Resolucion ministerial Nº 010-2024/MINSA. Crean Grupo de Trabajo Multisectorial para elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 31129, Ley que reconoce el trabajo de los servidores públicos en el ámbito de la salud, en el marco de la emergencia nacional por las graves circunstancias que afectan la vida y la salud de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19

Fecha de publicación10 Enero 2024
SecciónSección Única
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

Lima, 8 de enero del 2024


VISTO; el Expediente N° DIGEP020230000581, que contiene la Nota Informativa N° D000845-2023-DIGEP-MINSA, el Informe N° D000024-2023-DIGEP-DIPLAN-AGC-MINSA y el Memorando N° D002122-2023-DIGEP-MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud; el Informe N° D000315-2023-OGPPM-OOM-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° D000005-2024-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;


CONSIDERANDO


Que, los numerales II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;


Que, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece en su Primera Disposición Complementaria Final modificada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la función rectora a nivel nacional, la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad rectora en el sector;


Que, asimismo el numeral 7) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en Recursos Humanos en Salud; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él, las instituciones públicas y privadas a nivel nacional, regional y local, y las personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;


Que, la Ley N° 31129, Ley que reconoce el trabajo de los servidores públicos en el ámbito de la salud, en el marco de la emergencia nacional por las graves circunstancias que afectan la vida y la salud de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, tiene por objeto reconocer el trabajo de los servidores públicos en el ámbito de la salud, independientemente del régimen laboral o la modalidad de contratación bajo la cual prestan sus servicios, que laboran en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, el Seguro Social de Salud (EsSalud), el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), el Ministerio Público y los gobiernos regionales y locales, atendiendo a pacientes de COVID-19. Asimismo, señala que el Ministerio de Salud, en ejercicio de su función rectora, establece a través del reglamento de la citada Ley los criterios y condiciones para la acreditación de la labor efectivamente realizada y demás elementos necesarios para la plena implementación de las disposiciones contenidas en la Ley;


Que, asimismo, el artículo 2 de la mencionada norma, precisa que se encuentran dentro de sus alcances: a) los profesionales de la salud; b) el personal de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR