RESOLUCION JEFATURAL N° 286-2014-J/ONPE - Convocan a la Elección de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del país, distintos de los Colegios de Abogados, y aprueban cronograma electoral

EmisorOFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2014
El Peruano
Viernes 5 de diciembre de 2014 539381
a los justiciables se deben adoptar medidas que vayan
orientadas a promover la descarga procesal; por ello, es
necesario designar Fiscales Transitorios hasta el 31 de
diciembre de 2014, a efectos de lograr una e caz reducción
de la carga existente;
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor JUAN LUIS
LUNA QUISPE, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional
Transitorio del Distrito Judicial de Ayacucho, designándolo
en el Pool de Fiscales de Ayacucho, con retención de su
plaza de origen.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ayacucho,
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano,
O cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal
mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS AMÉRICO RAMOS HEREDIA
Fiscal de la Nación
1174081-18
OFICINA NACIONAL DE
PROCESOS ELECTORALES
Convocan a la Elección de Consejeros
del Consejo Nacional de la Magistratura
por los miembros de los Colegios
Profesionales del país, distintos de
los Colegios de Abogados, y aprueban
cronograma electoral
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 286-2014-J/ONPE
Lima, 3 de diciembre de 2014
VISTOS: El O cio N° 2074-2014-P-CNM del 27 de
noviembre 2014, del Consejo Nacional de la Magistratura,
el Informe N° 000391-2014-GPP/ONPE de la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000453-2014-
GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19° de
Ley N° 26397 y sus modi catorias, la organización de
las elecciones de los miembros del Consejo Nacional
de la Magistratura que corresponde elegir a los gremios
profesionales, está a cargo de la O cina Nacional de
Procesos Electorales y se rige por el Reglamento que para
dicha elección el Consejo apruebe;
Que, la Presidencia del Consejo Nacional de la
Magistratura mediante el O cio N° 2074-2014-P-CNM
recibido por la O cina Nacional de Procesos Electorales
el 27 de noviembre del presente año, remite copia
certi cada de la Resolución N° 338-2014-CNM, a través
de la cual el Consejo Nacional de la Magistratura aprueba
el Reglamento para la Elección de Consejeros del Consejo
Nacional de la Magistratura por los miembros de los
Colegios Profesionales del país, distintos de los Colegios
de Abogados y solicita se realice la convocatoria al proceso
electoral señalado dentro de los diez (10) días naturales
posteriores de recibida dicha comunicación, en virtud a lo
dispuesto en el artículo 2° del Reglamento;
Que, el artículo 3° del Reglamento antes citado,
determina la información que debe contener la convocatoria,
entre las que se encuentra el plazo para la presentación de
listas de miembros activos, el plazo para la inscripción de
candidatos, el cronograma electoral y la fecha del proceso
electoral;
Que, en atención a ello, se ha jado como fecha de
realización del proceso de Elección de Consejeros del
Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros
de los Colegios Profesionales del país, distintos de los
Colegios de Abogados, para el 17 de mayo de 2015;
Que, asimismo, en el literal V de las Disposiciones
Generales del Reglamento, se precisa que la elección
constará de dos etapas: en la primera etapa, los miembros
de cada colegio profesional del país eligen a un delegado
candidato en Distrito Electoral Único, mediante sufragio
directo, secreto y obligatorio, en la segunda etapa,
los delegados/candidatos eligen a los Consejeros que
representan a los Colegios Profesionales distintos de los
Colegios de Abogados, en una Asamblea de Delegados
mediante sufragio directo, secreto y obligatorio;
Que, en consecuencia, resulta necesario emitir la
Resolución Jefatural que convoque al proceso electoral
antes mencionado;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
19° de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la
Magistratura, Ley N° 26397, el literal c) del artículo 5° de
la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE, y el literal
k) del artículo 11° del Reglamento de Organización
y Funciones de la ONPE, aprobado y modi cado
mediante Resoluciones Jefaturales N° 063 y N° 216-
2014-J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la
Secretaría General y de las Gerencias de Planeamiento
y Presupuesto y Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Convocar a la Elección de
Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por
los miembros de los Colegios Profesionales del país,
distintos de los Colegios de Abogados, para el 17 de mayo
de 2015.
Artículo Segundo.- Aprobar el cronograma electoral
conforme al detalle siguiente:
Cronograma Electoral CNM
ACTIVIDAD INICIO TÉRMINO
Fecha de las elecciones 17 de mayo de
2015 17 de mayo
de 2015
Venta de Kits electorales para la
presentación de candidaturas 9 de diciembre
de 2014 2 de marzo de
2015
Plazo de cierre de listas de
miembros activos 29 de diciembre
de 2014
29 de
diciembre de
2014
Recepción de listas de
miembros activos de los colegios
profesionales en la ONPE
30 de diciembre
de 2014 20 de enero de
2015
Publicación del número mínimo
de adherentes para presentar
candidaturas
31 de enero de
2015 31 de enero de
2015
Presentación de solicitudes de
inscripción de candidatos 10 de febrero
de 2015 2 de marzo de
2015
Veri cación de rmas de las listas
de adherentes presentadas 11 de febrero de
2015 9 de marzo de
2015
Publicación de las listas de
candidatos para tachas 14 de marzo de
2015 14 de marzo
de 2015
Periodo de tachas a
candidaturas 15 de marzo de
2015 17 de marzo
de 2015
Periodo de resolución de tachas 16 de marzo de
2015 7 de abril de
2015
Publicación de nitiva de las listas
de candidatos 14 de abril de
2015 14 de abril de
2015
Artículo Tercero.- Las elecciones se llevarán a cabo
en las capitales de departamento y ciudades del país
en las que se acredite la participación de Colegios de
Profesionales, distintos de los Colegios de Abogados para
las elecciones convocadas.
Artículo Cuarto.- Las elecciones se desarrollarán en
la fecha señalada en el artículo primero de la presente
Resolución Jefatural, en el horario comprendido entre las
08:00 y las 16:00 horas.
Artículo Quinto.- La Asamblea de Delegados se
realizará dentro de los treinta (30) días calendarios
siguientes a la entrega de los resultados nales de la
elección correspondiente a la primera etapa del proceso

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