Aprueban el Reglamento General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario
Fecha de disposición | 05 Enero 2008 |
Fecha de publicación | 05 Enero 2008 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 5 de enero de 2008 363175
Nº ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS DÍAS TOTAL S/.
1 PIURA Y SULLANA 60 426 990,00
TOTAL 426 990,00
Dicha autorización es por el período de sesenta (60)
días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento
Recursos Ordinarios; mientras dure la situación de
desabastecimiento inminente prevista en el artículo
precedente, debiéndose efectuar las adquisiciones de
alimentos preparados en forma directa mediante acciones
inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia
a las disposiciones establecidas en el Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas
las providencias que permitan asegurar la transparencia
del proceso.
Artículo 4º.- DISPONER, que la Ofi cina General de
Administración comunique a la Contraloría General de
la República y al Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación.
Artículo 5º.- DISPONER, que el Órgano de Control
Institucional inicie las acciones que correspondan para
determinar si existe responsabilidad de funcionarios,
cuya conducta hubiese originado la presencia o
confi guración de la situación de desabastecimiento que
se aprueba.
Artículo 7º.- REMITIR, copia de la presente Resolución
a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO CARRIÓN ZAVALA
Presidente
Consejo Nacional Penitenciario
148531-1
Aprueban el Reglamento General
de Seguridad del Instituto Nacional
Penitenciario
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 003-2008-INPE/P
Lima, 3 de enero de 2008
VISTO, el Ofi cio Nº 738-2007-INPE-08 de fecha 21
de mayo de 2007, de la Ofi cina General de Seguridad,
el Memorando Nº 424-2007-INPE/02 de fecha 19 de
noviembre del 2007 de la Vicepresidencia del INPE, sobre
el proyecto del “Reglamento General de Seguridad del
Instituto Nacional Penitenciario”.
CONSIDERANDO:
Que, el sistema de seguridad en los establecimientos
penitenciarios se encuentra regulado por el Código de
Ejecución Penal, aprobado mediante Decreto Legislativo
Nº 654 y su Reglamento aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 015-2003-JUS;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, refi ere que la
Dirección de Seguridad Penitenciaria es el órgano
encargado de formular y proponer la normatividad sobre
seguridad integral, así como, coordinar las medidas que
la garanticen;
Que, el Instituto Nacional Penitenciario necesita
contar con un sólo instrumento técnico en materia
de seguridad a fi n de garantizar la ejecución de las
acciones de seguridad integral de los establecimientos
penitenciarios y dependencias conexas, para brindar las
condiciones óptimas en el desarrollo de las actividades
de administración y tratamiento del Sistema Penitenciario
Nacional;
Estando a lo propuesto por la Dirección de Seguridad
Penitenciaria, a lo opinado por las Ofi cinas de Planeamiento
y Presupuesto, Asesoría Jurídica y Dirección de
Tratamiento Penitenciario y contándose con las visaciones
de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de
las Ofi cinas de Seguridad Penitenciaria, Planeamiento y
Presupuesto, Asesoría Jurídica y Tratamiento;
Que, el presente reglamento debe ser publicado en el
Portal del Estado Peruano e Institucional, de conformidad
a la única disposición complementaria de la Ley Nº 29091
y; De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 654 “Código de Ejecución Penal”, Decreto
Supremo Nº 015-2003-JUS “Reglamento del Código de
Ejecución Penal”, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS
“Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional Penitenciario” y en uso a las facultades conferidas
mediante Resolución Suprema Nº 152-2007-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR, el “Reglamento General
de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario”, que
consta de cinco (05) Títulos, dieciocho (18) Capítulos,
doscientos noventa y dos (292) Artículos y treinta y cuatro
(34) Anexos, siete (07) disposiciones transitorias que
forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución
Presidencia Nº 221-2006-INPE/P de fecha 29 de marzo
de 2006, que aprueba la Directiva Nº 004-2006-INPE
“Lineamientos y Procedimientos Operativos para el
Personal de Revisión en los Establecimientos Penitenciarios,
Dependencias Conexas del Instituto Nacional Penitenciario”,
Resolución Presidencial Nº 069-2004-INPE/P de fecha
16 de febrero de 2004, que aprueba el “Reglamento que
Norma los Procedimientos Administrativos y Operativos
para la Adquisición, Uso, Mantenimiento, Registro y Control
del Armamento, Municiones y Equipos de Seguridad en el
Instituto Nacional Penitenciario”, Resolución Presidencial
Nº 761-2003-INPE/P de fecha 25 de noviembre de
2003, que aprueba el “Reglamento de Seguridad de los
Establecimientos Penitenciarios del Instituto Nacional
Penitenciario”, Resolución Presidencial Nº 198-2001-
INPE/P de fecha 22 de enero de 2001, que aprueba
la Directiva Nº 001-2001-INPE “Normas y Lineamientos
para la Formulación del Estudio de Seguridad y Planes
de Seguridad de los Establecimientos Penitenciarios
y Dependencias Conexas del INPE”, Resolución
Presidencial Nº 738-2000-INPE-P de fecha 30 de
noviembre de 2000, que aprueba la Directiva Nº 016-
2000-INPE “Normas y Lineamientos Operativos para la
Ejecución de los Ejercicios de Tiro Real del Personal de
Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario”, Resolución
del Presidente de la Comisión Reorganizadora Nº 073-
99-INPE-P de fecha 17 de febrero de 1999, que aprueba
la Directiva Nº 001-99-INPE-P-OGS-OSP, “Normas
de Seguridad, para Detectar, Prevenir, Neutralizar y/o
Contrarrestar Oportuna y Satisfactoriamente Ataques,
Rescates, Toma de Rehenes y/o Fugas de Internos
por Terrorismo, Traición a la Patria y por Delitos
Comunes”, Resolución del Presidente de la Comisión
Reorganizadora Nº 008-97-INPE-CR-P de fecha 6 de
enero de 1997 “Manual de Procedimientos Operativos
de los Equipos de Comunicaciones del Instituto
Nacional Penitenciario”, Resolución Presidencial
Nº 538-INPE-CNP-P de fecha 9 de noviembre de 1994
que aprueba la Directiva Nº 006-INPE-DGSP-04.03
“Normas y Procedimientos Operativos de Seguridad
para el Personal que Labora en la Sede Central y Otras
Dependencias Administrativas del Instituto Nacional
Penitenciario a Nivel Nacional”.
Artículo 3º.- Las disposiciones del presente
Reglamento son de cumplimiento obligatorio por todo el
personal del Instituto Nacional Penitenciario.
Artículo 4º.- La Ofi cina General de Administración y
Dirección de Seguridad Penitenciaria quedan encargadas
de la impresión y difusión respectiva de la presente norma,
concordante con la Ley Nº 27806.
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