DECRETO SUPREMO N° 003-2010-MC - Autorizan al Archivo General de la Nación a contratar servicios personales para cubrir plazas vacantes consideradas en su CAP y en su Presupuesto Analítico de Personal

Fecha de publicación16 Diciembre 2010
Fecha de disposición16 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 16 de diciembre de 2010
431006
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 –
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº
28455 – Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas
y Policía Nacional, Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2010 y el Decreto
Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones de la Presidencia del
Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar una transferencia f‌i nanciera
del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros al
Pliego 026 Ministerio de Defensa hasta por la suma total
de TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS MIL
SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 35’900,656.00), recursos que f‌i nanciarán los
gastos del Servicio de la Deuda del Año Fiscal 2010.
Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento
de la presente Resolución, se aplicará el Presupuesto
Institucional Modif‌i cado del Pliego 001 Presidencia del
Consejo de Ministros, según Estructuras Programáticas
y de Gasto siguientes: Unidad Ejecutora 003 Secretaría
General – PCM, con cargo a los Recursos de la
Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados
– Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de
Aduanas y Participaciones; Actividad 1.000267 Gestión
Administrativa, Categoría de Gasto 5 Gastos Corrientes,
Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias,
incorporados en el Presupuesto de la Presidencia del
Consejo de Ministros.
Artículo 3º.- Encargar a la Of‌i cina General de
Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros,
el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Presidente del Consejo de Ministros
y Ministro de Educación
578748-1
CULTURA
Autorizan al Archivo General de la Nación
a contratar servicios personales para
cubrir plazas vacantes consideradas en
su CAP y en su Presupuesto Analítico
de Personal
DECRETO SUPREMO
Nº 003-2010-MC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio
de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con
personería jurídica de derecho público;
Que, de acuerdo al Artículo 11º de la citada Ley entre
los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura
se encuentra el Archivo General de la Nación;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC,
modif‌i cado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, se
dispuso la fusión por absorción de entidades y órganos en
el Ministerio de Cultura;
Que, la Única Disposición Complementaria Final del
Decreto Supremo Nº 001-2010-MC establece que: “Una
vez concluido los procesos de fusión que dispone el
Artículo 2º, los organismos públicos que quedan adscritos
al Ministerio de Cultura son los siguientes: (...) d. Archivo
General de la Nación - AGN”;
Que, el Archivo General de la Nación conforme
al Decreto Supremo Nº 013-90-JUS, que aprueba el
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Archivo
General de la Nación; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley que creó el
Ministerio de Cultura; la Ley Nº 25323, Ley que crea
el Sistema Nacional de Archivos; y, la Ley Nº 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, es
el organismo público ejecutor adscrito al Ministerio
de Cultura encargado de la defensa, conservación e
incremento del Patrimonio Documental de la Nación,
órgano rector y central del Sistema Nacional de
Archivo y encargado de registrar declarar y proteger el
Patrimonio Cultural de la Nación dentro de los ámbitos
de su competencia;
Que, el Archivo General de la Nación ha solicitado
la cobertura para el Año Fiscal 2010, de seis (6) plazas
vacantes consideradas en su Cuadro de Asignación de
Personal y en su Presupuesto Analítico de Personal;
Que, de conformidad con el numeral 9.1 del
Artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2010, se encuentra
prohibido el ingreso de personal en el Sector Público
por servicios personales, excepto cuando se trate
de la contratación para el reemplazo por cese de
personal o para suplencia de los servidores conforme
a lo previsto en el literal c) del mencionado numeral;
contratación que debe aprobarse mediante Decreto
Supremo, previo informe favorable del Ministerio de
Economía y Finanzas;
Que, considerando dicho marco legal el Ministerio
de Economía y Finanzas, mediante Of‌i cio Nº 761-
2010-EF776.19 de fecha 25 de noviembre de 2010,
emitido por la Dirección General del Presupuesto
Público, concluye señalando que: el requerimiento se
enmarca en las excepciones previstas en el literal c)
del numeral 9.1 del Artículo 9º de la Ley Nº 29465,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2010; las seis plazas vacantes se encuentran
registradas en el Aplicativo Informático para el Registro
Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos
Humanos del Sector Público; y, el Archivo General de la
Nación cuenta con la respectiva certif‌i cación del crédito
presupuestario para el año 2010 y 2011, tal como lo
dispone el penúltimo párrafo del numeral 9.1 del Artículo
9º de la citada Ley; por lo que emite opinión favorable a
efectos de que el Archivo General de la Nación gestione
el Decreto Supremo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del
Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº
29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2010;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorizar al Archivo General de la Nación a contratar
servicios personales para cubrir las plazas vacantes
consideradas en su Cuadro de Asignación de Personal y
en su Presupuesto Analítico de Personal, que se detallan
en el Anexo que forma parte del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2º.- Financiamiento
Las acciones previstas en el Artículo 1º de la presente
norma se f‌i nanciarán con cargo al presupuesto institucional
del Archivo General de la Nación, sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Cultura.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince
días del mes de diciembre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JUAN OSSIO ACUÑA
Ministro de Cultura

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