¿Puede impugnarse el acto de reconocimiento voluntario de paternidad por falta de coincidencia con la verdad biológica?

La demanda presentada el 16/09/2013 por Elías Antonio Mallqui Venturo establece como pretensión principal la Impugnación de Paternidad y como pretensión accesoria la Exclusión de Nombre de la Partida de Nacimiento del menor, dirigida contra Rossi Janeth Figueroa Baltazar. El demandante sostiene como fundamentos: i) Mantuvo una relación esporádica con la demandada y que producto de esa relación dicha persona le comunica en el año 2006 que quedó embarazada y que tuvo un hijo, razón por la cual, reconoció al citado menor en el Registro Civil; ii) Posteriormente, en el año 2010, la demandada le entabla un proceso de Alimentos, determinando mediante sentencia la suma de doscientos treinta nuevos soles (S/.230.00) mensuales como pensión alimenticia, pese a ello, la demandada le venía hostigando, solicitando más dinero para el menor, no dejaba que vea al menor e impedía que tenga todo tipo de contacto con él, hecho que le creó duda acerca de su paternidad, habiéndose suscitado discusiones, ante lo cual la demandada le indica que no era el padre del menor; iii) A raíz de ello tuvo que iniciar un proceso de prueba anticipada de ADN, donde el A quo ordenó que se realice la pericia biológica de la prueba de ADN, llegando a realizar la misma pese a las negativas de la demandada, la que dio como resultado irrefutable que no era el padre del menor, habiendo tomado conocimiento de ello en el mes de enero de dos mil doce, motivo por el cual interpuso demanda de Cese de Pensión de Alimentos, la misma que fue declarada improcedente debido a que se estableció que debía tramitar la Exclusión de Nombre del Padre de la Partida de Nacimiento respecto al reconocimiento del menor en un proceso de Impugnación de Paternidad; iv) Señala que existió una inducción de vicio de error, al hacerle creer la madre del menor que era el padre, apoyada de su familia, y se aprovechó de ello por haber mantenido relaciones con la demandada en una sola oportunidad; asimismo, refiere que existió dolo por parte de la demandada, ya que, a sabiendas que no era el padre, lo engañó para que reconociera al menor.

La demanda no fue contestada por parte de la demandada.

La sentencia de primera instancia declaró fundada la demanda al haberse establecido que el demandante no era el padre biológico y deja sin efecto la filiación ficta anotada en la partida de nacimiento del menor.

Ante ello, la demandada Rossi Janeth Figueroa Baltazar apela la sentencia, donde la Sala Superior confirmó la...

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