RESOLUCION DIRECTORAL N° 048-2015-COFOPRI/DE - Aceptan renuncia de Asesor I de la Dirección Ejecutiva de COFOPRI

Fecha de disposición15 Abril 2015
Fecha de publicación15 Abril 2015
El Peruano
Miércoles 15 de abril de 2015 550611
ORGANISMOS EJECUTORES
ORGANISMO DE
FORMALIZACIÓN DE LA
PROPIEDAD INFORMAL
Aceptan renuncia de Asesor I de la
Dirección Ejecutiva de COFOPRI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 048-2015-COFOPRI/DE
Lima, 13 de abril de 2015
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del
Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de
funcionarios públicos, establece en su artículo 7º que,
mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular
en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia
o se dispone una nueva designación o nombramiento
de los actuales funcionarios con cargo de conf‌i anza no
contemplados en el artículo 1º de dicha Ley;
Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con
el literal i) del artículo 10º del Reglamento de Organización
y Funciones del Organismo de Formalización de la
Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto
Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es
el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones,
la de designar y cesar a los empleados de conf‌i anza, de
conformidad con la legislación vigente;
Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2015-
COFOPRI/DE de fecha 09 de enero de 2015, se designó
al señor Martin Enrique Vásquez Guerrero, en el cargo
de Asesor I de la Dirección Ejecutiva del Organismo de
Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI;
Que, mediante Carta s/n de fecha 10 de abril de 2015, el
señor Martin Enrique Vásquez Guerrero, presentó su renuncia
al cargo de Asesor I de la Dirección Ejecutiva del Organismo
de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI,
siendo su último día laborable el 13 de abril de 2015;
Que, en ese sentido, resulta necesario aceptar la renuncia
presentada por el señor Martin Enrique Vásquez Guerrero al
cargo de Asesor I de la Dirección Ejecutiva del Organismo de
Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y
el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI,
aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA;
Con el visado de la Secretaría General y de la Of‌i cina
de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar, a partir del 14 de abril de 2015,
la renuncia presentada por el señor Martin Enrique Vásquez
Guerrero, al cargo de Asesor I de la Dirección Ejecutiva del
Organismo de Formalización de la Propiedad Informal –
COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTHA FERREYROS PAREDES
Directora Ejecutiva
1223975-1
SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencia total para las
unidades ejecutoras de la Región Cusco,
correspondiente al mes de abril de 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 083-2015/SIS
Lima, 14 de abril de 2015
VISTOS: El Informe N° 003-2015-SIS/GNF-SGLP/
PHL con Proveído Nº 118-2015-SIS/GNF de la Gerencia
de Negocios y Financiamiento sobre la programación
de las transferencias a las unidades ejecutoras por los
servicios que brindaron los establecimientos de salud a los
asegurados del Seguro Integral de Salud, el Memorando
N° 157-2015-SIS/OGPPDO, que contiene la Certif‌i cación
de Crédito Presupuestario N° 0552 emitida por la Of‌i cina
General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Organizacional y el Informe N° 022-2015-SIS/OGAJ de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
principios así como los procesos y procedimientos que
regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que
se ref‌i ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco
de la Administración Financiera del Sector Público, en
concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución
Política del Perú;
Que, en los numerales 12.1, 12.2 y 12.3 del artículo 12
de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2015, se dispone la autorización de las
transferencias f‌i nancieras durante el Año Fiscal 2015,
entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está
considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose
por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe
ser publicada en el Diario Of‌i cial “El Peruano”;
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163,
Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el
Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece
que la transferencia de fondos o pagos que efectúe
el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción
obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener
una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual
modo, dispone que en los convenios que se suscriba
con las instituciones prestadoras de servicios de salud
públicas podrá establecerse diferentes modalidades o
mecanismos de pago;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 991-2012/
MINSA, se aprueban los Parámetros de Negociación
que serán tomados en cuenta para la celebración de los
convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad
de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de
Salud (IPRESS) públicas;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 149-2012/
SIS, se aprueba la Guía Técnica N° 002-2012-SIS/GNF,
“Guía Técnica para el Cálculo del Cápita”, que tiene como
objetivo establecer y uniformizar los criterios técnicos
que orientan la metodología de cálculo del cápita para
el f‌i nanciamiento de las prestaciones de salud del primer
nivel de atención brindadas a los benef‌i ciarios del SIS;
Que mediante documentos de vistos, la Gerencia de
Negocios y Financiamiento, propone la transferencia a las
unidades ejecutoras de la Región Cusco a efectuarse en
el mes de abril del 2015 para cubrir los conceptos de pago
cápita e informa que el importe a transferir a cada unidad
ejecutora contempla los componentes de reposición y de
gestión y, que el prestador tiene la obligación de reponer
el 100% del consumo reportado;
Que, la Of‌i cina General de Planeamiento, Presupuesto
y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando
N° 157-2015-SIS/OGPPDO aprueba la Certif‌i cación
de Crédito Presupuestario N° 0552 por la Fuente de
Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el pago de
las prestaciones de salud, informando a la vez que existe
disponibilidad presupuestal para la distribución de las
transferencias;
Que, asimismo, constituyen principios fundamentales
del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y
transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar
en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, la distribución de los
recursos que se transf‌i eren a las Unidades Ejecutoras de
la Región Cusco vinculadas al Seguro Integral de Salud por
la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias,
correspondiéndoles tramitar ante su respectivo Pliego
Presupuestal la incorporación de los recursos transferidos,
dentro de su marco presupuestal;
Contando con la visación de la Secretaría General, de
la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia
de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la
Of‌i cina General de Administración de Recursos, de la

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