Resolucion directoral Nº 003-2024-EF/51.01. Notifican a los Titulares de las entidades del Sector Público la condición de omisa a la presentación de la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del ejercicio fiscal 2023

Fecha de publicación22 Marzo 2024
SecciónSección Única
Delegan en el/la Secretario/a General del MINCETUR, la facultad de nombrar árbitro por parte de la Entidad, en los procesos arbitrales derivados de ejecución de contratos suscritos en el marco de la normativa que regula la promoción de la inversión privada, incluyendo los respectivos contratos de supervisión, de acuerdo a la terna propuesta por la Procuraduría Pública del MINCETUR

Lima, 20 de marzo de 2024


CONSIDERANDO:


Que, de conformidad con los incisos 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene entre sus funciones, ejercer la máxima autoridad técnico-normativa de dicho Sistema; emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público, así como elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes;


Que, son objetivos de la Cuenta General de la República, conforme a lo señalado en el numeral 20.2 del citado artículo 20 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, informar los resultados de la gestión pública en los aspectos financieros, presupuestarios, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas; así como, presentar el análisis de los resultados de las Estadísticas de las Finanzas Públicas, el análisis cuantitativo de la actuación de las entidades del Sector Público, incluyendo los indicadores de gestión financiera y presupuestaria, con la finalidad de proveer información para el planeamiento, la toma de decisiones, facilitar el control y la fiscalización de la gestión pública;


Que, con fines de la elaboración de la Cuenta General de la República, corresponde a las entidades del Sector Público, sin excepción, la presentación de las rendiciones de cuentas que se efectúa en el plazo establecido en el numeral 23.2 del artículo 23 del citado Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, el cual no debe exceder el 15 de marzo siguiente al ejercicio fiscal materia de la rendición de cuentas;


Que, de acuerdo a la verificación efectuada por la Dirección de Gobierno Nacional y de Gobiernos Regionales, la Dirección de Gobiernos Locales, la Dirección de Empresas Públicas y comunicada por la Dirección de Análisis y Consolidación Contable, dependencias competentes de la Dirección General de Contabilidad Pública, al 15 de marzo de 2024, son ciento ochenta y siete (187) las entidades del Sector Público declaradas en situación de omisas a la presentación de la información financiera e información presupuestaria para la elaboración de la Cuenta General de la República, correspondiente al ejercicio fiscal 2023;


Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3, numeral 8.1 del artículo 8 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, es obligación del Titular de la entidad del Sector Público, los jefes de las Oficinas Generales de Administración, los jefes de las Oficinas de Contabilidad y de Presupuesto o quienes hagan sus veces, suscribir y/o presentar las rendiciones de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República, siendo que su incumplimiento habilita a la Dirección General de Contabilidad Pública a notificar al Titular de la entidad del Sector Público o quien haga sus veces, la condición de omisa a la presentación de la rendición de cuentas, mediante la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas, con el fin de que se adopten las acciones que correspondan;


Que, asimismo, el inciso 1 del numeral 9.2 del artículo 9 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, establece que la omisión de la presentación de la rendición de cuentas es considerada una falta grave;


Estando a lo expuesto, en el ámbito de las funciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, referidas en los incisos 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad;


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Notificación a las entidades del Sector Público que se señalan en el Anexo de la presente Resolución


Notificar a los Titulares de las entidades del Sector Público, o quien haga sus veces, referidas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, la condición de omisa a la presentación de la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del ejercicio fiscal 2023; quienes deberán disponer de manera inmediata, la remisión de la correspondiente información financiera y presupuestaria, en un plazo no mayor de diez (10) días calendario siguientes a la publicación de la presente Resolución, indicando las razones de la omisión, así como el estado situacional de las acciones adoptadas al respecto.


Artículo 2.- Publicación


Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como de su Anexo aprobado en el artículo 1, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.


Regístrese, comuníquese y publíquese.


OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA


Director General


Dirección General de Contabilidad Pública


ANEXO N° 01


ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO OMISAS A LA PRESENTACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS DEL EJERCICIO FISCAL 2023



CODIGO SIAF


ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO


DIRECCIÓN DE GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES


UNIVERSIDADES PÚBLICAS


1


92


UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA


TOTAL DE UNIVERSIDADES OMISAS: 01


SOCIEDADES DE BENEFICENCIA:


1


920137


SOC. DE BENEF. PUB. DE TARAPOTO - SAN MARTIN


2


920129


SOC. DE BENEF. PUB. DE LAMPA - PUNO


3


920128


SOC. DE BENEF. PUB. DE JULI - CHUCUITO - PUNO


4


920122


SOC. DE BENEF. PUB. DE CATACAOS - PIURA


5


920054


SOC. DE BENEF. PUB. DE PASCO - PASCO


6


920060


SOC. DE BENEF. PUB. DE HUACHO - LIMA


7


920141


SOC. DE BENEF. PUB. DE LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUE


8


920115


SOC. DE BENEF. PUB. DE CHONGOYAPE - LAMBAYEQUE


9


920113


SOC. DE BENEF. PUB. DE SANTIAGO DE CHUCO - LA LIBERTAD


10


920109


SOC. DE BENEF. PUB. DE GUADALUPE - LA LIBERTAD


11


920111


SOC. DE BENEF. PUB. DE OTUZCO - LA LIBERTAD


12


920107


SOC. DE BENEF. PUB. DE CONCEPCION - JUNÍN


13


920104


SOC. DE BENEF. PUB. DE PISCO - ICA


14


920103


SOC. DE BENEF. PUB. DE PALPA - ICA


15


920102


SOC. DE BENEF. PUB. DE NAZCA - ICA


16


920101


SOC. DE BENEF. PUB. DE CHINCHA - ICA


17


920063


SOC. DE BENEF. PUB. DE ICA - ICA


18


920100


SOC. DE BENEF. PUB. DE LLATA - HUAMALIES - HUÁNUCO


19


920049


SOC. DE BENEF. PUB. DE HUANUCO - HUÁNUCO


20


920098


SOC. DE BENEF. PUB. DE PAMPAS TAYACAJA - HUANCAVELICA


21


920097


SOC. DE BENEF. PUB. DE SICUANI - CUSCO


22


920096


SOC. DE BENEF. PUB. DE JAEN - CAJAMARCA


23


920090


SOC. DE BENEF. PUB. DE CONTUMAZA - CAJAMARCA


24


920094


SOC. DE BENEF. PUB. DE CELENDIN - CAJAMARCA


25


920093


SOC. DE BENEF. PUB. DE CAJABAMBA - CAJAMARCA


26


920087


SOC. DE BENEF. PUB. DE CORACORA - AYACUCHO


27


920089


SOC. DE BENEF. PUB. DE PUQUIO - AYACUCHO


28


920088


SOC. DE BENEF. PUB. DE HUANTA - AYACUCHO


29


920043


SOC. DE BENEF. PUB. DE AYACUCHO - AYACUCHO


30


920083


SOC. DE BENEF. PUB. DE CHUQUIBAMBA - AREQUIPA


31


920082


SOC. DE BENEF. PUB. DE CHIVAY - AREQUIPA


32


920085


SOC. DE BENEF. PUB. DE HUANCARQUI - AREQUIPA


33


920080


SOC. DE BENEF. PUB. DE APLAO - AREQUIPA


34


920084


SOC. DE BENEF. PUB. DE CARAVELI - AREQUIPA


35


920041


SOC. DE BENEF. PUB. DE ABANCAY - APURIMAC


36


920077


SOC. DE BENEF. PUB. DE YUNGAY - ANCASH


37


920076


SOC. DE BENEF. PUB. DE RECUAY - ANCASH


38


920068


SOC. DE BENEF. PUB. DE CARAZ - ANCASH


39


920074


SOC. DE BENEF. PUB. DE HUARI - ANCASH


40


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