Resolucion ministerial N° 071-2024-VIVIENDA. Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio

Fecha de publicación08 Marzo 2024
SecciónSección Única
SEPARATA ESPECIAL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 071-2024-VIVIENDA
Reglamento Operativo
para Acceder al Bono Familiar
Habitacional en la modalidad
de Construcción de Viviendas
en Sitio Propio
VIERNES 8
de marzo de 2024
NORMAS LEGALES
“AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO
FUNDADO EL 22 DE OCTU BRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SI MÓN BOLÍVAR
PERÚ
Ministerio
de Vivienda, Construcción
y Saneamiento
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 08/03/2024 06:54
2NORMAS LEGALES Viernes 8 de marzo de 2024
El Peruano
/
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2024-VIVIENDA
Lima, 7 de marzo de 2024
VISTOS:
El Memorándum Nº 467-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU y el Informe Nº 062-2024-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU de la
Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU), el Informe Nº 273-2024-VIVIENDA-VMVU-
DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal Nº 05-2024-DGPPVU/DEPPVU/CBFH/MSF de la Dirección de Ejecución de
Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, el Memorándum Nº 232-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de la Dirección
General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (DGPRVU), el Informe Nº 015-2024-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU-
DV de la Dirección de Vivienda, el Informe Nº 193-2024-VIVIENDA/OGAJ de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica (OGAJ), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27829, se crea al Bono Familiar Habitacional (BFH), como parte de la política sectorial del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), el mismo que se otorga en los ámbitos urbano y rural, por
una sola vez al grupo familiar benef‌iciario, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos,
y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y su esfuerzo constructor; destinado exclusivamente a la
adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social (VIS);
Que, con la Resolución Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del
Proyecto Techo Propio, señalando entre otros objetivos, promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados
y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna, en concordancia con sus
posibilidades económicas; y, estimular la participación del sector privado en la construcción masiva de VIS prioritaria;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Nº 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible (en
adelante, Ley DUS) y el artículo 6 del Reglamento de Vivienda de Interés Social (en adelante, Reglamento de Vivienda
de Interés Social), aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2023-VIVIENDA, la VIS es la vivienda promovida por el
Estado, cuya f‌i nalidad se encuentra dirigida a reducir la brecha del déf‌i cit habitacional cualitativo y cuantitativo; incluye
a la Vivienda de Interés Social de Tipo Prioritaria (VISTP), la cual se encuentra dirigida a favor de las personas ubicadas
en los sectores I, II y III de la población agrupada según quintiles de ingreso y en especial a favor de aquellas que se
encuentran asentadas en zonas de riesgo no mitigable o en situación de vulnerabilidad social;
Que, el artículo 8 del Reglamento de Vivienda de Interés Social establece que los hogares que no sean propietarios o
no tengan derechos reales de superf‌i cie de una vivienda, terreno o aires independizados para vivienda, pueden acceder
a una VIS a través de distintas modalidades, entre ellas, la construcción de viviendas ejecutadas por el sector privado;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 120-2020-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo para acceder
al Bono Familiar Habitacional, para la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio;
Que, mediante el Memorándum Nº 467-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU y el Informe Nº 062-2024-VIVIENDA-VMVU-
DGPPVU, el Informe Nº 273-2024-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU y el Informe Técnico Legal Nº 05-2024-DGPPVU/
DEPPVU/CBFH/MSF, la DGPPVU sustenta y propone la aprobación del Reglamento Operativo para acceder al BFH en la
modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento de Vivienda de Interés
Social en concordancia con la Ley Nº 27829, Ley que crea el BFH; asimismo, plantea como principales incorporaciones:
i ) R egulación sobre el Formato de Constatación de Predio Elegible previo al registro de proyecto; ii) Desarrollo de la etapa
de verif‌i cación de VIS terminada a cargo del Fondo MIVIVIENDA S.A.; iii) Precisiones p ara la ejecución de garantías; y,
iv) Derogación de la Resolución Ministerial Nº 120-2020-VIVIENDA que aprueba el Reglamento Operativo para acceder
al BFH, para la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio; dicho proyecto normativo cuenta con la opinión
favorable de la DGPRVU;
Que, mediante el Informe Nº 193-2024-VIVIENDA/OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con la
aprobación de la propuesta señalada en el considerando precedente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional (BFH) y modif‌i catorias;
la Ley Nº 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modif‌i cado por Decreto Supremo Nº
006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento de Vivienda de Interés Social, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2023-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento Operativo
Aprobar el Reglamento Operativo p ara Acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de
Viviendas en Sitio Propio, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
A rtículo 2.- Derogación
Derogar la Resolución Ministerial Nº 120-2020-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Operativo para Acceder al
Bono Familiar Habitacional para la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única. Expedientes en trámite
Los expedientes para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Aplicación de Construcción
en Sitio Propio que se encuentren en trámite y corresponden a las Convocatorias realizadas en el año 2023, se rigen por
el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional para la modalidad de Aplicación de Construcción
en Sitio Propio, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 120-2020-VIVIENDA y modif‌i catorias.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR