Autorizan a la UTE-FONAVI implementar programa de refinanciamiento de créditos otorgados para adjudicación de inmuebles construidos por ENACE

Fecha de disposición03 Agosto 1998
Fecha de publicación03 Agosto 1998
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 3 de agosto de 1998
del Olivar, cuyo dominio se ha reservado a favor de un
tercero, correspondiendo el terreno de 875,63 m2 al rubro
de áreas libres;
Que, mediante Informe Nº 050-98/SBN-DMAR, de
fecha 3 de marzo de 1998, la Dirección de Margesí y
Acciones Registrales de la Superintendencia de Bienes
Nacionales manifiesta que el terreno submateria no se
encuentra registrado en el Margesí de Bienes Nacionales;
Que, el Decreto Supremo Nº 018-90-VC, de fecha 31 de
mayo de 1990, establece que las Municipalidades están
facultadas para gestionar la primera inscripción de domi-
nio de los bienes inmuebles que les pertenezcan y sobre
los que no cuenten con títulos comprobatorios de dominio;
Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales es el
organismo público descentralizado del Ministerio de la
Presidencia encargado del registro, control y adminis-
tración de la propiedad inmobiliaria del Estado;
Que, las acciones referidas a inscripción en primera de
dominio de terrenos a favor del Estado serán aprobadas
mediante Resolución Suprema, correspondiendo decla-
rar las improcedencias a través de la Resolución Ministe-
rial respectiva;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº
25554, Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley
Nº 25738 y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; y,
Estando a lo informado por la Superintendencia de
Bienes Nacionales;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Declarar improcedente la solicitud
de inscripción en primera de dominio formulada por la
Municipalidad Distrital de San Isidro respecto del terre-
no de 2 375,63 m2, ubicado en la avenida Francisco
Tamayo y la calle Luis B. Cisneros, distrito de San Isidro,
provincia y departamento de Lima, por lo expuesto en la
parte considerativa de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI
Ministro de la Presidencia
8497
Autorizan a la UTE-FONAVI implemen-
tar programa de refinanciamiento de
créditos otorgados para adjudicación
de inmuebles construidos por ENACE
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 328-98-PRES
Lima, 23 de julio de 1998
CONSIDERANDO:
Que, con arreglo a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº
25520 modificatorio del Decreto Ley Nº 22591, corres-
ponde al Ministerio de la Presidencia a través de la
Unidad Técnica Especializada del Fondo Nacional de
Vivienda - UTE-FONAVI la administración del Fondo
Nacional de Vivienda - FONAVI;
Que, de conformidad con el Artículo 21º de la Ley Nº
22591 y Decreto Legislativo Nº 149 corresponde a ENA-
CE la administración de los contratos de adjudicación de
los inmuebles construidos por ENACE con recursos del
FONAVI;
Que, el Ministerio de la Presidencia a mérito del Art.
4º inciso d) del Decreto Ley Nº 25436 implementó la UTE-
FONAVI, encargándosele, mediante la Resolución Su-
prema Nº 063-92-PRES de fecha 13 de noviembre de
1992, la determinación de las tasas de interés en las
operaciones de financiamiento del FONAVI, los plazos
de recuperación de los créditos y su amortización men-
sual en función de la relación cuota/ingreso de los respec-
tivos prestatarios;
Que, es necesario atender el problema social generado
por el alejamiento de las posibilidades económicas de los
adjudicatarios, de las condiciones financieras estableci-
das para la amortización de los departamentos en edifi-
cios multifamiliares, construidos por ENACE con recur-
sos del FONAVI, adjudicados en virtud de las Resolucio-
nes Ministeriales Nºs. 253 y 320-95-PRES; Nºs. 046 y 214-
96-PRES y Nº 073-97-PRES y a los otorgados en mérito
del Decreto Supremo Nº 001-95-PRES para lotes con
edificaciones multifamiliares; con cuyo efecto la Empresa
Nacional de Edificaciones - ENACE y la UTE-FONAVI
han formulado una propuesta de refinanciamiento y mo-
dificación de las condiciones de los créditos;
Con la opinión favorable del Viceministro de Infra-
estructura;
SE RESUELVE:
1º.- Autorizar a la UTE-FONAVI a implementar un
Programa de Refinanciamiento de los créditos otorgados
para la adjudicación de los inmuebles construidos por
ENACE con recursos del FONAVI, en los conjuntos habi-
tacionales a que se refieren las Resoluciones Ministeriales
Nºs. 253 y 320-95-PRES, Nºs. 046 y 214-96-PRES y Nº 073-
97-PRES, y los otorgados en mérito del Decreto Supremo
Nº 001-95-PRES, para lotes con edificaciones multifami-
liares, según se detalla en anexo adjunto que forma parte
de la presente resolución.
2º.- ENACE tendrá a su cargo la ejecución del Progra-
ma de Refinanciamiento, que se realizará en el plazo
máximo de 90 días siguientes a la publicación de la
presente resolución. El Programa comprenderá los saldos
deudores y el principal por vencer de los créditos; aplicán-
dose las siguientes condiciones:
a). Previo cálculo de la deuda actualizada a la fecha de
la refinanciación y el acogimiento expreso de cada presta-
tario que constará en Cláusulas Adicionales a sus respec-
tivos contratos.
b). Aplicación de un Sistema de Cuota Creciente esca-
lonada con factor de variación porcentual de 15% para el
primer año, 10% para el segundo año y 5% para el tercer
año. Las cuotas refinanciadas crecientes de amortización
mensual resultantes, se reducirán a niveles que no exce-
derán del 70% de las respectivas cuotas establecidas en
las resoluciones de origen para el primer año; para luego
incrementarse consecuentemente en 66%, 54% y 41%
para el segundo, tercer y cuarto año, respectivamente, a
partir del cual la cuota permanecerá fija.
c). Tasa de interés establecida por la UTE-FONAVI de
conformidad con la Resolución Suprema Nº 063-92-PRES.
d). Amortización del crédito dentro del plazo de recu-
peración originalmente pactado.
3º.- Al término del Programa de Refinanciamiento y
conforme a las condiciones pactadas en los contratos de
compraventa a plazos, ENACE procederá a la resolución
de los mismos, en caso de subsistir la situación de moro-
sidad o producirse el incumplimiento de pago de los
adjudicatarios.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI
Ministro de la Presidencia
Ministerio de la Presidencia RECUPERACIONES
Fondo Nacional de Vivienda 1/7/1998
UTE - FONAVI
PROGRAMAS DE VIVIENDA MULTIFAMILIARES
NORMA NUMERO
CODIGO PROYECTO UBICACION LEGAL ADJUDICA-
TARIOS
CPP00194 SOR ANA DE LOS ANGELES AREQUIPA R.M. Nº 253-95-PRES 14
CPP00294 HILARIO MENDIVIL CUSCO R.M. Nº 253-95-PRES 15
LP00194 PRECURSORES LIMA R.M. Nº 253-95-PRES 112
LP00294 MONSERRATE LA LIBERTAD- R.M. Nº 253-95-PRES 36
TRUJILLO
LP00394 JORGE BASADRE TACNA R.M. Nº 253-95-PRES 56
LP00694 HEROES DEL CENEPA TUMBES R.M. Nº 253-95-PRES 167
LP14082 JUAN PARRA DEL RIEGO HUANCAYO R.M. Nº 253-95-PRES 64
LP14182 PIO MAX MEDINA II AYACUCHO R.M. Nº 253-95-PRES 70
LP14282 SAN CARLOS II PUNO R.M. Nº 253-95-PRES 49
LP00794 FRANCISCO MOSTAJO AREQUIPA R.M. Nº 320-95-PRES 231

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