RESOLUCION N° 080-2012-PCM/SD - Declaran a las Municipalidades Distritales de Punta Hermosa y Chaclacayo como aptas para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria del PRONAA

Fecha de publicación28 Diciembre 2012
Fecha de disposición28 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 28 de diciembre de 2012 482893
Análisis de Riesgos, procedimiento que permite identif‌i car
y caracterizar los peligros, analizar las vulnerabilidades,
calcular, controlar, manejar y comunicar los riesgos, para
lograr un desarrollo sostenible, evitando la generación de
nuevos riesgos o reducir los riesgos existentes;
Que, en consecuencia, resulta necesario precisar
el uso del procedimiento técnico de análisis de riesgo
e implementar los procedimientos administrativos
en materia del proceso de estimación del riesgo de
desastres, que no se encuentran previstos en los
Lineamientos Técnicos antes señalados, tales como:
la Evaluación del Riesgo (Determinación de Peligros,
el Análisis de Vulnerabilidades, el Cálculo de Riesgo, la
Def‌i nición de Medidas de Prevención y/o Reducción de
Riesgos y el Control de Riesgos aceptando y/o tolerando
los mismos), el Manejo de Riesgos (Toma de Decisiones)
y la Comunicación de los Riesgos a la población y las
autoridades, de acuerdo con los factores y principios de
los nuevos datos científ‌i cos vigentes;
Que, en tal virtud, se propone aprobar una nueva
versión de los referidos Lineamientos Técnicos,
que incluya las adecuaciones requeridas para la
implementación del proceso de Estimación del Riesgo
de Desastres, así como las disposiciones que permita
consolidar el ejercicio de la rectoría en el Sistema
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres –
SINAGERD por parte de la Presidencia del Consejo de
Ministros, entre otros aspectos;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario
emitir el acto resolutivo correspondiente, y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29664,
Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo
de Desastres - SINAGERD, su Reglamento aprobado por
Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo
de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-
2007-PCM y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar los “Lineamientos Técnicos
del Proceso de Estimación del Riesgo de Desastres”
que como anexo forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 2°.- La Presidencia del Consejo de Ministros,
a través del Centro Nacional de Estimación, Prevención y
Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, será
el órgano encargado de conducir, orientar y supervisar
el cumplimiento de los lineamientos aprobados por la
presente resolución, así como brindar asistencia técnica
y absolver consultas sobre los aspectos no contemplados
en él.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Adicionalmente, los “Lineamientos Técnicos del Proceso
de Estimación del Riesgo de Desastres” serán publicados
en el Portal de la Presidencia del Consejo de Ministros
(www.pcm.gob.pe) y en el Portal del Centro Nacional
de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de
Desastres - CENEPRED (www.cenepred.gob.pe), el
mismo día de la publicación de la presente resolución en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
N° 088-2012-PCM de fecha 13 de abril de 2012, y
los demás dispositivos que se opongan a la presente
Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
883065-1
Aprueban Manual del Centro de Mejor
Atención al Ciudadano - Centro MAC
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA
DE GESTIÓN PÚBLICA
N° 004-2012-PCM-SGP
VISTOS: el Informe N° 019-2012-PCM/SGP-MEV de
fecha 21 de diciembre de 2012;
CONSIDERANDO:
se aprobó la finalidad y componentes de la estrategia
“Mejor Atención al Ciudadano (MAC)” que es ampliar
y optimizar los servicios del Estado para una mejor
atención al ciudadano a través de accesos multicanal,
la cual se basa en tres componentes: plataformas
presenciales, plataforma telefónica y plataforma
virtual;
Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo crea
el Centro de Mejor Atención al Ciudadano (Centro MAC)
como una plataforma presencial, en el marco de la
estrategia MAC;
Que, el artículo 4 de dicho Decreto Supremo establece
que la entidad responsable de emitir los lineamientos
y directivas necesarias para la gestión del servicio y
administración de los Centros MAC es la Presidencia del
Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gestión
Pública;
Que, en ese contexto la Secretaría de Gestión Pública
ha elaborado el Manual del Centro MAC, el cual consta
del Manual de Organización y Funcionamiento, el Manual
de Gestión del Talento Humano, el Manual de Soporte y
el Manual de Calidad y será de aplicación en todos los
Centros MAC a nivel nacional;
Que, el Manual del Centro MAC tiene por objetivo
establecer los lineamientos para una correcta organización,
funcionamiento y administración de los citados centros;
Que, en el citado marco es necesario aprobar el
Manual del Centro de Mejor Atención al Ciudadano –
Centro MAC;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 6
del artículo 37° del Reglamento de Organización y
Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros
aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus
modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobación del Manual del Centro de
Mejor Atención al Ciudadano – Centro MAC
Aprobar el Manual del Centro de Mejor Atención al
Ciudadano – Centro MAC, el cual consta del Manual de
Organización y Funcionamiento, el Manual de Gestión del
Talento Humano, el Manual de Soporte y el Manual de
Calidad que será de cumplimiento obligatorio en todos los
Centros MAC a nivel nacional.
Artículo 2°.- Supervisión
La Presidencia del Consejo de Ministros a través de
la Secretaría de Gestión Pública será la encargada de
supervisar el cumplimiento de lo establecido en el Manual
del Centro de Mejor Atención al Ciudadano en todos los
Centros MAC a nivel nacional.
Artículo 3°.- Publicación
La presente Resolución será publicada en el Diario
Oficial El Peruano y en el portal web de la Presidencia
del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y de la
Secretaría de Gestión Pública (http://sgp.pcm.gob.
pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIANA LLONA ROSA
Secretaria de Gestión Pública
883067-1
Declaran a las Municipalidades
Distritales de Punta Hermosa y
Chaclacayo como aptas para acceder
a la transferencia del Programa de
Complementación Alimentaria del
PRONAA
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE
DESCENTRALIZACIÓN
Nº 080-2012-PCM/SD
Lima, 17 de diciembre de 2012

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