RESOLUCION MINISTERIAL N° 140-2015-PRODUCE - Autorizan viaje de funcionario a EE.UU, en comisión de servicios

Fecha de disposición09 Mayo 2015
Fecha de publicación09 Mayo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Sábado 9 de mayo de 2015 552291
Que, el literal a) del artículo 25° del Decreto Legislativo
antes acotado, estipula que la designación de los
Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por
la renuncia;
Que, mediante Resolución Suprema N° 190-2011-
JUS, de fecha 11 de octubre de 2011, se designó a
la señora abogada Katty Mariela Aquize Cáceres,
como Procuradora Pública del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento;
Que, mediante Of‌i cio N° 1181-2014/VIVIENDA-DM,
de fecha 25 de noviembre de 2014, el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, comunicó que la
señora abogada Katty Mariela Aquize Cáceres, presentó
la renuncia a su designación como Procuradora Pública
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, conforme al Of‌i cio de visto, el Secretario Técnico
del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que
el citado Consejo ha propuesto aceptar la renuncia de
la señora abogada Katty Mariela Aquize Cáceres, a su
designación como Procuradora Pública del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, resultando
pertinente emitir el acto correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47° de
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N° 1068 por el
cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y,
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 017-
2008-JUS;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar la renuncia de la señora abogada
Katty Mariela Aquize Cáceres, como Procuradora Pública
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de
Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Registrese, comuniquese y publiquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1235239-5
PRODUCE
Autorizan viaje de funcionario a EE.UU.,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N°140-2015-PRODUCE
Lima, 8 de mayo de 2015
VISTOS: El Memorando N° 02337-2015-PRODUCE/
DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería, el
Memorando N° 2253-2015-PRODUCE/OGPP-Op de
la Of‌i cina de Presupuesto de la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto, el Memorandos N° 906-2015-
PRODUCE/OGA de la Of‌i cina General de Administración y
el Informe N° 457-2015-PRODUCE/OGA-OL de la Of‌i cina
de Logística de la Of‌i cina General de Administración, el
Informe N° 090-2015-PRODUCE/OGAJ-jmantilla de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento de fecha 09 de febrero de
2015 la Dirección de la Comisión Interamericana del Atún
Tropical - CIAT comunicó a los Comisionados que la “6ta
Reunión del Comité Científ‌i co Asesor” está programada
para llevarse a cabo del 11 al 15 de mayo de 2015, en La
Jolla, ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de
América;
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 del Reglamento de
Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto
Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, establece que el Perú
es miembro de la Comisión Interamericana del Atún Tropical
- CIAT y del Acuerdo del Programa Internacional para la
Conservación de los Delf‌i nes - APICD; y como Estado
ribereño af‌i rma su derecho e interés en las pesquerías
de los atunes en el Océano Pacif‌i co Oriental - OPO para
el desarrollo de una industria atunera importante de la
región, así como para continuar la pesquería de atunes
en aguas jurisdiccionales peruanas y aguas adyacentes
a las 200 millas;
Que, la Comisión Interamericana del Atún Tropical
– CIAT es una organización internacional de la región del
Pacíf‌i co Oriental de la cual el Perú es miembro pleno; la
mencionada Comisión está encargada de la conservación
del atún y especies af‌i nes, para lo cual sus integrantes
(Partes Cooperantes) acuerdan anualmente establecer
medidas de regulación de las actividades pesqueras
extractivas en el ámbito del Océano Pacíf‌i co Oriental
(OPO), de acuerdo a la información científ‌i ca sobre atunes
que evalúa el grupo científ‌i co especializado de la CIAT;
Que, mediante el Informe N° 039-2015-PRODUCE/
DGP, la Dirección General de Políticas y Desarrollo
Pesquero del Despacho Viceministerial de Pesquería
señala que resulta relevante la participación de la Dirección
de Ordenamiento Pesquero y Acuícola en la “6ta Reunión
del Comité Científ‌i co Asesor”, porque la citada reunión
científ‌i ca tiene como agenda la evaluación de la pesquería
del atún en el OPO durante el año 2014, la evaluación de
las poblaciones de atunes y sus indicadores de condición;
así como las recomendaciones de posibles medidas de
ordenamiento que serán puestas a consideración de
los comisionados CIAT ante la 89ª Reunión CIAT y 31ª
Reunión de las Partes del APICD, entre otras medidas;
Que, el Informe citado en el considerado precedente
indica que la Comisión Interamericana del Atún Tropical
– CIAT dicta medidas de regulación orientadas a las
actividades pesqueras extractivas del recurso atún en el
ámbito del Océano Pacíf‌i co Oriental (OPO), incluyendo
el mar peruano, las que son de cumplimiento obligatorio
para nuestro país; por lo que, el desarrollo de la pesquería
nacional del atún, así como el marco regulatorio que
promueva ésta, se encuentra sujeta a los acuerdos CIAT;
Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, establece los casos
excepcionales en que procede la autorización de viaje al
extranjero de los funcionarios y servidores públicos, entre
otros supuestos, cuando los viajes se efectúen en el marco
de la negociación de acuerdos comerciales o tratados
comerciales y ambientales, negociaciones económicas y
f‌i nancieras y las acciones de promoción de importancia
para el Perú;
Que, la f‌i nalidad del viaje se enmarca dentro
del supuesto de excepción citado en el considerado
precedente, literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la
Ley N° 30281, conforme al análisis técnico efectuado en
el Informe N° 039-2015-PRODUCE/DGP de la Dirección
General de Políticas y Desarrollo Pesquero del Despacho
Viceministerial de Pesquería, toda vez que el viaje
propuesto se relaciona con negociaciones económicas y
acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que, estando al itinerario remitido corresponde
autorizar el viaje del señor Omar Ricardo Ríos Bravo
de Rueda, Director de la Dirección de Ordenamiento
Pesquero y Acuícola de la Dirección General de Políticas
y Desarrollo Pesquero del Despacho Viceministerial de
Pesquería, del 10 al 16 de mayo de 2015;
Con el visado del Despacho Viceministerial de
Pesquería, de las Of‌i cinas Generales de Planeamiento y
Presupuesto, Administración y Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley
N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto
Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de la Producción; las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por

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