Resolucion Ministerial N° 1055-2022-DE. Declaran las vacantes para el ascenso del Personal Superior de la Fuerza Aérea del Perú, Promoción 2023

Fecha de publicación07 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 6 de octubre de 2022

VISTO:

El Oficio C-35-COFA-DGPE-N° 0130 del Comandante General de la Fuerza Aérea, de fecha 28 de setiembre de 2022.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece que los procesos de ascensos tienen por finalidad garantizar una línea de carrera profesional, sustentada en un sistema de evaluación, selección y promoción de los Oficiales al grado militar inmediato superior; desarrollado en estricta observancia del ordenamiento constitucional y legal vigente;

Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que las vacantes son las plazas disponibles para el Ascenso en cada grado militar, las cuales son expedidas anualmente mediante Resolución Ministerial, a propuesta del Comandante General respectivo permaneciendo inalterables a lo largo del proceso;

Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008- DE, y sus modificatorias, señala que la determinación de vacantes en cada grado es efectuada observando los criterios siguientes; a) Cuadro Orgánico de Oficiales aprobado para el año siguiente al Proceso de Ascenso; b) Efectivo de Oficiales al mes de julio del año del Proceso de Ascenso; c) Plazas producidas por cambios de situación militar, posteriores al mes de julio del año del Proceso de Ascenso; d) Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior; las vacantes se determinan por promociones de egreso para los Oficiales procedentes de las Escuelas de Formación, promociones de ingreso para los Oficiales de procedencia Universitaria; y clasificaciones y especialidades;

Que, el artículo 26 del referido Reglamento establece que la propuesta para la declaratoria de vacantes deberá ser presentada por el Comandante General de cada Institución Armada al Ministro de Defensa, en la segunda quincena del mes de setiembre del año del proceso de Ascenso, para su aprobación y publicación a través de la Resolución Ministerial correspondiente, emitida durante la primera semana de octubre;

Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30701 establece un periodo de transitoriedad para la aplicación del artículo 7 de la Ley N° 29108, que será hasta el Proceso de Ascenso 2024, Promoción 2025; que, el Decreto Supremo N° 002-2018-DE contempla la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley N° 29108 a partir del Proceso de Ascenso 2018, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 7 del referido Decreto Supremo;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 207-2021 DE/SG y su modificatoria Resolución Ministerial N° 405-2022-DE, se aprobaron los Planes Estratégicos de Mediano Plazo para la Administración de Personal de las Instituciones Armadas para el periodo 2022-2026, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea;

Que, con Resolución Ministerial Nº 0762 -2022 DE de fecha 15 de agosto de 2022, se aprobó la Directiva General N° 008-2022-MINDEF/VRD/DGRRHH/DIPEM, “Normas para el desarrollo de los Procesos de Ascensos para el año 2022 (Promoción 2023) y de pase a la Situación Militar de Retiro por la Causal de Renovación (Año 2022) del Personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas”.

Que, con Decreto Supremo N°007-2022-DE del 14 de agosto de 2022, se aprobaron los cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2023;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; y

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas; el Reglamento de la Ley N° 29108, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar las Vacantes para el ascenso del Personal Superior de la Fuerza Aérea del Perú, Promoción 2023, de acuerdo...

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