años desde la fecha de su concesión,
en ausencia de solicitud de renovación;
Que, mediante documento s/n de fecha 24 de abril de
2013, el Gerente General de la Clínica La Luz S.A.C, solicitó
a la Organización Nacional de Donación y Trasplante –
ONDT, acredite a su institución como Establecimiento de
Salud Donador Trasplantador de Córneas;
Que, a través del Informe de visto, el Director Ejecutivo
de la ONDT precisa que la referida solicitud ha sido
aprobada por su Consejo Directivo mediante Acta de fecha
21 de agosto de 2014, y en cumplimiento a lo dispuesto
por la Resolución Ministerial Nº 999-2007/MINSA y su
modif‌i catoria, corresponde acreditar a la referida institución
como Establecimiento de Salud Donador – Trasplantador
de Córneas;
Estando a lo informado por la Organización Nacional
de Donación y Trasplantes;
Con las visaciones del Director Ejecutivo de la
Organización Nacional de Donación y Trasplantes,
de la Directora General de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Prestaciones y
Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acreditar a la Clínica La Luz S.A.C como
Establecimiento de Salud Donador -Trasplantador de
Córneas, por un período de tres (3) años.
Artículo 2º.- Encargar a la Of‌i cina General de
Comunicaciones la publicación de la presente Resolución
Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud
en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/
portal/transparencia/normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
1158409-2
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Modifican el Manual de Operaciones
del Programa Nacional de Empleo
Juvenil “Jóvenes a la Obra” y el Manual
de Operaciones del Programa para la
Generación de Empleo Social Inclusivo
“Trabaja Perú”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 234-2014-TR
Lima, 30 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 23 de la Constitución Política del Perú
establece que el Estado promueve condiciones para
el progreso social y económico, en especial mediante
políticas de fomento del empleo productivo y de educación
para el trabajo;
Que, el artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, establece que los programas son
estructuras funcionales creadas para atender un problema
o situación crítica, o implementar una política pública
específ‌i ca, en el ámbito de competencia de la entidad a
que pertenecen;
Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
aprobó mediante Resolución Ministerial Nº 179-2012-
TR el Manual de Operaciones del Programa Nacional
de Empleo Juvenil “Jóvenes a la Obra”; y, mediante
Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR el Manual de
Operaciones del Programa para la Generación de Empleo
Social Inclusivo “Trabaja Perú”;
Que, a efectos de mejorar la ef‌i ciencia de los
referidos programas, resulta necesario disponer medidas
organizacionales que permitan establecer coordinaciones
funcionales, a nivel interno de sus unidades gerenciales,
para la obtención de una adecuada organización;
Que, para estos efectos resulta necesario emitir el acto
de administración interna que modif‌i que los manuales
operativos aprobados mediante las resoluciones citadas
en el tercer considerando;
Con las visaciones del Viceministro de Promoción del
Empleo y Capacitación Laboral; del Director Ejecutivo
del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes
a la Obra”; del Director Ejecutivo del Programa Para la
Generación de Empleo Social Inclusivo “TRABAJA PERU”;
de los Jefes de las Of‌i cinas Generales de Planeamiento y
Presupuesto, Recursos Humanos y Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8)
del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo y su Reglamento de Organización y Funciones,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modif‌i car el artículo 11 del Manual
de Operaciones del Programa Nacional de Empleo

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