El precedente constitucional en Colombia

AutorCarlos Bernal Pulido
Cargo del AutorProfesor de Derecho Constitucional y Filosofía del Derecho de la Universidad Externado de Colombia
Páginas175-186
175
CARLOS BERNAL PULIDO
EL PRECEDENTE CONSTITUCIONAL EN COLOMBIA
Carlos Bernal Pulido*
SUMARIO: I. Introducción. II. La senda del precedente. III. Hacia una teoría
de la vinculación al precedente constitucional en Colombia. IV. Conclusión
I. Introducción
El objetivo de este artículo es determinar si las sentencias de la Corte
Constitucional tienen el carácter de precedente en el sistema jurídico co-
lombiano, y si es así, cuál es el fundamento, las características, el alcance y
las garantías de este carácter. En este contexto me referiré al concepto de
precedente con las dos ideas que, de acuerdo con BELL, conforman esta
noción, es decir: «tratar las decisiones previas como enunciados autoritativos
del derecho que funcionan como buenas razones para decisiones
subsecuentes» y exigir a los «jueces de tribunales específicos que conside-
ren ciertas decisiones previas, sobre todo las de las altas cortes, como una
razón vinculante»1. Si se sigue esta definición, entonces las sentencias de la
Corte Constitucional –o con mayor precisión, como más adelante veremos,
su ratio decidendi– deben ser tratadas como enunciados autoritativos del
Derecho que funcionan como buenas razones para las decisiones posterio-
res que la propia Corte Constitucional debe adoptar y como razones
vinculantes, es decir, concluyentes y definitivas, que los jueces inferiores
deben seguir cuando deban decidir un caso de constitucionalidad.
Aquí defenderé la tesis según la cual, a pesar de que el Derecho colom-
biano tenga la estructura y los fundamentos de un sistema de Derecho
continental, y de que el artículo 230 de la Constitución haya atribuido a la
jurisprudencia (incluida la de la Corte Constitucional) la naturaleza de
«criterio auxiliar» «de la actividad judicial», después de una evolución
posterior a la Constitución de 1991, la práctica ha llegado a reconocer que
las sentencias de la Corte Constitucional tienen el carácter de precedente.
En este aspecto ha tenido lugar una auténtica mutación constitucional.
Presentaré los argumentos que sostienen esta tesis en dos partes. En la
primera reconstruiré con brevedad el proceso que condujo al reconoci-
miento del carácter de precedente a la jurisprudencia constitucional y
daré cuenta de los fundamentos jurídicos de tal carácter. En la segunda
*Profesor de Derecho Constitucional y Filosofía del Derecho de la Universidad
Externado de Colombia.
1BELL, J. «Sources of Law». En: English Private Law. P. Birks (editor), Tomo I,
Oxford University Press, Oxford, 2000, pp. 1 y 29.

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