RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 107-2011-MDSR/DA - Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad

Fecha de disposición05 Agosto 2011
Fecha de publicación05 Agosto 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 5 de agosto de 2011
448074
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Aprueban Programa de Segregación
en la Fuente y Recolección Selectiva
como parte del Proceso de Selección
de Residuos Sólidos Domiciliarios en
el distrito de San Borja
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-2011-MSB-A
San Borja, 27 de julio de 2011
EL ALCADE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN BORJA
CONSIDERANDO:
VISTOS: el Informe Nº 021-2011MSB-GSCMA de fecha
21 de julio de 2011 de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y
Medio Ambiente, el Informe Nº 605-2011-MSB-GAJ de fecha
27 de julio de 2011 y el Memorando Nº 820-2011-MSB-GM
de fecha 27 de julio remitido por la Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º y 195
de la Constitución Política del Perú en concordancia con los
artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27973 – Ley
Orgánica de la Municipalidades; las municipalidades distritales
son órganos de gobierno local que tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia
con sujeción al ordenamiento jurídico, los cuales promueven
el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios
públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas
planes nacionales y regionales de desarrollo.
Que, los numerales, 4.1 y 4.5 del artículo 80º de la Ley
Nº 27972 – Ley orgánica de Municipalidades distritales
administran y reglamentan, directamente o por concesión del
servicio de limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos,
entre otros, cuando estén en capacidad de hacerlo, así como
de realizar campañas locales sobre medicina preventiva
primeros auxilios, educación sanitaria y prof‌i laxis.
Que, el artículo 3º de la Ley Nº 28611 – Ley General
del Ambiente – dispone que el Estado, a través de sus
entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las
políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones
que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio
de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y
responsabilidades contenidas en la ley.
Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27314 – Ley General
de Residuos Sólidos – señala las obligaciones y derechos,
atribuciones y responsabilidad de la sociedad en su conjunto
para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos,
sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los
principios de minimización, prevención de riesgos ambientales,
protección de la salud y el bienestar de la persona humana;
precisando en su artículo 10º que las municipalidades
distritales son responsables por la prestación de los servicios
de recolección y transporte de los residuos sólidos de origen
domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen
residuos similares a éstos y de la limpieza de los espacios y
monumentos públicos en su jurisdicción.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-
MINAM se aprueba la Política Nacional del Ambiente,
la cual establece en el Eje de Política Nº 2 la Gestión
Integral de la Calidad Ambiental y declarando como uno
de los Lineamientos de Política de los Residuos Sólidos,
el de promover la formalización de los segregadores y
recicladores y otros actores que participan en el manejo
de los mismos.
Que, la Ley Nº 29419 – Ley que Regula Actividad de los
Recicladores busca establecer el marco normativo para la
regulación de las actividades de los trabajadores del reciclaje,
orientada a la protección, capacitación y promoción del desarrollo
social y laboral, promoviendo su formalización, asociación
y contribuyendo a la mejora en el manejo ecológicamente
ef‌i ciente de los residuos sólidos en el país. Esto en el marco
de los objetivos y principios de las Leyes Nº 27314 y Nº 28611,
antes citadas, estableciendo a su vez que dicha actividad es
regulada por los gobiernos locales como entes rectores en
el marco de sus atribuciones y que el régimen de regulación
local se orienta a incorporar a los recicladores como parte del
sistema local de gestión de residuos sólidos;
Que, el literal a) del numeral 1.4 del artículo 1º de la
Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público
para el año f‌i scal 2010, modif‌i cado por el Decreto de
Urgencia Nº 119-2009, crea el Programa de Modernización
Municipal para el período 2010 – 2013, con el objeto de
generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de
la economía social, señalando que los recursos del Programa
de Modernización Municipal se asignan conforme a criterios:
i) clasif‌i cación de las municipalidades de acuerdo a sus
características y potencialidades y ii) cumplimiento de requisitos
relacionados a los resultados de recaudación de impuestos
municipales y generación de condiciones favorables para un
clima de negocios.
11 de Septiembre del 2010, aprueba las disposiciones que
contienen los procedimientos para el cumplimiento de las
metas y la asignación de los recursos que deberán seguir las
municipalidades provinciales y distritales del país para acceder
a los recursos del Programa de Modernización Municipal; y que
para el cumplimiento de la Meta 2 de la mencionada norma
la Municipalidad debe realizar un Estudio de Caracterización
de Residuos Sólidos del área urbana del distrito, desarrollar el
Plan de Manejo de Residuos Sólidos Distrital e implementar un
Programa de Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente.
Que, en mérito a lo expuesto la Gerencia de Servicios a
la Ciudad, ha formulado el Programa de Segregación en la
Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos
Sólidos Domiciliarios, a f‌i n de implementarlo en el distrito,
realizada en cumplimiento de la meta 2 del Programa de
Modernización Municipal del Ministerio de Economía y
Finanzas;
Estando a los fundamentos expuestos, en mérito
a las normas legales glosadas y tomando en cuenta lo
dispuesto por la Ordenanza Nº 455-2011/MSB que aprobó
el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de San
Borja y de acuerdo a lo regulado en el Decreto Supremo
Nº 001-2009-JUS, en uso de las facultades otorgadas en
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar el “Programa de Segregación
en la Fuerte y Recolección Selectiva como parte del Proceso
de Selección de Residuos sólidos domiciliarios en el
distrito de la San Borja”, con el objeto de mejorar la gestión
ambiental de los residuos sólidos del distrito, involucrando
a las organizaciones sociales dignif‌i cando las condiciones
de salud y trabajo de los recicladores, el cual forma parte
integrante del presente Decreto.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de la
Ciudad y Medio Ambiente y a la Gerencia de Planif‌i cación
Estratégica el cumplimiento de lo dispuesto en el presente
Decreto de acuerdo a sus competencias y atribuciones.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARCO ÁLVAREZ VARGAS
Alcalde
672794-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ROSA
Designan Ejecutor Coactivo de la
Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 107-2011-MDSR/DA
Santa Rosa, 28 de junio del 2011
VISTO:
El Memorándum Nº 047-2011-MDSR/DA del
Despacho de Alcaldía, de fecha 28 de junio del 2011; el
Informe Nº 050-2011-MDSR/GM, de fecha 22 de junio
del 2011 y el Informe Nº 002-2011/MDSR/CECPM, de
fecha 22 de junio del 2011, del Presidente de la Comisión
Evaluadora del Concurso Público de Méritos para la
plaza de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital
de Santa Rosa.

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