RESOLUCION DIRECTORAL N° 117-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE - Encargan funciones de Director de la Dirección Zonal Tacna del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

Fecha de disposición04 Mayo 2015
Fecha de publicación04 Mayo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Lunes 4 de mayo de 2015 551961
recomienda la modif‌i cación de los tratamientos para las
semillas de café (Coffea spp.) procedentes de varios países
cuyos requisitos f‌i tosanitarios de importación se aprobaron
mediante las Resoluciones Directorales N° 00027-
2013-MINAGRI-SENASA-DSV, 0028-2013-MINAGRI-
SENASA-DSV y 0029-2015-MINAGRI-SENASA-DSV; así
como la Resolución Directoral N° 0036-2014-MINAGRI-
SENASA-DSV; y semillas maíz (Zea mays) procedente de
Francia cuyos requisitos f‌i tosanitarios se aprobaron con la
Resolución Directoral N° 0048-2014-MINAGRI-SENASA-
DSV, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 12° del Decreto Legislativo
Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso
al país como importación, tránsito internacional
o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y
productos vegetales, animales y productos de origen
animal, insumos agrarios, organismos benéf‌i cos,
materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento,
cualquier otro material capaz de introducir o propagar
plagas y enfermedades, así como los medios utilizados
para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones
que establezca, en el ámbito de su competencia, la
Autoridad Nacional en Sanidad Agraria;
Que, el segundo párrafo del artículo 12º del Reglamento
de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante
Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará
los requisitos f‌i to y zoosanitarios en el Diario Of‌i cial El
Peruano y se notif‌i carán a la Organización Mundial de
Comercio;
Que, el artículo 38° del Reglamento de Cuarentena
Vegetal, aprobado por Decreto Supremo N° 32-2013-AG,
señala que los requisitos f‌i tosanitarios necesarios para
cumplir para la importación al país de plantas, productos
vegetales y otros artículos reglamentados, serán
aprobados mediante Resolución Directoral del Órgano de
Línea Competente.
Que, mediante las Resoluciones Directorales Nos.
00027-2013-MINAGRI-SENASA-DSV, 0028-2013-
MINAGRI-SENASA-DSV y 0029-2015-MINAGRI-
SENASA-DSV, todas de fechas 29 de agosto de 2013,
se establecieron los requisitos f‌i tosanitarios para la
importación de semillas de café de origen y procedencia
Brasil, Costa Rica y Colombia respectivamente;
Que, a través de la Resolución Directoral N° 0036-
2014-MINAGRI-SENASA-DSV de fecha 31 de julio de
2014, se establecieron los requisitos f‌i tosanitarios para la
importación de semillas de café de procedencia de varios
países;
Que, con la Resolución Directoral N° 0048-2014-
MINAGRI-SENASA-DSV de fecha 09 de octubre de 2014,
se establecieron los requisitos f‌i tosanitarios de necesario
cumplimiento en la importación de maíz semilla de origen
y procedencia Francia;
Que, como resultado del Informe del Visto, la
Subdirección de Cuarentena Vegetal, considera
conveniente realizar las modif‌i caciones en las
Resoluciones indicadas en los párrafos precedentes para
su mejor implementación;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG,
el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo
Nº 008-2005-AG y modif‌i catoria, la Resolución Directoral
N° 0002-2012-AG-SENASA-DSV y modif‌i catoria con el
visado de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica y la Subdrección
de Cuarentena Vegetal;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modif‌i car lo concerniente al tratamiento
de las semillas de café de varios países y semillas
de maíz de Francia señalado en las Resoluciones
Directorales Nos. 0027-2013-MINAGRI-SENASA-DSV,
0028-2013-MINAGRI-SENASA-DSV y 0029-2015-
MINAGRI-SENASA-DSV, la Resolución Directoral N°
0036-2014-MINAGRI-SENASA-DSV y N° 0048-2014-
MINAGRI-SENASA-DSV del siguiente modo:
Para semillas de café:
2.2.Tratamiento de fumigación
2.2.1. Fosfamina (utilizar una de las siguientes dosis)
2.5 g /m3/168 h/ 12-15 °C; 2.5 g/m3/ 144/ 16 - 20°C ; 2.5
g /m3 / 120 horas/21 -25°C; 2.5 g /m3 / 96 horas a 26 °C
a más.
Para las semillas de maíz :
2.2.Tratamiento de fumigación y desinfección:
2.2.1. Fosfamina (utilizar una de las siguientes dosis)
2.5 g /m3/168 h/ 12-15 °C; 2.5 g/m3/ 144/ 16 - 20°C ; 2.5
g /m3 / 120 horas/21 -25°C; 2.5 g /m3 / 96 horas a 26 °C
a más y
2.2.2.Tratamiento de desinfección con:
Fludioxonil 25g/l + metalaxyl-M 9,7 g/l o cualesquiera
otros productos de acción equivalente.
Artículo 2°.- Disponer se mantenga subsistencia en
todo lo demás respecto al contenido de las Resoluciones
Directorales mencionadas en el Artículo 1°.
Regítrese, comuníquese y publíquese.
MOISES PACHECO ENCISO
Director General
Dirección de Sanidad Vegetal
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
1231735-3
Encargan funciones de Director de la
Dirección Zonal Tacna del Programa
de Desarrollo Productivo Agrario Rural
– AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 117-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 30 de abril de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº
116-2013-AG-AGRO RURAL-DE de fecha 02 de julio
de 2013, se designó al Economista Jorge Luis Arrelucé
Delgado en el cargo de Director de la Dirección Zonal
Tacna del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y
Riego;
Que, es necesario dar por concluida la designación
mencionada, así como encargar dichas funciones;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos
y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de
Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial
Nº 0015-2015-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA, la designación
del Economista Jorge Luis Arrelucé Delgado como
Director de la Dirección Zonal Tacna del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del
Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias
por los servicios prestados
Artículo 2º.- ENCARGAR, al señor Edgar Quispe
Cabrera, las funciones de Director de la Dirección Zonal
Tacna del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y
Riego.
Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal
Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR