RESOLUCION MINISTERIAL Nº 223-2015-MIMP - Aprueban transferencia financiera a favor de Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio, la cual será destinada al pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de octubre de 2015
Emisor | MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES |
Fecha de la disposición | 8 de Octubre de 2015 |
563557
NORMAS LEGALES
Jueves 8 de octubre de 2015
El Peruano
/
y designación de funcionarios públicos; el Decreto
Legislativo № 1098 – Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo № 003-2012-MIMP y modifi catorias; y el Decreto
Supremo № 004-2010-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor
JULIO FERNANDINO APAZA SUYO como Presidente del
Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Ilo.
Artículo 2.- Encargar a la señora LUZ MARINA
RONDÓN BARAYBAR, miembro del Directorio de la
Sociedad de Benefi cencia Pública de Ilo, la Presidencia
del Directorio de la referida entidad benéfi ca, en tanto se
designe a su titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCELA HUAITA ALEGRE
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
MIMP
1296994-1
Aprueban transferencia inanciera a favor
de Sociedades de Beneicencia Pública que
se encuentran en el ámbito de competencia
del Ministerio, la cual será destinada al
pago de remuneraciones y pensiones,
correspondiente al mes de octubre de 2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 223-2015-MIMP
Lima, 7 de octubre de 2015
Vistos, el Memorando Nº 426-2015-MIMP/DGFC de la
Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Informe
Nº 141-2015-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección
de Benefi cencias Públicas, el Memorando Nº 710-2015-
MIMP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y
Presupuesto, el Informe Nº 122-2015-MIMP/OGPP-OPR
de la Ofi cina de Presupuesto y el Memorando Nº 1687-
2015-MIMP/OGA de la Ofi cina General de Administración
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26918 se crea el Sistema
Nacional para la Población en Riesgo -SPR- con la
fi nalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la
comunidad en general para la promoción, atención y apoyo
a niños, adolescentes, mujeres, jóvenes y ancianos, y en
general toda persona en situación de riesgo y abandono
o con problemas síquicos, sociales o corporales que
menoscaben su desarrollo humano; norma que a través
de su Segunda Disposición Transitoria y Complementaria
señala que el Órgano Rector del Sistema aprobará la
forma y plazo en el que las Sociedades de Benefi cencia
Pública o Juntas de Participación Social, transformadas o
no en fundaciones, irán asumiendo los costos que irrogan
las remuneraciones de sus trabajadores; siendo que en
tanto no se concluya con dicho proceso, el Ministerio
de Economía y Finanzas continuará transfi riendo los
recursos aprobados en la Ley de Presupuesto Público;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobó
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, la cual establece
en su artículo 5 literal m) que el Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables tiene dentro de su ámbito de
competencia el ejercicio de la rectoría sobre el Sistema
Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atención
Integral del Niño, Niña y Adolescente y el Sistema Nacional
para la Población en Riesgo, entre otros;
Que, a través del artículo 12 de la Ley Nº 30281 –
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables – MIMP a efectuar, mediante resolución del
Titular del Pliego, transferencias fi nancieras a favor de las
Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran
bajo el ámbito de su competencia, para el pago de
remuneraciones y pensiones;
Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-
2012-MIMP, señala que la Dirección General de la
Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado
de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar
las políticas, planes, programas y proyectos para la
promoción y fortalecimiento de las familias; así como para
la adecuada atención de la población por las Sociedades
de Benefi cencia Pública y los referidos a personas adultas
mayores y sus derechos;
Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorando
Nº 426-2015-MIMP/DGFC del 2 de octubre de 2015,
la Dirección General de la Familia y la Comunidad hace
suyo el Informe Nº 141-2015-MIMP-DGFC-DIBP-AACG,
el cual solicita la transferencia de recursos fi nancieros
a favor de treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia
Pública que se encuentran en el ámbito de competencia
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta
por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 25/100 NUEVOS
SOLES (S/. 466 847,25), para el pago de remuneraciones
y pensiones, correspondiente al mes de octubre de 2015;
Que, con Memorando Nº 710-2015-MIMP/OGPP del 5
de octubre de 2015, la Ofi cina General de Planeamiento
y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 122-2015-MIMP/
OGPP-OPR de la Ofi cina de Presupuesto, a través
del cual emite opinión favorable para la transferencia
fi nanciera a favor de treinta y un (31) Sociedades de
Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito
de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, para el pago de remuneraciones y pensiones,
correspondiente al mes de octubre de 2015, por lo que
otorga la disponibilidad presupuestaria por el monto
de hasta CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 25/100 NUEVOS
SOLES (S/. 466 847,25) en la Fuente de Financiamiento
1: Recursos Ordinarios, especifi ca de gastos “2.4.1.3.1.4
a Otras Entidades Públicas” y metas presupuestarias
señaladas en el Cuadro Nº 1 adjunto al citado Informe;
Que, mediante Memorando Nº 1687-2015-MIMP/
OGA del 6 de octubre de 2015, la Ofi cina General de
Administración ha señalado que no encuentra objeción
para la transferencia fi nanciera propuesta por la Dirección
General de la Familia y la Comunidad, mediante
Memorando Nº 426-2015-MIMP/DGFC, la cual deberá
ser formalizada con resolución ministerial, en virtud de lo
establecido en el literal c) del numeral 12.1 del artículo
12 de la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015;
Que, en tal sentido, a fi n de efectivizar el pago de
remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de
octubre de 2015, de los trabajadores y pensionistas de las
treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que
se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio
de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, resulta pertinente
emitir el acto por el que se apruebe la transferencia
fi nanciera hasta por la suma de CUATROCIENTOS
SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA
Y SIETE Y 25/100 NUEVOS SOLES (S/. 466 847,25) a
favor de las citadas Sociedades de Benefi cencia Pública;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de
Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la
Familia y la Comunidad, de la Secretaría General, de la
Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la
Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General
de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30281 – Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la
Ley Nº 26918 – Ley de creación del Sistema Nacional para la
Población en Riesgo – SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098
– Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, modifi cado
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera
del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones
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