Resolucion directoral N° 001-2024-EF/52.01. Aprueban Directiva N° 001-2024-EF/52.06, “Directiva para la formalización, sustento y registro del Gasto Devengado”

Fecha de publicación15 Febrero 2024
SecciónSección Única
Aceptan renuncia de Secretaria de la Secretaría del Consejo de Ministros del Despacho Presidencial

Lima, 9 de febrero de 2024


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, establece que la Dirección General del Tesoro Público (DGTP) del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Tesorería, y como tal, tiene entre sus funciones aprobar la normatividad y los procedimientos, que son de obligatorio cumplimiento por las entidades conformantes de dicho Sistema en el nivel descentralizado u operativo, respecto de la gestión de los Fondos Públicos y gestión integral de los activos y pasivos financieros;


Que, el artículo 43 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, establecen que el Gasto Devengado es la etapa de la ejecución del Gasto Público mediante la cual se reconoce una obligación de pago; del mismo modo, disponen los criterios para su formalización, además de las responsabilidades del titular del Pliego, del área usuaria y de la Oficina de Administración en las entidades;


Que, asimismo, el numeral 17.3 del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1441 establece que la autorización para el reconocimiento del Devengado es competencia del Director General de Administración o Gerente de Finanzas, o quien haga sus veces, o del funcionario a quien se delega esta facultad de manera expresa en las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Tesorería;


Que, resulta necesario optimizar la Gestión de Pagos del indicado Sistema, a través de la incorporación de procedimientos que garanticen una mayor consistencia del Gasto Devengado, de manera que su registro y procesamiento en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), más allá de cumplir con los criterios indicados en las mencionadas normas legales, se encuentren debidamente sustentados, en el marco del Principio de Veracidad a que se contrae el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1441;


De conformidad con el inciso 2 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, y el literal a) del artículo 143 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial N° 331-2023- EF/41;


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Aprobación de Directiva


Aprobar la Directiva N° 001-2024-EF/52.06, “Directiva para la formalización, sustento y registro del Gasto Devengado”, que forma parte de la presente Resolución Directoral.


Artículo 2.- Derogación


Derogar los artículos 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007- EF/77.15, aprobada por la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15; los artículos 2, 3 y 6 de la Resolución Directoral N° 001-2011-EF/77.15; el literal b) del párrafo 4.2 del numeral 4 y el párrafo 7.2 del numeral 7 de la Directiva Nº 001-2019-EF/52.03, Registro de transacciones para la adecuada determinación del Saldo de Balance de las entidades públicas, aprobada por la Resolución Directoral Nº 042-2019-EF/52.03, el artículo 8 de la Directiva N° 002-2021-EF/52.03, “Directiva para optimizar las operaciones de tesorería”, aprobada por la Resolución Directoral N° 011-2021-EF/52.03; y los artículos 3, 4, 5 y 6 de la Resolución Directoral N° 004-2022-EF/52.01.


Artículo 3.- Publicación


La presente Resolución Directoral se publica en la Sede Digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.


Regístrese, comuníquese y publíquese.


GUADALUPE PIZARRO MATOS


Directora General (e)


Dirección General del Tesoro Público


Artículo 1.- Objeto


Establecer procedimientos, requisitos y responsabilidades para una mayor consistencia del proceso de formalización, sustento, registro y procesamiento del Gasto Devengado.


Artículo 2.- Alcance


Están comprendidas en el alcance de la presente Directiva las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, los pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales, así como todas aquellas entidades que realizan sus operaciones a través del SIAF-SP, en adelante “entidades”.


Artículo 3.- Base legal


- Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público.


- Decreto...

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