Lima, 31 de enero de 2024
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, se crea el OEDI como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado de brindar asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales, incluyendo su elaboración, previo convenio de delegación; así como, la asistencia técnica durante la ejecución física del proyecto de inversión, respecto del expediente técnico elaborado por el OEDI;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1615, dispone que el Poder Ejecutivo, en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario contado a partir del día siguiente de la publicación del citado Decreto Legislativo, aprueba su reglamento;
Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas...