Resolución Directoral Nº 777 - 2022 - MINCETUR/DGJCMT de Ministerio de Comercio Exterior, 2022

Año2022
Número de resolución777 - 2022 - MINCETUR/DGJCMT
Fecha08 Abril 2022
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
N° 777 - 2022 - MINCETUR/VMT/DGJCMT
Lima, 07 de abril de 2022
Visto, el Expediente N° 1334855-2020-MINCETUR, de fecha 22.05.2020, presentado por la
empresa LA PERLA DEL SUR S.A.C. en el que solicita Renovación de la Autorización Expresa para
la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en la sala de juegos “LA PERLA DEL SUR”,
ubicada en la Av. Almirante Miguel Grau Nos. 1000 1006, distrito, provincia y departamento del
Callao;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, se reguló la explotación de los juegos de casino y
máquinas tragamonedas en el país, estableciéndose en el artículo 24 del citado cuerpo legal que
corresponde a la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades
administrativas de autorización, fiscalización, supervisión, evaluación y sanción vinculadas a las
explotaciones antes referidas;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 27153 y normas modificatorias,
para la explotación de juegos de máquinas tragamonedas se requiere de autorización expresa emitida
por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas;
Que, el artículo 14 de la Ley antes mencionada así como el artículo 7 de su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, establecen los requisitos que los
solicitantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorización;
Que, mediante Expediente N° 1334855-2020-MINCETUR, de fecha 22.05.2020, presentado
por la empresa LA PERLA DEL SUR S.A.C., se solicita Renovación de la Autorización Expresa para
la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en el establecimiento denominado “ LA PERLA
DEL SUR, ubicado en la Av. Almirante Miguel Grau Nos. 1000 1006, distrito, provincia y
departamento del Callao;
Que, en ese sentido, es del caso señalar que, mediante Resolución Directoral
2649-2010-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 04.11.2010, conforme al procedimiento
administrativo de Reordenamiento y Formalización, creado por la Ley 28945 Ley de
Reordenamiento y Formalización de la Actividad de Explotación de Juegos de Casino y Máquinas
Tragamonedas” a la solicitante se le autorizó la explotación de máquinas tragamonedas en la sala de
juegos LA PERLA DEL SUR, ubicada en la Av. Almirante Miguel Grau Nos. 1000 1006, Distrito,
Provincia y Departamento del Callao, la misma que le fue renovada mediante Resolución Directoral
N°1467-2016-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 23.05.2016, asimismo, presenta copia de la
Licencia de Funcionamiento Municipal Nº 058-2011, de fecha 16.02.2011, con la descripción del giro
“Bingo, Juegos Recreativos, Servicio de Diversión, Explotación de Máquinas Tragamonedas,
expedida por la Gerencia General de Desarrollo Económico y Comercial de la Municipalidad del
Callao.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Nº 27153 y normas
modificatorias los establecimientos destinados a la explotación de máquinas tragamonedas no pueden
encontrarse a menos de ciento cincuenta (150) metros, medidos de puerta a puerta siguiendo el
mínimo tránsito peatonal posible de templos y/o centros de estudios donde se imparte educación
inicial, primaria y secundaria;
Que de conformidad con el artículo 15 de la Directiva Nº 001-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT,
Visado digitalmente por
ESPINOZA DORADO
Giovanna FAU 20504774288
soft
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2022/04/08
17:30:59-0500
Visado digitalmente por
PAULET DIAZ Victor Augusto
FAU 20504774288 soft
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2022/04/12 10:51:50-0500

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