RESOLUCION MINISTERIAL N° 021-2015-VIVIENDA - Ratifican Acuerdo que declara el inicio del Régimen de Apoyo Transitorio - RAT de la EPS Moquegua S.A.

Fecha de publicación03 Febrero 2015
Fecha de disposición03 Febrero 2015
El Peruano
Martes 3 de febrero de 2015 546067
y Fiscalización Ambiental del MVCS para el año 2015,
señalando que este concuerda con la meta o f‌i nalidad
y con las acciones de supervisión y f‌i scalización de la
Dirección General de Asuntos Ambientales previstas en
el Plan Operativo Institucional (POI) 2015 del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por
Resolución Ministerial Nº 447-2014-VIVIENDA;
Que, mediante Memorándum Nº 274-2015-
VIVIENDA-OGPP, la Of‌i cina General de Planeamiento y
Presupuesto remite y hace suyo el Informe Nº 018-2015-
VIVIENDA/OGPP/OPM de la Of‌i cina de Planeamiento
y Modernización, por el cual se emite opinión favorable
respecto al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización
Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales
del MVCS del año 2015;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Plan
Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA
de la Dirección General de Asuntos Ambientales del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
para el año 2015, en el marco del Sistema Nacional de
Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA;
De conformidad con la Ley Nº 28611, Ley General
del Ambiente y sus modif‌i catorias; la Ley Nº 29325,
Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización
Ambiental y sus modif‌i catorias; los Lineamientos para
la formulación, aprobación y evaluación del Plan Anual
de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobados por
Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD;
la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su
Reglamento de Organización y Funciones aprobado por
Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación
y Fiscalización Ambiental - PLANEFA de la Dirección
General de Asuntos Ambientales del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al
año 2015, que como Anexo forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Of‌i cina General de
Estadística e Informática del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento la publicación de la presente
Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.
gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Of‌i cial
El Peruano.
Artículo 3.- Disponer la publicación del Plan Anual
de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA,
aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución,
en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe),
salvo lo referido a la respectiva programación de acciones
de f‌i scalización, con la f‌i nalidad de asegurar la efectividad
de la f‌i scalización ambiental a cargo de la entidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1196063-1
Ratifican Acuerdo que declara el inicio
del Régimen de Apoyo Transitorio -
RAT de la EPS Moquegua S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 021-2015-VIVIENDA
Lima, 30 de enero de 2015
VISTOS: El Of‌i cio Nº 113-2014-OTASS/DE de
la Dirección Ejecutiva del Organismo Técnico de la
Administración de los Servicios de Saneamiento
– OTASS y el Memorándum Nº 036-2015-VIVIENDA/
VMCS-DGPRCS e Informe Nº 011-2015-VIVIENDA/
VCMS-DGPRCS-DS de la Dirección General de Políticas
y Regulación en Construcción y Saneamiento y de la
Dirección de Saneamiento del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, respectivamente; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 30045,
Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento,
en adelante la Ley, el objeto de la misma es establecer
medidas orientadas al incremento de la cobertura y al
aseguramiento de la calidad y la sostenibilidad de los
servicios de saneamiento a nivel nacional, promoviendo
el desarrollo, la protección ambiental y la inclusión social;
Que, mediante el artículo 3 de la Ley, se crea el
Organismo Técnico de la Administración de los Servicios
de Saneamiento (OTASS), como organismo público
técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento;
Que, el inciso d) del numeral 2) del artículo 4 de la
Ley, señala que el OTASS tiene entre sus funciones, la
de evaluar la solvencia técnica, económica y f‌i nanciera
de las EPS y, de ser el caso, determinar la aplicación
del Régimen de Apoyo Transitorio - RAT de las EPS, de
conformidad con lo establecido en el Título III de dicha
norma;
Que, el literal d) del artículo 23 de la Ley, así como
el numeral 48.4 del artículo 48 del Reglamento de la Ley
en adelante el Reglamento, establecen entre las causales
para la aplicación del RAT, la solicitud de aplicación
efectuada por la Junta de Accionistas o por la Junta de
Socios;
Que, el artículo 50 del Reglamento establece que la
propuesta de priorización incluida en el informe f‌i nal de
evaluación de resultados de EPS, comprenderá un plan y
un cronograma estimado para el inicio de la aplicación de
las medidas correspondientes al RAT en cada EPS;
Que, sin perjuicio de lo antes señalado, las EPS
podrán solicitar, independientemente o agrupadas, su
incorporación voluntaria al RAT, la misma que será
evaluada por el OTASS teniendo en cuenta, entre otros,
los siguientes criterios: 1) Voluntad de integración a otras
o de otras EPS a f‌i n de aprovechar economías de escala
en la prestación, mediante acuerdo de junta de accionistas
o participacionistas; 2) Compromiso del gobierno regional
y los gobiernos locales involucrados para f‌i nanciar o
garantizar las inversiones requeridas para la rehabilitación
y ampliación de los sistemas; y, 3) Apertura y transparencia
en la presentación de la situación f‌i nanciera y en la puesta
a disposición del acervo documentario y los sistemas de
información de la EPS;
Que, en virtud a los pedidos formulados por la
Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto y de la
Junta General de Accionistas de la Entidad Prestadora
de Servicios Moquegua Sociedad Anónima - EPS
MOQUEGUA S.A.; el Consejo Directivo del OTASS ha
acordado tanto en la Sesión Nº 002-2014 como en la
Resolución de Consejo Directivo Nº 002-2014-OTASS/
CD, el inicio del RAT de la Entidad Prestadora de Servicios
de Saneamiento Moquegua Sociedad Anónima - EPS
MOQUEGUA S.A.;
Que, el artículo 51 del Reglamento establece que el
inicio del RAT se dará con la emisión de la resolución
ministerial que ratif‌i que el Acuerdo de Consejo Directivo
del OTASS, de conformidad con lo señalado en el último
párrafo del artículo 49 del citado Reglamento;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento
de Organización y Funciones aprobado por Decreto
Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA; la Ley Nº 30045, Ley
de Modernización de los Servicios de Saneamiento, y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-
2013-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Ratif‌i car el Acuerdo adoptado por
el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la
Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS,
a través del cual se declara el Inicio del Régimen de Apoyo

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