DECRETO SUPREMO N° 049-2012-PCM - Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la cuenca de la laguna Palcacocha, ubicada en la provincia de Huaraz, del departamento de Ancash

Fecha de disposición05 Mayo 2012
Fecha de publicación05 Mayo 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 5 de mayo de 2012
465766
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Nº 29861
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE PRECISA EL
NOMBRE DE LA BENEFICIARIA CONSIGNADO
EN LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA 24848,
QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DOÑA
CONSUELO DEL ROSARIO DE MARÍA MESTANZA
Artículo único. Precisión del nombre de la
benef‌i ciaria
Precísase el nombre de la benef‌i ciaria consignado
en el numeral 1 de la Resolución Legislativa 24848, que
concede pensión de gracia a doña Consuelo de María
Mestanza de Barco, en los términos siguientes: Consuelo
del Rosario de María Mestanza.
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la
República para su promulgación.
En Lima, a los veinticinco días del mes de abril de dos
mil doce.
DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
Presidente del Congreso de la República
MICHAEL URTECHO MEDINA
Tercer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Lima, 4 de mayo de 2012.
Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y
archívese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ÓSCAR VALDÉS DANCUART
Presidente del Consejo de Ministros
785117-1
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el
Estado de Emergencia en la cuenca
de la laguna Palcacocha, ubicada en la
provincia de Huaraz, del departamento
de Ancash
DECRETO SUPREMO
Nº 049-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
publicado en el Diario Of‌i cial “El Peruano” el 07 de
noviembre de 2011, se aprobó una nueva declaratoria
de Estado de Emergencia en la cuenca de la laguna
Palcacocha, ubicada en la provincia de Huaraz, del
departamento de Ancash, debido a la situación de alto
riesgo existente en dicha zona, en razón a que viene
mostrando un desarrollo acelerado en los últimos 38 años,
habiendo incrementado su volumen de forma notable,
pasando de 514,800 m3 en el año 1972 a 17’325,206
m3 en abril del año 2009, presentando además taludes
internos inestables, inconsolidados y fuertes pendientes,
así como glaciares en estado colgantes, situación que
puede desencadenar potenciales f‌l ujos aluviónicos, como
lo sucedido en los años 1941 y 2003, a lo que se suma la
ocurrencia de fenómenos hidrometeorológicos, que viene
produciendo lluvias torrenciales en la presente estación de
lluvias, con riesgo para las poblaciones, infraestructura y
áreas agrícolas emplazadas en su ámbito de inf‌l uencia,
incluida la ciudad de Huaraz;
Que, en consecuencia, es imprescindible viabilizar
la continuación y conclusión de la ejecución de obras de
emergencia para el Sifonaje de dicha laguna y asegurar
que el abastecimiento de los materiales y equipos
pendientes de atención sean adecuados y oportunas, a
f‌i n de evitar retrasos en la ejecución de la obra y ajustar
el cronograma de su ejecución de manera urgente, así
como la ejecución de otras acciones que sean necesarias
para reducir el alto riesgo y por tanto el peligro inminente;
acciones que vienen siendo ejecutadas en el marco
de la Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada
correspondientes prórrogas;
Que, mediante los Decretos Supremos N° 003-2012-
PCM, publicado en el Diario Of‌i cial “El Peruano” el 04 de
enero de 2012 y N° 019-2012-PCM, publicado en el Diario
Of‌i cial “El Peruano” el 04 de marzo de 2012, se prorrogó
el Estado de Emergencia en la circunscripción territorial
antes mencionada, hasta el 05 de mayo de 2012;
Que, mediante Of‌i cio Nº 112-2012-REGION ANCASH/
GGR de fecha 20 de abril de 2012, adjuntando como
sustento técnico, el Informe situacional del proyecto de
emergencia - Avance de Obra – al 18 de abril de 2012;
así como, el Informe Estimación de Riesgo Laguna
Palcacocha - al 20 de abril de 2012, el Gobierno Regional
de Ancash ha solicitado la prórroga de Declaratoria de
Estado de Emergencia de la laguna Palcacocha, en el
departamento de Ancash, en razón a que el Proyecto de
Emergencia “SIFONAMIENTO DE LAS AGUAS DE LA
LAGUNA PALCACOCHA, UBICADO EN EL DISTRITO DE
INDEPENDENCIA, PROVINCIA DE HUARAZ, REGIÓN
ANCASH, ANTE PELIGRO INMINENTE DE DESBORDE
E INCREMENTO DE SU VOLUMEN, POR POSIBLE
DESPRENDIMIENTO DE MASA GLACIAR”, se encuentra
en plena ejecución, con un avance físico acumulado de
91.42%, del proyecto, por lo que solicita la prórroga de la
Declaratoria de Estado de Emergencia;
Que, mediante Informe Nº 010-2012-INDECI/10.2
de fecha 25 de abril de 2012, la Dirección Nacional
de Prevención del Instituto Nacional de Defensa Civil
– INDECI se ha pronunciado teniendo en consideración
la solicitud y el sustento técnico presentado por el
Gobierno Regional de Ancash, dado que permanecen las
condiciones de alto riesgo de la laguna Palcacocha ante
el peligro inminente de aluvión, y siendo indispensable
la continuación y culminación de la ejecución de las
obras de emergencia para el Sifonaje de dicha laguna y
cumplir las actividades reprogramadas para su ejecución,
de tal manera que se culmine las obras de acuerdo al
correspondiente cronograma, así como otras acciones
necesarias como el encauzamiento y la limpieza del
cauce de los ríos Paria y Quillcay en su curso medio e
inferior, recomendando se gestione la prórroga del Estado
de Emergencia;
Que, estando por vencer el plazo de vigencia del
Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo
Nº 086-2011-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos
Nº 003-2012-PCM y N° 019-2012-PCM respectivamente, y
subsistiendo las condiciones de emergencia en la zona, es
necesario prorrogar el Estado de Emergencia, con el f‌i n
de continuar con la ejecución de las acciones destinadas
a la reducción y minimización del alto riesgo existente en
la zona afectada;
Que, el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664,
Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de
Desastres (SINAGERD) aprobado por Decreto Supremo
Nº 048-2011-PCM, establece que el Gobierno Regional

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