RESOLUCION JEFATURAL N° 182-2015-ANA - Dejan sin efecto delegación de facultades realizada a favor de la Secretaría General de la ANA en diversos extremos de la R.J. N° 076-2015-ANA

Fecha de disposición17 Julio 2015
Fecha de publicación17 Julio 2015
557487
NORMAS LEGALES
Viernes 17 de julio de 2015
El Peruano
/
Autorizan formalización de la creación de la
Unidad Ejecutora 036 - 001634: “Fondo MI
RIEGO”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0369-2015-MINAGRI
Lima, 14 de julio de 2015
VISTOS:
El Memorándum N° 736-2015-MINAGRI-OGPP-
OPRES de la Of‌i cina General de Planeamiento y
Presupuesto; el Informe Nº 199-2015-MINAGRI-OGPP/
OPRES de la Of‌i cina de Presupuesto; el Of‌i cio N° 2224-
2015-EF/13.01 y el Informe N° 0262-2015-EF/50.06
de la Secretaría General y de la Dirección General de
Presupuesto Público, respectivamente, del Ministerio de
Economía y Finanzas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 30048, modif‌i catoria
del Decreto Legislativo N° 997, se aprobó la Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y
Riego;
Que, en el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley N°
28112, Ley Marco de la Administración Financiera del
Sector Público, se establece que el Sistema Nacional de
Presupuesto, el Sistema Nacional de Tesorería, el Sistema
Nacional de Endeudamiento y el Sistema Nacional de
Contabilidad, conforman los sistemas integrantes de
la Administración Financiera del Sector Público, y se
encuentran a cargo de sus respectivos órganos rectores;
Que, los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 de la Ley
mencionada en el considerando precedente, señalan que
la Unidad Ejecutora constituye el nivel descentralizado u
operativo en las entidades y organismos del Sector Público,
con el cual se vinculan e interactúan los órganos rectores
de la Administración Financiera del Sector Público, y se
constituye como aquella dependencia orgánica que cuenta
con un nivel de desconcentración administrativa;
Que, mediante Ley N° 30281, se aprobó el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015
y por Resolución Ministerial Nº 0681-2014-MINAGRI,
se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de
Gastos correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego 013.
Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, la creación de la Unidad Ejecutora 036 –
001634: “Fondo MI RIEGO” está orientada a reducir las
brechas en la provisión de los servicios e infraestructura
del uso de los recursos hídricos con f‌i nes agrícolas, que
tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza
y la pobreza extrema en el país, ubicadas por encima
de los 1,000 metros sobre el nivel del mar, a través del
f‌i nanciamiento de Proyectos de Inversión Pública de
los tres niveles de gobierno, incluyendo los Estudios de
Preinversión;
Que, el artículo 58 del Texto Único Ordenado de
la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto Público, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 304-2012-EF, establece los criterios a
considerar para la creación de Unidades Ejecutoras,
como contar con un presupuesto anual, especialización
funcional, cobertura del servicio y contar con los recursos
necesarios humanos y materiales para su implementación,
no pudiendo demandar recursos adicionales a nivel de
pliego presupuestario;
Que, mediante el Of‌i cio N° 2224-2015-EF/13.01, la
Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas
remite el Informe N° 0262-2015-EF/50.06, a través del cual
la Dirección General de Presupuesto Público del citado
Ministerio emite opinión desde el ámbito de su competencia
estrictamente presupuestal, considerando viable la
creación de la Unidad Ejecutora “Fondo MI RIEGO”, que
cumple con los requisitos y criterios establecidos por la
normatividad presupuestaria vigente;
Que, mediante el Informe N° 199-2015-MINAGRI-
OGPP/OPRES, el Director de la Of‌i cina de Presupuesto
de la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Agricultura y Riego, concluye que es
procedente la Formalización de la creación de la Unidad
Ejecutora 036 – 001634: Fondo MI RIEGO” en el Pliego
013: Ministerio de Agricultura y Riego para el Año Fiscal
2015;
De conformidad con el Texto Único Ordenado de
la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-
2012-EF; Ley N° 28112, Ley Marco de Administración
Financiera del Sector Público; Ley N° 30281, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
y, lo dispuesto en la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura y Riego aprobada por el Decreto
Legislativo N° 997, modif‌i cado por la Ley N° 30048;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la formalización de la creación
de la Unidad Ejecutora 036 – 001634: “Fondo MI RIEGO”,
adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e
Infraestructura Agraria y Riego, en el Pliego 013: Ministerio
de Agricultura y Riego.
Artículo 2.- La Unidad Ejecutora 036 – 001634:
“Fondo MI RIEGO” estará conformada de la siguiente
manera: 01 Director Ejecutivo designado mediante
Resolución Ministerial, 01 Jefe de Administración, 01 Jefe
de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento y 01 Jefe de
Gestión de Proyectos, designados mediante Resolución
de su titular.
Artículo 3.- La Of‌i cina General de Planeamiento y
Presupuesto, la Of‌i cina General de Administración y la
Of‌i cina General de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Agricultura y Riego, realizarán las acciones
necesarias en materia de presupuesto, administración,
f‌i nanzas, recursos humanos y las que sean necesarias y
correspondan, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 1 de la presente Resolución; así como garantizar
que la Unidad Ejecutora al inicio de sus operaciones
cuente con los recursos presupuestales, f‌i nancieros,
humanos y materiales respectivos, para lo cual deberán
efectuar las gestiones pertinentes ante los entes rectores
de los Sistemas Administrativos.
Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución,
dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección
General de Presupuesto Público del Ministerio de
Economía y Finanzas, para los f‌i nes consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1263679-5
Dejan sin efecto delegación de facultades
realizada a favor de la Secretaría General
de la ANA en diversos extremos de la R.J.
N° 0762015ANA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 182-2015-ANA
Lima, 16 de julio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo señala el artículo I del Título
Preliminar de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N°
29158, las autoridades están sometidas a la Constitución
Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del
ordenamiento jurídico, y desarrollan sus funciones dentro
de las facultades que les estén conferidas;
Que, el artículo 26° de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y sus
modif‌i catorias, así como el artículo 10° de su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y
sus modif‌i catorias, disponen que el Titular de la Entidad
puede delegar la aprobación de las Bases y del Expediente
de Contratación, respectivamente;
Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40° de
la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
señala que las modif‌i caciones presupuestarias en el nivel
funcional programático son aprobadas mediante resolución
del Titular, a propuesta de la Of‌i cina de Presupuesto
o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el
Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de
disposición expresa;
Que, en tal sentido, en materia de contratación pública,
a través del literal a) del numeral 1 del artículo 1° de la

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