Proyecto de Ley Nº 05942/2023-CR, Ley que modifica la ley 31053, ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, a efectos de prorrogar el plazo de vigencia de los beneficios tributarios y promover la cultura en el país

Número de Iniciativa05942/2023-CR
Fecha de registro15 Septiembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaJulón Irigoín, Elva Edhit,Chiabra León, Roberto Enrique,Soto Reyes, Alejandro,Torres Salinas, Rosio,Salhuana Cavides, Eduardo,Trigozo Reátegui, Cheryl,Ruíz Rodríguez, Magaly Rosmery,Camones Soriano, Lady Mercedes,García Correa, Idelso Manuel
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
Proyecto
de
Ley
tr...5,22
2/
2
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2
3
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CR
le
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CONSRESO
›,
REPUBLICA
CONGRESO
OE
LA
REPUBLIC.A
I
ÁREA
OE
TRÁMITE
D
UMENTARIO
15
FI
SEP
023
IDO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY
it^
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
QUE
RECONOCE
Y
FOMENTA
EL
DERECHO
A
LA
LECTURA
Y
PROMUEVE
EL
LIBRO,
A
EFECTOS
DE
PRORROGAR
EL
PLAZO
DE
VIGENCIA
DE
LOS
BENEFICIOS
TRIBUTARIOS
Y
PROMOVER
LA
CULTURA
EN
EL
PAÍS
Los
Congresistas
de
la
República
que
suscriben,
integrantes
del
GRUPO
PARLAMENTARIO
ALIANZA
PARA
EL
PROGRESO,
a
iniciativa
de
la
congresista
ELVA
EDHIT
JULÓN
IRIGOIN,
en
uso
de
las
facultades
de
iniciativa
legislativa
previsto
en
los
artículos
102°
numeral
1),
y
107°
de
la
y
en
los
artículos
22°
inciso
c),
75
0
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
ponen
a
consideración
el
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
QUE
RECONOCE
Y
FOMENTA
EL
DERECHO
A
LA
LECTURA
Y
PROMUEVE
EL
LIBRO,
A
EFECTOS
DE
PRORROGAR
EL
PLAZO
DE
VIGENCIA
DE
LOS
BENEFICIOS
TRIBUTARIOS
Y
PROMOVER
LA
CULTURA
EN
EL
PAÍS
Artículo
1.
Objeto
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
la
Ley
que
reconoce
y
fomenta
el
derecho
a
la
lectura
y
promueve
el
libro,
a
efectos
de
prorrogar
el
plazo
de
vigencia
de
los
beneficios
tributarios,
así
como
incorporar
la
exoneración
a
las
regalías
por
derecho
de
autor,
que
promueva
e
incremente
el
hábito
de
la
lectura,
garantice
el
acceso
a
libros,
y
fortalezca
a
nuestra
industria
editorial;
en
concordancia
con
la
normativa
vigente
y
la
Artículo
2.
Modificación
del
artículo
29
de
la
Ley
que
reconoce
y
fomenta
el
derecho
a
la
lectura
y
promueve
el
libro.
Se
modifica
el
artículo
29
de
la
Ley
que
reconoce
y
fomenta
el
derecho
a
la
lectura
y
promueve
el
libro,
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
29.
Inafectación
de/impuesto
general
a
las
ventas
Están
inafectas
de/impuesto
general
a
las
ventas
la
importación
y/o
venta
en
el
país
de
los
libros
y
productos
editoriales
afines"
Artículo
3.
Prórroga
de
la
vigencia
del
artículo
30
de
la
Ley
que
reconoce
y
fomenta
el
derecho
a
la
lectura
y
promueve
el
libro.
Se
prórroga
por
tres
(3)
años
la
vigencia
del
artículo
30
de
la
Ley
que
reconoce
y
fomenta
el
derecho
a
la
lectura
y
promueve
el
libro,
respecto
al
reintegro
tributario
del
impuesto
general
a
las
ventas.
Dicha
prórroga
regirá
a
partir
del
día
siguiente
del
vencimiento
del
plazo
establecido
en
la
1

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