Resolucion directoral N° 0694-2023-MTC/12. Aprueban texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 39 “Directrices de aeronavegabilidad” Segunda Edición

Fecha de publicación16 Agosto 2023
SecciónSección Única
44 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de agosto de 2023
El Peruano
/
Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Renovar a la empresa “REVISIONES
TECNICAS VEHICULARES SELVA VERDE S.A.C.”,
con RUC Nº 20602801323, la autorización para operar
como Centro de Inspección Técnica Vehicular jo por el
plazo de cinco (05) años, otorgada mediante Resolución
Directoral Nº 3299-2018-MTC/15, de fecha 25 de julio y
publicada en el Diario Ocial “El Peruano” el 28 de agosto
de 2018, en el local ubicado en la Carretera Cajamarca -
Jesus Km. 5, Sector 24, Villa Huacariz, distrito, provincia y
departamento de Cajamarca, para operar una (01) Línea
de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Mixta, debiendo
entenderse el inicio de vigencia de la renovación de la
autorización a partir del 30 de agosto de 2023.
Artículo 2.- La empresa “REVISIONES TECNICAS
VEHICULARES SELVA VERDE S.A.C.”, bajo
responsabilidad, debe presentar a la Dirección de
Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones
en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de
responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de
los plazos que se señalan a continuación:
Acto Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o contratación de nueva póliza 01 de febrero de 2024
Segunda renovación o contratación de nueva
póliza
01 de febrero de 2025
Tercera renovación o contratación de nueva póliza 01 de febrero de 2026
Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 01 de febrero de 2027
Quinta renovación o contratación de nueva póliza 01 de febrero de 2028
En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva
póliza al vencimiento de los plazos antes indicados,
se procederá conforme a lo establecido en el literal c),
artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº
025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización.
Artículo 3.- Disponer que ante el incumplimiento de
las obligaciones administrativas por parte de la empresa
“REVISIONES TECNICAS VEHICULARES SELVA
VERDE S.A.C.”, a través de Centro de Inspección Técnica
Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas
establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones
correspondiente.
Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías -
SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para
las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo 5.- Disponer la noticación de la presente
Resolución Directoral en: Jirón de la Unión Nº 446 Ocina
301, cercado de Lima, distrito, provincia y departamento
de Lima, domicilio señalado por el administrado en el
presente procedimiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director (e)
Dirección de Circulación Vial
Dirección General de Autorizaciones en Transportes
1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones
Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC
que dene a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como:
“Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la
Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas
Vehiculares”.
2203488-1
Aprueban texto de la Regulación
Aeronáutica del Perú - RAP 39 “Directrices
de aeronavegabilidad” Segunda Edición
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 0694-2023-MTC/12
Lima, 21 de julio de 2023
VISTO: el Informe N° 0437-2023-MTC/12.08 de
la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo
Aeronáutico;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la
encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del
Perú siendo competente para aprobar, modicar y dejar
sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y las
directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del
del Perú y el literal b) del artículo 2º del Reglamento de la
Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de
Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los
proyectos sujetos a aprobación o modicación de las
Regulaciones Aeronáuticas del Perú - RAP con una
antelación de quince días calendario;
Que, mediante la Resolución Directoral N° 862-
2017-MTC/12, del 14 de diciembre de 2017, se aprobó
el texto de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 39
“Directrices de Aeronavegabilidad”, en su versión Nueva
Edición, Enmienda 1;
Que, en el marco del proceso de elaboración
normativa y en cumplimiento del artículo 7 del
Resolución Directoral N° 0379-2023-MTC/12, del 15
de mayo de 2023, se aprobó la difusión a través de la
Plataforma Digital Única del Estado peruano del texto
del proyecto de modicación de la RAP 39 “Directrices
de aeronavegabilidad” Nueva Edición, Enmienda 1,
que pasará a ser “Directrices de aeronavegabilidad”
Segunda Edición;
Que, la modicación planteada tiene base,
principalmente, en las Enmiendas 106, 107, 108 y 109 del
Anexo 8 y la Enmienda 1 del Anexo 19 del Convenio sobre
Aviación Civil Internacional;
Que, durante el período de difusión del texto no han
sido recibidos comentarios;
Que, el texto de modicación de la Regulación
Aeronáutica del Perú – RAP 39 cuenta con las
opiniones favorables de la Dirección de Seguridad
Aeronáutica, la Dirección de Certicaciones y
Autorizaciones, la Dirección de Regulación, Promoción
y Desarrollo Aeronáutico, así como la conformidad para
su aprobación de la Asesoría Legal de la Dirección
General de Aeronáutica Civil, otorgadas a través del
Memorando N° 0918-2023-MTC/12.04, Memorando
N° 0553-2023-MTC/12.07, Informe N° 0437-2023-
MTC/12.08 y Memorando N° 1357-2023-MTC/12.00.03,
respectivamente;
De conformidad con la Ley N° 27261, Ley de
Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento aprobado
informado por la Dirección de Regulación, Promoción y
Desarrollo Aeronáutico;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el texto de la Regulación
Aeronáutica del Perú - RAP 39 “Directrices de
aeronavegabilidad” Segunda Edición, el cual forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral
N° 862-2017-MTC/12, del 14 de diciembre de 2017 y el
texto de la RAP 39 que contiene.
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 16/08/2023 00:38

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