Resolución Directoral Nº 43 - 2021 - MINCETUR/DGJCMT de Ministerio de Comercio Exterior, 2021

Número de resolución43 - 2021 - MINCETUR/DGJCMT
Año2021
Fecha14 Enero 2021
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
- 2021 - MINCETUR/VMT/DGJCMT
Lima,
Visto, el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa ANDEAN SLOTS
S.A.C., mediante Acta de Fiscalización de Fiscalización de salas de juegos y máquinas tragamonedas N°
000053 de fecha 04.02.2020 y el Informe Final de Instrucción contenido en el Informe Legal N° 038-2020-
MINCETUR/VMT/DGJCMT-DCS.VCR de fecha 08.09.2020, respecto de la comisión de las infracciones
administrativas previstas en: (i) el literal u) del numeral 45.2 del artículo 45 de la Ley N° 27153 y normas
modificatorias “Explotar distintas memorias de solo lectura a las autorizadas para ser explotadas en la sala
de juego” y; (ii) literal c) del numeral 45.2 del artículo 45 de la Ley N° 27153 y normas m odificatorias:
“Explotar número diferente de máquinas tragamonedas al autorizado a ser explotado en la sala de juego.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley 27153, modificada por las Leyes 27796 y 28 945 y su Reglamento aprobado
mediante Decreto Supremo 009-2002-MINCETUR, se regula la explotación de los juegos de casino y
máquinas tragamonedas en el país, siendo que en el artículo 4° de la Ley 28945, dispone conferir a la
autoridad competente, esto es a la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas,
las facultades de fiscalización, supervisión y sanción entre otras;
Que, con fecha 04.02.2020, el Inspector de Juego dejó constancia que en la Sala de juego
Keops ubicada en la Av. Francisco Pizarro N° 611 615 619 625, Distrito y Provincia de Trujillo,
Departamento de La Libertad, conducida por la empresa ANDEAN SLOTS S.A.C. se verificó que en la
indicada sala se venían explotando dos (02) máquinas tragamonedas así como ocho (08) memorias de sólo
lectura según detalle adjunto, que no se encontraban autorizadas a explotar en la sala de juegos, según los
términos de la Resolución Directoral N° 157-2020-MINCETUR/VMT/DGJCMT (vigente a la fecha de la visita
de inspección), debiendo indicar que en la sala de juegos se encontró un total de doscientos ochenta y siete
(287) en vez de doscientos ochenta y cinco (285) máquinas tragamonedas de acuerdo a lo autorizado; tal
y como se advierte del Acta de Fiscalización de salas de juego de máquinas tragamonedas N° 000053, de
fecha 04.02.2020, suscrita por tal motivo y en el Informe 128-2020-
MINCETUR/VMT/DGJCMT/DCS.GRZB, de fecha 11.02.2020, en el que se precisan y enumeran los
detalles de la visita de fiscalización realizada y en donde además se adjuntan en un CD las fotografías y
video que guardan relación con las conductas infractoras observadas y que fueron obtenidos el día de la
visita realizada en la sala de juegos.
FABRICANTE
N° DE SERIE
MEMORIA
1
ARISTOCRAT
XAW072431
03J00734 (U7)
03J00734 (U8)
Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de
D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web:
https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando la siguiente clave: PLX1FS4T
Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú
Firmado digitalmente por
CERNA AQUINO Ysabel Ubaldina
FAU 20504774288 soft
Oficina: Dirección General de
Juegos de Casino y Máquinas
Tragamonedas
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2021/01/14 12:40:54-0500
Firmado digitalmente por
SAN ROMAN BENAVENTE Manuel Antonio Benito FAU
20504774288 soft
Cargo: Director General de la Dirección General de
Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas
Motivo: Documento Electrónico
Fecha: 2021/01/14 14:03:32-0500

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